El Consejo de Universidades, en sesión de 27 de noviembre de 2007 y en virtud de la competencia que tiene atribuida por el artículo 13.2 del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, acuerda eximir a los doctores que se relacionan en el anexo, en virtud de sus méritos, de los requisitos para participar en las pruebas de acreditación nacional para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, establecidos en el artículo 60 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 28 de noviembre de 2007.-El Secretario General del Consejo de Coordinación Universitaria, Félix García Lausín.
ANEXO
Don Félix Bermejo Pareja.
Don Pedro Crespo Bofill. Don Víktor Kharin. Don Juan Francisco Medina Cabrera. Don José María Miró Meda. Doña María Dolores Odero de Dios.
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