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Documento BOE-A-2007-21738

Resolución de 20 de noviembre de 2007, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se aprueba el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios de las pruebas para el reconocimiento de capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2007, páginas 51869 a 51870 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-21738

TEXTO ORIGINAL

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece en su artículo 102.8.b), entre otras competencias de la Administración marítima, el establecimiento y realización de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación para prestar los servicios portuarios de practicaje en un puerto o grupo de puertos determinados. Igualmente, el artículo 13.2 del Reglamento General de Practicaje Portuario, aprobado por el Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo, dispone que la Dirección General de la Marina Mercante aprobará el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios para el acceso a la actividad de Práctico en un puerto o grupo de puertos determinado. Por su parte, la Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario, dispone en su artículo 4 apartado segundo que, la Dirección General de la Marina Mercante aprobará el programa a que habrán de ajustarse los ejercicios para la obtención del reconocimiento de capacitación profesional para la prestación de los servidos portuarios de practicaje, el cual será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En su virtud, oído el Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto de España, dispongo:

Primero.-Prueba de conocimiento general.

1. Las propuestas sobre cada uno de los dos ejercicios de la prueba de conocimiento general prevista en la Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario, se seleccionarán y elaborarán por el Órgano de Evaluación nombrado al efecto.

2. Los aspirantes que hayan sido declarados aptos en el primer ejercicio (inglés) de dicha prueba de conocimiento general serán admitidos a realizar el segundo ejercicio, que versará sobre las materias que figuran en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.-Prueba específica en cada puerto.

1. Las preguntas que conformarán el primer y segundo ejercicio de la segunda parte de las pruebas (prueba específica en cada puerto), se elaborarán por el Órgano de Evaluación nombrado al efecto.

No obstante, el Director General de la Marina Mercante podrá, cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen, asignar la elaboración de las preguntas a un órgano técnico distinto del Órgano de Evaluación. Dicho órgano técnico estará integrado por un funcionario de los servicios centrales de la Dirección General de la Marina Mercante en posesión del titulo de Capitán de la Marina Mercante, y por un representante del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto que sea Práctico en activo.

2. Los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la segunda parte, serán admitidos a realizar el segundo ejercicio. Las materias sobre las que versarán estos ejercicios figuran, respectivamente, en los anexos II y III de esta Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2007.-El Director General de la Marina Mercante, Felipe Martínez Martínez.

ANEXOS Programa de materias

Anexo I

Primer ejercicio: materias de la segunda parte. Tema 1. De la marina mercante.-Concepto y objetivos. Conceptos básicos: Zonas y tipos de navegación, flota civil y empresas navieras. Administración marítima central: competencias y organización. Las Capitanías Marítimas: competencias, funciones y organización. Medidas que garantizan le actividad portuaria y la navegación.

Tema 2. De los puertos.-Puertos e instalaciones marítimas: concepto y clasificación. Ente Público Puertos del Estado: Objetivos, funciones y órganos rectores. La Autoridad Portuaria: competencias, funciones, ámbito territorial y organización. El Director Técnico, los Consejos de Navegación y Puerto y los Consignatarios. Tema 3. Del régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.-Servicios portuarios, régimen de prestación y tarifas. Título III de la Ley 48/2003 (La prestación de servicios). Capítulo X del título IV de la Ley 48. Tasas portuarias. Pliegos reguladores del servicio de practicaje. Incompatibilidades. Disposiciones de la Ley 48/2003 relacionadas con el servicio de practicaje. Tema 4. Las Infracciones y sanciones en el ámbito marítimo portuario.-Concepto y clasificación de infracciones, en especial de aquéllas que puedan ser detectadas en el ejercicio del servicio de practicaje. Responsables de las infracciones. Sanciones y otras medidas. Competencia sancionadora. Medidas cautelares: la retención del buque. Obligación del Práctico de informar a la autoridad competente sobre las deficiencias detectadas en el servicio (propulsión, gobierno, instalación eléctrica, indicadores, comunicación interior, elementos contraincendios y de salvamento, radiobalizas, equipos VHF y radar, idoneidad de la tripulación así como capacidad de comunicación entre sus miembros, etc.). Tema 5. La inspección de buques en España.-Normas generales sobre: Organización. Funciones de inspección. Tipos de inspección. Funciones ejercidas directamente por la Administración y funciones delegadas. Inspección y certificación de buques civiles (Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, y Real Decreto 3384/1971, de 29 de octubre, sobre el Reglamento de Reconocimiento de buques y embarcaciones mercantes). Tema 6. Inspecciones a buques extranjeros.-El control por el estado rector del puerto: Instrumentos relevantes que integran el Memorando de París. Real Decreto 91/2003, de 24 de enero, sobre el Reglamento por el que se regula las inspecciones de buques extranjeros en los puertos españoles: Normas generales: Tipos Inspecciones: ordinaria, más detallada y ampliada. Deficiencias en el ámbito de los Convenios SOLAS, MARPOL y STCW, que motivan la detención del buque. Rectificación de deficiencias. Tema 7. Despacho de buques.-Reglamento sobre despacho de buques, aprobado por orden de 18 de enero de 2000. 2. Orden FOM/3056/2002, de 29 de noviembre, por la que se establece el procedimiento Integrado de escala de buques en los puertos de interés general. Tema 8. Formalidades de información.-Real Decreto 1249/2003, de 3 de octubre, sobre formalidades de información exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles y salgan de éstos. Resolución de 13 de febrero de 2004, de la Dirección General de la marina Mercante, por la que se aprueba en nuevo modelo de Rol de despacho. Disposiciones del Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, en materia de lugares de refugio. Tema 9. Mercancías peligrosas.-Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en Puerto (Real Decreto 145/89): Admisión. Mercancías peligrosas y especialmente peligrosas. Atraques y fondeaderos especialmente habilitados. Obligaciones de los buques que operen o naveguen con mercancías peligrosas. Planes de emergencia y autoprotección. Real Decreto 230/98, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos: Capitulo V. Transporte Marítimo e Instrucción Técnica Complementaria núm. 25: en lo que afecta en ambos casos al transporte marítimo. Tema 10. Protección de buques e instalaciones portuarias.-Protección de buques e instalaciones portuarias: Normas generales y aspectos relevantes relacionados con el servicio de practicaje (Reglamento (CE) N.º 725/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de marzo de 2004, relativo a la mejora de la protección de los buques y de las instalaciones portuarias. Capítulo Xl, II del SOLAS y Código PBIP) Tema 11. Organización del tráfico marítimo.-Resolución OMI A.572 (14). 2. Objetivos. Definiciones. Procedimientos. Responsabilidades. Métodos. Planificación. Criterios de concepción. Ajustes temporales de los Dispositivos de Separación del Tráfico. Relaciones del Centro correspondiente a un Dispositivo de Separación del Tráfico y los buques que lo utilicen. Tema 12. Servicios de Trafico marítimo.-Resolución OMI A. 578 (14). Directrices para los Servicios de Tráfico Marítimo. Tema 13. Sistema de seguimiento y de información del tráfico marítimo.-Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo. Tema 14. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 74/78.

