A las Empresas relacionadas en el anexo de esta Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas en las resoluciones de concesión de las subvenciones, se les instruyeron los oportunos expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre y en el Reglamento de los incentivos regionales de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio. En la instrucción de los expedientes se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por Real Decreto 302/1993, de 26 de febrero y por Real Decreto 2315/1993, de 29 de diciembre y en el artículo 45 del Reglamento de los incentivos regionales, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio. De las actuaciones resulta probado que los titulares de las subvenciones no han acreditado haber cumplido en tiempo y forma las obligaciones que contrajeron en la aceptación de las condiciones de los incentivos, por lo que procede modificar el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento, con la obligación de reintegrar al Tesoro Público las subvenciones percibidas que excedan de la subvención procedente, junto con los intereses de demora correspondientes. El artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley 50/1985 de incentivos regionales, señala que la exigencia del interés de demora tendrá lugar «desde el momento del pago de la subvención». Por otra parte, el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, señala que procede la exigencia del interés de demora «desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro». Por lo tanto, la liquidación de los intereses de demora abarca el período comprendido entre la fecha de pago de la subvención y la fecha de esta resolución. En el caso del expediente J/369/P08 se ha considerado como fecha de pago a los efectos del cálculo de los intereses de demora la de 11/05/2005, día siguiente a la de recepción del Auto que acordaba la ejecución provisional de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 12/02/2004 y a partir de la cual se liquidaron los intereses legales abonados a la empresa titular. En cuanto al tipo de interés aplicable, hasta 17/02/2004 resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley General Presupuestaria entonces en vigor (Real Decreto Legislativo 1091/1988), siendo el interés de demora el interés legal del dinero; desde el 18/02/2004, fecha de entrada en vigor de la Ley General de Subvenciones, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 38.2 de la misma y el interés de demora se corresponderá con el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento. Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre; el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre; el Reglamento de los incentivos regionales aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril y 1552/2004, de 25 de junio, modificado por el Real Decreto 756/2005, de 24 de junio, y demás disposiciones de aplicación, así como los informes de la Subdirección General de Inspección y Control, tiene a bien disponer:
Artículo único.
Se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales otorgados a las Empresas relacionadas en el anexo de esta Orden. En consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento, con la obligación de reintegrar al Tesoro Público las subvenciones percibidas que excedan de la subvención procedente, junto con los intereses de demora hasta la fecha de esta resolución, cuyos importes se indican en el anexo, así como el detalle de la liquidación de los intereses de demora de cada expediente.
La presente Orden debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar la notificación de la misma a los interesados.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el Sr. Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la misma.
Madrid, 31 de octubre de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3057/2004, de 21 de septiembre), el Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña y Pérez de Tudela.
Anexo a la Orden de declaración de incumplimiento de condiciones en expedientes de concesión de Incentivos Regionales Relación de empresas afectadas |
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Núm. Expte. |
Titular |
Cantidades percibidas - Euros |
Alcance del Incumplimiento - Porcentaje |
Subvención Concedida - Euros |
Subvención Procedente - Euros |
Subvención a reintegrar - Euros |
Intereses de demora - Euros |
S/268/P04 |
Casuso Propellers, S.A. |
520.096,80 |
18,82 |
529.195,97 |
429.594,77 |
90.502,03 |
21.970,44 |
C/536/P05 |
Braseli Accesorios para Tuberías, S.A. |
85.231,33 |
100 |
85.231,33 |
0 |
85.231,33 |
13.003,50 |
CO/602/P08 |
Paco Cocinas, S.L. |
104.985,00 |
100 |
104.985,00 |
0 |
104.985,00 |
4.458,27 |
J/369/P08 |
Ruta del Renacimiento, Servicios Turísticos Integrales, S.A.L. |
254.985,40 |
100 |
254.985,40 |
0 |
254.985,40 |
34.230,91 |
Anexo a la Orden de 31/10/2007 de declaración de incumplimiento de condiciones. Liquidación de intereses de demora correspondientes al expediente S/268/P04, titular: «Casuso Propellers, S.A.» |
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Fecha inicial cómputo |
Fecha final cómputo |
N.º días |
Subvención a reintegrar - Euros |
Tipo de interés - (%) |
Fórmula de cálculo |
Intereses de demora - Euros |
Legislación |
10/12/2002 |
31/12/2002 |
22 |
90.502,03 |
4,2500 |
90.502,03x4,2500x22:36.500 |
