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Documento BOE-A-2007-222

Resolución de 19 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de acciones de fomento de la Sociedad de la Información en el marco del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2007, páginas 656 a 661 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-222

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de acciones de fomento de la Sociedad de la Información en el marco del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2, del artículo 8, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 19 de octubre de 2006.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de acciones de fomento de la sociedad de la información en el marco del Plan Avanza

Madrid, 28 de septiembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el señor Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1 de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el excelentísimo señor Consejero de Industria y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, don Benito Javier Mercader León, en su calidad de, en la representación que ostenta y especialmente facultado para este acto en virtud de autorización por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 15 de septiembre de 2006. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

EXPONEN

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. El Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza a los Estados Miembros en su Plan i2010 Una SI Europea para el crecimiento y el empleo, publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de fin de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y el Empleo adoptadas por la Comisión Europea, en abril de 2005. Asimismo, el Plan i2010 señala la importancia de la adopción de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la obligación de los Estados Miembros de elaborar un único informe anual donde se describan los progresos realizados en la ejecución de los Programas de Reformas Nacionales antes citados. 3. El Plan Avanza atiende a las recomendaciones que la Comisión de la SI y del Conocimiento del Senado dio traslado al Gobierno por unanimidad el 14 de junio de 2005 para la elaboración del Plan para el Desarrollo de la SI y de Convergencia con Europa. Igualmente el Plan recoge las sugerencias de la Ponencia que se constituyó al efecto en el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la SI (CATSI), mediante la que se articuló la participación del sector, de los agentes sociales y de las Comunidades Autónomas. 4. Para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dado que es Objetivo 1, este Plan, a su vez, forma parte del Programa Operativo para la Sociedad de la Información, financiado por FEDER de la Unión Europea, que se desarrolla durante el período 2000-2006, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los Fondos Estructurales europeos. 5. El Consejo de Ministros del día 4 de noviembre de 2005 aprobó el Plan Avanza, uno de los ejes del Programa Ingenio 2010 puesto en marcha por el Gobierno para impulsar el I+D+i, con el objetivo de desarrollar la SI en España y la convergencia con Europa y entre nuestras Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía (Comunidades Autónomas). Asimismo, el Plan Avanza se orienta a conseguir la adecuada utilización de las TIC para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. Este Plan se caracteriza por definir objetivos concretos, estar basado en la colaboración con las Comunidades Autónomas y disponer de los correspondientes mecanismos de evaluación y seguimiento. 6. La responsabilidad de la ejecución del Plan Avanza recae sobre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) y, por ende, en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI), en colaboración con los Ministerios correspondientes en las materias de su competencia. En particular, en materia de Administración Electrónica, las actuaciones se llevarán a cabo, en coordinación con el Ministerio de Administraciones Públicas. La estrategia de ejecución del Plan Avanza parte del clima de consenso generado en torno a la radiografía de la situación actual y a la necesidad de alcanzar los niveles de desarrollo de la SI de los países más avanzados. Asimismo, se cuenta con el reconocimiento general de la importancia de la SI como instrumento clave para mejorar la productividad, la competitividad y la cohesión socioeconómica. Dicho consenso será capaz de movilizar al conjunto de agentes implicados -Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, Entidades Locales, sector privado, asociaciones y universidades- en torno a un método y a un proyecto común. Teniendo en cuenta la diversidad de los niveles de implantación de la Sociedad de la Información en cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y respetando sus distintas aproximaciones para el impulso del desarrollo de la misma, el Plan Avanza propone un modelo de ejecución en cooperación, en el que, dentro de las líneas fijadas por el Gobierno en este Plan, se formalizarán Convenios Marco individuales con cada una de ellas en virtud de sus prioridades, definiendo el alcance de los objetivos perseguidos, las medidas a emprender y la estrategia de cofinanciación de las distintas actuaciones. Las actuaciones a desarrollar para alcanzar los objetivos del Plan Avanza se denominan «medidas» y se ejecutan de forma directa por parte de la Administración General del Estado o, en aquellas que se acuerde, de forma bilateral entre una Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del correspondiente convenio. 7. Las áreas de actuación contempladas en el Plan Avanza son:

1. Hogar e Inclusión de Ciudadanos, desarrollando medidas para garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, asegurar la inclusión y ampliar los ámbitos de participación de los ciudadanos y las empresas en la vida pública.

