El Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, regula en su artículo 33.1.a) la sistemática para el cálculo del tipo de interés máximo aplicable para determinar la provisión de seguros de vida en cada ejercicio, según se trate de seguros expresados en moneda nacional o en divisas, tomando como referencia los correspondientes tipos de interés de bonos y obligaciones soberanos expresados en las respectivas monedas.
El último inciso del citado precepto establece que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones publicará anualmente el tipo de interés resultante de la aplicación de los criterios anteriores. En su virtud, esta Dirección General hace público que el tipo de interés máximo aplicable para el cálculo de la provisión de seguros de vida durante el ejercicio 2007 será del 2,42 por 100.
Madrid, 2 de enero de 2007.-El Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.
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