El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5925-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en el juicio oral núm. 443/2007, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el juicio oral núm. 443/2007 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 6 de noviembre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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