2. Competitividad e Innovación, con medidas encaminadas a impulsar la adopción de soluciones tecnológicamente avanzadas por las PYME españolas y el desarrollo industrial del sector TIC. 3. Educación y Aprendizaje en la Era Digital, incorporando las TIC en el proceso educativo y de formación en general e incluyendo a todos los colectivos que en él participan. 4. Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información. 5. El Nuevo Contexto Digital, que favorezca que las infraestructuras de banda ancha lleguen a todos los ciudadanos y empleados del país, se genere confianza en los ciudadanos y en las empresas en el uso de las nuevas tecnologías, se generalicen mecanismos de seguridad avanzados y se promuevan nuevos contenidos digitales.

8. Durante el año 2005 se han iniciado distintas actuaciones que se engloban también dentro del Plan Avanza, entre ellas los convenios específicos relativos a:

Internet en el Aula, donde se ha firmado un Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entidad pública empresarial Red.es para la puesta en marcha del programa internet en el Aula, el pasado 20 de abril de 2005.

eSanidad, donde se ha firmado un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entidad pública empresarial Red.es para la puesta en marcha del Plan Avanza en el ámbito del Sistema nacional de Salud, el pasado 13 de octubre de 2005.

9. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la SI en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas.

10. La Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia, en el ejercicio de la competencias que le atribuye el Decreto 9/2005, de 7 de mayo, de reorganización parcial de la Administración Regional, tiene entre sus fines el fomento y desarrollo de actuaciones orientadas a la incorporación de la Región a la Sociedad de la Información. 11. El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su sesión de 15 de julio de 2005, aprobó el Plan para el desarrollo de la Sociedad de la Información 2005-2007, que tiene como objetivo contribuir de manera efectiva a que la Región de Murcia consiga alcanzar los objetivos planteados por la Unión Europea para el año 2010 de constituirse en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo. Los objetivos que se establecen en el Plan, son los siguientes:

1. Favorecer el despliegue de redes de telecomunicaciones de Banda Ancha, en especial las basadas en tecnologías inalámbricas de última generación para evolucionar hacia una «Región de Murcia Móvil».

2. Facilitar la incorporación de tecnologías digitales en el hogar y el acceso a información y contenidos de carácter regional mediante banda ancha, como medio para impulsar la incorporación de la Región a la Sociedad de la Información. 3. Apoyar la inclusión de colectivos desfavorecidos, aprovechando las facilidades que ofrece la sociedad de la información. 4. Favorecer la alfabetización tecnológica de ciudadanos, profesionales y trabajadores en el uso de las tecnologías propias de la sociedad de la información. 5. Fomentar el uso de las TIC en las empresas como elemento estratégico de desarrollo, de creación de valor y de competitividad. 6. Apoyar el desarrollo de contenidos digitales y de servicios avanzados de telecomunicaciones en sectores, tales como, la economía, el ocio, la cultura, el entretenimiento, el patrimonio histórico-artístico, la educación, la sanidad, el turismo y la Administración, para facilitar la transición a una «Región de Murcia Digital», 7. Impulsar el desarrollo del sector TIC y de la industria audiovisual de la Región de Murcia, mediante el apoyo a la creación y consolidación de empresas, en especial en lo relativo al desarrollo de servicios avanzados de telecomunicaciones y de contenidos digitales.

12. Que en virtud del interés de las partes en cooperar por alcanzar conjuntamente los objetivos del Plan Avanza y los propios objetivos del Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información 2005-2007, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia acuerdan suscribir el presente Convenio Marco de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio Marco.-El presente Convenio Marco tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo a las cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización de las actuaciones del Plan Avanza, con el fin de conseguir la adecuada utilización de las TIC, y así, contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la productividad y la competitividad, en la promoción de la igualdad social y regional, en la accesibilidad universal y en la mejora del bienestar y de la calidad de vida de los ciudadanos.

Es, asimismo, objeto de este Convenio Marco asumir el compromiso de rubricar los Convenios, así como aquellas otras actuaciones acordadas y de interés común, de carácter anual, que se incluirán como adendas al mismo. Estas actuaciones contribuirán de manera decisiva al cumplimiento de los fines perseguidos. De manera más específica, el Plan Avanza busca la consecución de un conjunto de objetivos estratégicos, definidos para cada una de las áreas de actuación en que se divide el Plan y alineados con la Agenda de Lisboa, que persiguen la convergencia con los países europeos más avanzados de nuestro entorno en materia de Sociedad de la Información, movilizando para ello el consenso necesario, teniendo en cuenta que la convergencia se tiene que producir también a nivel nacional entre las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. La cuantificación de estos objetivos se materializa en una serie de indicadores de impacto, sobre los que se establecen las metas para el 2010, a alcanzar al final del período de ejecución del Plan. Los destinatarios de las actuaciones previstas en este Plan son todos los habitantes, empresas e instituciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, pretendiéndose que se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la Sociedad de la Información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones. Segunda. Desarrollo del Convenio Marco.-La firma del presente Convenio Marco posibilitará:

