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Documento BOE-A-2007-21887

Orden EHA/3707/2007, de 21 de noviembre, de autorización administrativa a Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de defensa jurídica.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2007, páginas 52306 a 52306 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-21887

TEXTO ORIGINAL

La entidad Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. ha presentado en esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para operar como entidad aseguradora en el ramo de defensa jurídica. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que la entidad Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. cumple los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para obtener la autorización administrativa. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero: Autorizar a la entidad Legálitas Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de defensa jurídica, ramo número 17 de la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el artículo 6.1a) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Segundo: Inscribir a la entidad en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 del citado Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 21 de noviembre de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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