Visto el expediente de indulto de don Augusto César Vargas Vicente, tramitado por la Audiencia Nacional, Sección Primera, Sala de lo Penal y condenado por el Tribunal Provincial Popular de la Ciudad de la Habana (Cuba), en sentencia de fecha 7 de julio de 2003, como autor un delito de tráfico de drogas a la pena de 20 años de prisión, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de noviembre de 2007,
Vengo en conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de 10 años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en plazo de 10 años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de noviembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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