1. La definición del conjunto de medidas, a incluir como anexo en el Convenio Marco durante la vigencia del mismo.

2. La ejecución de las actuaciones acordadas y de interés para ambas partes que serán cofinanciadas y tendrán carácter anual. 3. La puesta en marcha de las actuaciones que van a ser ejecutadas de forma directa por el Ministerio y que serán potenciadas por acciones de carácter complementario o de desarrollo ejecutadas por las CC. AA. 4. La suscripción de nuevos acuerdos para la ejecución de otras medidas de interés común que puedan ser consideras necesarias. 5. El desarrollo de convenios específicos, tales como Internet en el Aula, eSanidad y otros similares que por su importancia y por la homogeneidad de las acciones que contienen se integran en este Convenio Marco. En estos casos se encomendará a la entidad Red.es llevar a efecto la ejecución de las acciones definidas en los convenios específicos.

Tercera. Acuerdos sobre aportaciones de entidades locales al Convenio Marco.-La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establecerá con entidades locales, cuando fuese necesario, los correspondientes convenios para llevar a cabo las aportaciones o actuaciones necesarias para la ejecución del Plan objeto de este Convenio Marco.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia enviará una copia, cuando proceda, de los convenios con las entidades locales y de los documentos sobre dichos compromisos a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Cuarta. Coordinación y seguimiento del Convenio Marco.-La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia nombrará un Delegado del Convenio, responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio Marco y de los anexos al mismo que se firmen. Este Delegado deberá ser uno de los vocales de la Comisión Bilateral que se constituirá en el marco de este Convenio. El Delegado del Convenio nombrará un responsable de la ejecución que será funcionario de la misma Comunidad Autónoma que éste y controlará aquellas actuaciones que se lleven a cabo de manera conjunta por las Administraciones Públicas. Cuando las actuaciones, contempladas en este convenio marco, se realicen de manera directa e independiente por cada una de las Administraciones, éstas darán cuenta de los resultados al Delegado del Convenio que informará de la ejecución global y desarrollo del Convenio Marco, tanto con informes trimestrales técnicos y económicos como en las reuniones de control y seguimiento del Convenio Marco. Para la gestión del Convenio Marco se podrá contar con los servicios de consultoría y asistencia técnica de empresas, asociaciones o fundaciones, que se consideren necesarios. Quinta. Desarrollo y financiación del Convenio Marco.-El Convenio Marco se desarrolla mediante la realización de los anexos incluidos durante la vigencia del mismo, que será del 2006 al 2010. Dichos anexos incluirán una descripción de las actuaciones a desarrollar, así como la financiación correspondiente. Los anexos a este Convenio Marco correspondientes al año 2006, de las cuales se especifica su contenido y financiación, son:

Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas.

Préstamos y medidas complementarias.

Las aportaciones correspondientes al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se realizarán, directamente, o bien a través de la entidad pública empresarial Red.es, cuando existan a tal fin acuerdos o convenios previos, o se suscriban al efecto dentro del marco de las actuaciones contenidas en el presente Convenio Marco.

En el caso de que las actuaciones con aportación de las Administraciones Públicas se realizaran parcialmente o con un coste total de todas las actuaciones inferior al previsto, las aportaciones económicas totales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio Marco. El Delegado del Convenio enviará cada tres meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información los certificados y justificantes de gastos y pagos realizados en los tres últimos meses. Al final del Convenio Marco se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Bilateral, incluyendo la reasignación de fondos entre las actuaciones o la ejecución de otras actuaciones que completen las programadas en el presente Convenio Marco. Sexta. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Convenio Marco.-El responsable de ejecución de cada una de las actuaciones establecerá los contratos, convenios, acuerdos, etc., necesarios para su ejecución, en la parte financiada por las Administraciones Públicas, con aplicación cuando proceda del Texto Refundido de la Ley de Contratos de dichas Administraciones en los términos de los artículos 11 y concordantes de dicha Ley. Los contratos que se establezcan con dichas entidades en el ámbito de este Convenio Marco, deberán cumplir los principios de publicidad y concurrencia que rigen la contratación administrativa; que se señalan en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. Cuando la Comunidad Autónoma/Ciudad con Estatuto de Autonomía firmante sea zona objetivo 1, los proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones contenidos en este Convenio Marco, y/o cofinanciados por FEDER, deben cumplir los requisitos tanto de elegibilidad como de utilización, incluidos en la normativa de la UE sobre requisitos tales como el marco estratégico de despliegue de infraestructuras, idoneidad de las zonas geográficas elegidas, neutralidad tecnológica y acceso abierto a la utilización de infraestructuras y equipos tanto para los operadores como para los proveedores de servicios. Séptima. Instrumentos para el desarrollo del Convenio Marco.