231,83 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, artículos 81 y 36. Ley 23/2001 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002 (Disposición Adicional 7.ª) (B.O.E. 31/12/2001). |
01/01/2003 |
31/12/2003 |
365 |
90.502,03 |
4,2500 |
90.502,03x4,2500x1:100 |
3.846,34 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, artículos 81 y 36. Ley 52/2002 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003 (Disposición Adicional 6.ª) (B.O.E. 31/12/2002). |
01/01/2004 |
17/02/2004 |
48 |
90.502,03 |
3,7500 |
90.502,03x3,7500x48:36.600 |
445,09 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, artículos 81 y 36. Ley 61/2003 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Disposición Adicional 6.ª) (B.O.E. 31/12/2003). |
18/02/2004 |
31/12/2004 |
318 |
90.502,03 |
4,6875 |
90.502,03x4,6875x318:36.600 |
3.685,92 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 61/2003 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Disposición Adicional 6.ª) (B.O.E. 31/12/2003). |
01/01/2005 |
31/12/2005 |
365 |
90.502,03 |
5,0000 |
90.502,03x5,0000x1:100 |
4.525,10 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 2/2004 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 (Disposición Adicional 5.ª) (B.O.E. 28/12/2004). |
01/01/2006 |
31/12/2006 |
365 |
90.502,03 |
5,0000 |
90.502,03x5,0000x1:100 |
4.525,10 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 30/2005 de 29 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006 (Disposición Adicional 21.ª) (B.O.E. 30/12/2005). |
01/01/2007 |
31/10/2007 |
304 |
90.502,03 |
6,2500 |
90.502,03x6,2500x304:36.500 |
4.711,06 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 42/2006 de 28 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (Disposición Adicional 30.ª) (B.O.E. 29/12/2006). |
Total |
21.970,44 |
Anexo a la Orden de 31/10/2007 de declaración de incumplimiento de condiciones. Liquidación de intereses de demora correspondientes al expediente C/536/P05 titular: «Braseli Accesorios para Tuberías, S.A.» |
|||||||
Fecha inicial cómputo |
Fecha final cómputo |
N.º días |
Subvención a reintegrar - Euros |
Tipo de interés - (%) |
Fórmula de cálculo |
Intereses de demora - Euros |
Legislación |
28/12/2004 |
31/12/2004 |
4 |
85.231,33 |
4,6875 |
85.231,33x4,6875x4:36.600 |
43,66 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 61/2003 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Disposición Adicional 6.ª) (B.O.E. 31/12/2003). |
01/01/2005 |
31/12/2005 |
365 |
85.231,33 |
5,0000 |
85.231,33x5,0000x1:100 |
4.261,57 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 2/2004 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 (Disposición Adicional 5.ª) (B.O.E. 28/12/2004). |
01/01/2006 |
31/12/2006 |
365 |
85.231,33 |
5,0000 |
85.231,33x5,0000x1:100 |
4.261,57 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 30/2005 de 29 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006 (Disposición Adicional 21.ª) (B.O.E. 30/12/2005). |
01/01/2007 |
31/10/2007 |
304 |
85.231,33 |
6,2500 |
85.231,33x6,2500x304:36.500 |
4.436,70 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 42/2006 de 28 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (Disposición Adicional 30.ª) (B.O.E. 29/12/2006). |
Total |
13.003,50 |
Anexo a la Orden de 31/10/2007 de declaración de incumplimiento de condiciones. Liquidación de intereses de demora correspondientes al expediente CO/602/P08 titular: «Paco Cocinas, S.L.» |
|||||||
Fecha inicial cómputo |
Fecha final cómputo |
N.º días |
Subvención a reintegrar - Euros |
Tipo de interés - (%) |
Fórmula de cálculo |
Intereses de demora - Euros |
Legislación |
26/02/2007 |
31/10/2007 |
248 |
104.985,00 |
6,2500 |
104.985,00x6,2500x248:36.500 |
4.458,27 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 42/2006 de 28 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (Disposición Adicional 30.ª) (B.O.E. 29/12/2006). |
Total |
4.458,27 |
Anexo a la orden de declaración de incumplimiento de condiciones liquidación de intereses de demora correspondientes al expediente J/369/P08 titular: «Ruta del Renacimiento Servicios Turísticos Integrales, S.A.L.» |
|||||||
Fecha inicial cómputo |
Fecha final cómputo |
N.º días |
Subvención a reintegrar - Euros |
Tipo de interés - (%) |
Fórmula de cálculo |
Intereses de demora - Euros |
Legislación |
11/05/2005 |
31/12/2005 |
235 |
254.985,40 |
5 |
254.985,4x5,00x235:36.500 |
8.208,43 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 2/2004 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 (Disposición Adicional 5.ª) (B.O.E. 28/12/2004). |
01/01/2006 |
31/12/2006 |
365 |
254.985,40 |
5 |
254.985,4x5,00x1:100 |
12.749,27 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 30/2005 de 29 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006 (Disposición Adicional 21.ª) (B.O.E. 30/12/2005). |
01/01/2007 |
31/10/2007 |
304 |
254.985,40 |
6,25 |
254.985,4x6,25x304:36.500 |
13.273,21 |
Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, Reglamento Desarrollo de la Ley 50/1985 de Incentivos Regionales, artículo 37. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 37 y 38. Ley 42/2006 de 28 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (Disposición Adicional 30.ª) (B.O.E. 29/12/2006). |
Total |
34.230,91 |
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