Visto el expediente de indulto de don Rafael Jorge Moral, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda de lo Penal de Madrid, en sentencia de fecha 13 de julio de 2006, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial, sección sexta de Barcelona, de fecha 14 de septiembre de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 140 euros, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de noviembre de 2007,
Vengo en conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de noviembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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