A) Mesa de Directores Generales.-Con el objetivo de conocer, analizar y, en su caso, reorientar el objeto de las medidas en curso se establecerá una Mesa de Directores Generales. Así mismo esta Mesa evaluará la importancia de los resultados que se vayan produciendo, identificando los beneficios.

Dicha Mesa, aún quedando fuera de las competencias de los firmantes del presente Convenio Marco, se refleja en el mismo para que quede constancia de los instrumentos de coordinación establecidos a nivel nacional. La Mesa de Directores Generales estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información que actuará como Presidente.

Los Directores Generales de las Consejerías competentes de cada Comunidad Autónoma / Ciudad con Estatuto de Autonomía.

El Secretario de la Mesa de Directores Generales será un representante de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Los miembros de la Mesa podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma Administración. Los representantes de la Administración Autonómica podrán delegar en otra persona de la misma Administración Autonómica. Esto será también válido para la sesión de constitución. La Mesa de Directores Generales se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, una vez al año.

B) Comisión Bilateral.-Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio Marco, de su ejecución y financiación, se establece una Comisión Bilateral cuyas funciones serán:

Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio Marco, y su financiación.

Adaptar las actuaciones a ejecutar a las conclusiones y orientaciones de la Mesa de Directores Generales en el marco del este Convenio Marco. Interpretar el contenido del presente Convenio Marco y su aplicación. Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio Marco o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio Marco, que deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes.

La Comisión Bilateral estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que presidirá la Comisión.

Un representante de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Un representante de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia. El Director General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dos representantes de la Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, siendo uno de ellos el nombrado como Delegado del Convenio.

Podrán asistir, en calidad de invitados, representantes de otras entidades participantes. El Secretario de la Comisión Bilateral, con voz pero sin voto, será un representante de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Los miembros de la Comisión, que serán designados específicamente en el seno de su organización, podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma administración. Los representantes de la administración autonómica podrán delegar en otra persona de la misma administración autonómica. Asimismo el presidente podrá delegar en otro miembro de su misma Dirección General. Esto será también válido para la sesión de constitución. La representación de las corporaciones locales implicadas se recogerá en los convenios que pudiera establecer la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con dichos entes locales. La Comisión Bilateral se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, dos veces al año. La Comisión Bilateral podrá aprobar propuestas de modificación al Convenio Marco relativas a:

Variación en las cantidades asignadas a cada actuación de hasta un 30% sobre la asignación inicial,

La incorporación de una nueva actuación al Convenio Marco, dentro de las medidas previstas, con su correspondiente valoración.

Dichas propuestas deberán ser ratificadas posteriormente por los firmantes del Convenio Marco.

En ningún caso estas modificaciones supondrán la variación del importe de la aportación total del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio expresada en el presente Convenio Marco. La Comisión Bilateral servirá de órgano de intercambio de la información general sobre estrategias y medidas que las partes están llevando a cabo para el desarrollo de la SI, independientemente de que estén o no incluidas en el Convenio Marco. Octava. Contenido del Convenio Marco.-Se consideran incluidas en el Convenio Marco todas las actuaciones que figuran en los anexos antes enumerados. Las actuaciones se circunscribirán a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Podrán incluirse como gastos imputables al Convenio Marco los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Convenio Marco. No se podrán incluir como gastos imputables al Convenio Marco los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc.). Los gastos de consultoría, asistencia técnica y otros gastos, correspondientes a la gestión del Convenio Marco, serán imputables al mismo. No serán imputables al Convenio Marco los gastos de personal al servicio de las administraciones firmantes del presente Convenio Marco, así como los realizados a tal efecto por dicho personal (viajes, dietas, etc.). Las áreas de actuación susceptibles de la realización de actuaciones son las siguientes:

1. Hogar e Inclusión de Ciudadanos, desarrollando medidas para garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, asegurar la inclusión y ampliar los ámbitos de participación de los ciudadanos y las empresas en la vida pública.