Capítulo V

Seguridad de la navegación

Tema 15. Equipos de seguridad de la navegación y radionavegación.-Características técnicas y normas de funcionamiento de los respondedores de radar, equipos radiotelefónicos bidireccionales portátiles de ondas métricas (frecuencias marítimas y aeronáuticas; instalaciones de radar y ayudas ARPA; sistemas indicadores de la posición (GPS); indicadores de velocidad y distancia; receptores NAVTEX; sistemas de identificación automática (SIA); sistema de identificación automática de larga distancia; registradores de datos de travesía (RDT). Tema 16. Radiocomunicaciones. Equipos de los buques.-Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, en lo referente a los equipos que deben llevar los buques y a las prescripciones que afectan a las embarcaciones adscritas al Servicio de Practicaje.

Tema 17. Cartografía electrónica.-Orden FOM/2472/2006, de 20 de julio, por la que se regula el uso de la cartografía electrónica y de los sistemas de información y visualización de cartas electrónicas a bordo de los buques. Tema 18. El Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM).-Criterio básico del Sistema. Funciones. Tipos de comunicaciones. Difusión de la información. Medios de comunicación utilizados en el Sistema Mundial: comunicaciones satelitarias; comunicaciones terrenales; comunicaciones para la difusión de la información relativa a la seguridad marítima. Procedimientos operacionales para las comunicaciones automatizadas: comunicaciones de socorro. Tema 19. Normativa sobre salvamento, remolque y extracciones.-Ley 60/1962, de 24 de diciembre, por la que se regulan los auxilios, salvamentos, hallazgos y extracciones marítimas. Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo, hecho en Londres el 28 de abril de 1989. Tema 20. Búsqueda y Salvamento.-Convenio SAR 1979: idea general, estructura y contenido. Tema 21. Manual Internacional OMI-OACI de los Servicios Aeronáuticos y Marítimos de Búsqueda y Salvamento (IAMSAR 1999).

Objeto. Principios aplicables a la coordinación de búsqueda y salvamento. Técnicas y operaciones de búsqueda. Planificación y operaciones de búsqueda. Ayuda de emergencia diferente de la búsqueda y salvamento. Conclusión de las operaciones SAR. Métodos y procedimientos de comunicaciones para búsqueda y salvamento. Sistema de notificación para buques. Toma de conocimiento y acción inicial. Coordinación SAR. Prestación de auxilio. Coordinación en el lugar del siniestro. Emergencias a bordo.

Tema 22. Red de comunicaciones de búsqueda y salvamento con base en tierra.-Los Centros Coordinadores de Salvamento nacionales; sus funciones; tipos de Centros; programa global del equipamiento radioeléctrico de radiocomunicaciones; relaciones de coordinación con otros Centros de salvamento y con instituciones nacionales e internacionales. Zonas de responsabilidad de búsqueda y salvamento marítimo (SAR), asignadas a España. Red del servicio NAVTEX. Coordinación y procedimientos de operación entre los centros de salvamento marítimo y las estaciones costeras nacionales e internacionales.

Tema 23. Red de radiocomunicaciones marítimas con base en tierra.-Las Estaciones Costeras Nacionales: El Servicio Marítimo de Telefónica. Servicio manual y automático comerciales. Servicios especiales. Zonas meteorológicas nacionales. Servicios especiales relativos a la seguridad de la vida humana en la mar. Cobertura de comunicaciones para zonas marítimas A1, A2 y A3. Procedimientos operativos y de coordinación con los Centros de Salvamento nacionales. Tema 24. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78).-Idea General, estructura y contenido del Convenio y sus anexos. Estudio especial de la referencias al control de cumplimiento por el Estado del puerto. Tema 25. Convenio Internacional de Líneas de Carga.-Estudio especial de la referencia al control de cumplimiento por el estado del puerto (Art. 21), marcas y líneas de francobordo, zonas, regiones y períodos estacionales que afectan a España. Tema 26. Nuevas tecnologías.-Nuevos sistemas de propulsión azimutales (shotell, azipod). Nuevos sistemas de gobierno: timones activos, toberas, etc. Maniobras con buques de alta velocidad. Sistemas electrónicos de posicionamiento portuario de ayuda a la maniobra. Tema 27. Remolcadores.-Utilización de los remolcadores en puerto. Diferentes tipos de propulsión. Clasificación dependiendo de los puntos de empuje y tiro. Diferentes métodos de utilización. Ventajas e inconvenientes de cada uno. Tema 28. El Reglamento General de Practicaje.-R. D. 393/96, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Practicaje. Tema 29. Capacitación profesional.-Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario. Tema 30. Resoluciones de la Dirección General de la Marina Mercante sobre practicaje y publicadas en el «Boletín Oficial de Estado».-Reconocimientos médicos, pruebas físicas y formación. Tema 31. Formación y competencia de los Prácticos.-Procedimientos operacionales Resolución OMI A.889 (21): Medios para el transbordo de Prácticos. Resolución OMI A.601 (15) provisión y exposición, en lugares visibles a bordo de los buques, de información relativa a la maniobra. Resolución OMI A.960 (23) Recomendaciones sobre formación, titulación y procedimientos operacionales para Prácticos que no sean de altura. Tema 32. Exenciones al Servicio de Practicaje.-Orden FOM/1621/2002, de 20 de junio, por la que se regulan las condiciones para el otorgamiento de exenciones al servicio portuario de practicaje. Tema 33. Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto y Organizaciones Internacionales sobre Practicaje.-Ley 42/2002, de 14 de noviembre, de creación del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto. Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto. Organizaciones internacionales sobre practicaje.

ANEXO II

Segunda parte: materias del primer ejercicio.

1. Normativa local relacionada con la seguridad de la navegación, la protección de la vida humana en la mar y la defensa del medio marítimo.

2. La normativa local relacionada con el servicio de practicaje. 3. La organización del servicio de practicaje en el puerto o grupos de puerto en cuestión. Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio de Practicaje. 4. Las características físicas y de señalización y balizamiento marítimas del puerto o grupos de puertos, incluyendo las zonas acceso, aproximación y áreas de fondeo. 5. Luces, marcas, enfilaciones y otras ayudas locales. 6. Conocimientos sobre los distintos atraques (calados, orientaciones, medidas, puntos y sistemas de amarre, descripción de los medios de carga y descarga y su influencia en las maniobras, obstáculos, márgenes de seguridad, etc). Dibujo a escala de dársenas, muelles, pantalanes y áreas de reviro. 7. Elementos locales auxiliares de la maniobra, remolcadores, tipo, propulsores. Diagramas de tiro de los diferentes tipos de remolcadores en el puerto. 8. Conocimiento sobre los distintos servicios de amarre. 9. Conocimiento sobre los distintos sistemas de amarre y desamarre existentes en el puerto. 10. Descripción de las condiciones meteorológicas habituales y medios disponibles para acceder a la información meteorológica en el puerto. 11. Régimen de corrientes y mareas y demás variables de importancia para la maniobra a nivel local. Su influencia en el buque durante la fase de maniobra. 12. Facilidades portuarias para los distintos tipos de buque y sus limitaciones operativas. 13. Reglamentos de seguridad y policía del puerto. 14. Plan de Emergencia del Puerto. 15. Organismos locales sobre seguridad y funcionamiento del puerto o grupo de puertos. 16. Características de los Fondeaderos (Métodos habituales de fondeo, conocimiento del fondo, sondas, áreas de fondeo y reviro, márgenes de seguridad, etc.) 17. Servicio de ordenación, coordinación y control del tráfico marítimo portuario existente en el Puerto.

ANEXO III

Segunda parte: segundo ejercicio.

Resolución teórica de varias maniobras a realizar en el puerto o grupo de puertos objeto de la prueba. En ellas se tendrán muy en cuenta las normas locales en vigor sobre seguridad en la navegación y la protección del medio ambiente marino, dictadas por las distintas Administraciones.

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