2. Competitividad e Innovación, con medidas encaminadas a impulsar la adopción de soluciones tecnológicamente avanzadas por las PYMEs españolas y el desarrollo industrial del sector TIC. 3. Educación y Aprendizaje en la Era Digital, incorporando las TIC en el proceso educativo y de formación en general e incluyendo a todos los colectivos que en él participan. 4. Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información. 5. El Nuevo Contexto Digital, que favorezca que las infraestructuras de banda ancha lleguen a todos los ciudadanos y empleados del país, se genere confianza en los ciudadanos y en las empresas en el uso de las nuevas tecnologías, se generalicen mecanismos de seguridad avanzados y se promuevan nuevos contenidos digitales.

Novena. Información, documentación y revisión de las actividades.-Las Administraciones firmantes del presente Convenio Marco podrán requerir en cualquiera de las fases de ejecución de actuaciones (definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concurso, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada en relación con el mismo, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución.

Asimismo, los órganos competentes suministrarán la información y documentación indicada, y proporcionarán cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades. Toda la documentación generada por la realización del Convenio Marco estará a disposición del Tribunal de Cuentas del Estado, de la Intervención General del Estado, del Congreso, Senado, Comisión de la Unión Europea o cualquier organismo competente que la solicite. Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Convenio Marco, la parte firmante responsable lo comunicará a la otra para su análisis en la Comisión Bilateral. Décima. Disponibilidad del contenido de este Convenio Marco y de sus resultados como demostradores, para su difusión.-El contenido de este Convenio Marco podrá ser utilizado por las Administraciones firmantes para otras iniciativas, proyectos, convenios y todas aquellas iniciativas que supongan un buen uso del mismo. Undécima. Referencia a las administraciones.-En todas las actividades y resultados objeto de este Convenio Marco será obligatorio incluir y citar sin distinción a las Administraciones firmantes del mismo. Duodécima. Referencia a la Comisión de la Unión Europea.-En el caso de que la Comunidad/Ciudad Autónoma firmante del Convenio Marco con la Administración General del Estado pertenezca a zona objetivo 1 de FEDER, se hará referencia en todas las actividades y resultados del Convenio Marco a la referida Comisión Europea. Decimotercera. Notificación a la Comisión de la Unión Europea. Las Administraciones firmantes tramitarán, en su caso, las notificaciones o autorizaciones que procedan ante la Comisión de la Unión Europea, en cumplimiento de lo previsto en el Tratado de la CE y, en particular, en los artículos 87 y 88 de dicho Tratado. Asimismo, se tendrá en cuenta la normativa comunitaria en materia de acumulación de ayudas y, en general, los Reglamentos de los Fondos Estructurales. Decimocuarta. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-El presente Convenio Marco es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio Marco, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Bilateral. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Decimoquinta. Entrada en vigor.-El presente Convenio Marco comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010. El desarrollo de las actuaciones para los ejercicios siguientes queda supeditada a la existencia de los créditos correspondientes en los presupuestos generales de las Administraciones y se instrumentarán en anexos al Convenio Marco. Decimosexta. Causas de resolución y efectos de la misma.-El presente Convenio Marco podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de dos meses.

En el supuesto de extinción del Convenio Marco por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta, sin interrumpir la marcha de aquellas actuaciones que se hallaran en ejecución hasta su completa terminación.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio Marco, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-El Consejero de Industria y Medio Ambiente, Benito Javier Mercader León. ANEXOS AL CONVENIO MARCO AÑO 2006

Anexo número 1: Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas.

Anexo número 2: Préstamos y medidas complementarias.

En los anexos de este Convenio Marco se hace una descripción detallada de las actuaciones, especificadas y cuantificadas que se realizarán por ser objeto del Convenio Marco para el año 2006.

Serán imputables al presente Convenio Marco las inversiones realizadas en el desarrollo de las actuaciones, recogidas en el mismo, desde el día 1 de enero de 2006.

ANEXO 1 Medidas Cofinanciables: Ciudadanos Y Empresas

El presupuesto de este Anexo del Convenio Marco es de 1.398.647 euros (un millón trescientos noventa y ocho mil seiscientos cuarenta y siete euros). Las aportaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, correspondientes al conjunto de actuaciones descritas en el anexo, son las siguientes:

2006

Financiadores

Aportaciones Económicas €

MITYC

769.256

CARM

629.391

Total Administraciones Públicas

1.398.647

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia los fondos de cofinanciación correspondientes, 769.256 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia retendrá el crédito presupuestario correspondiente a su aportación, en el Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2006:

202.406 euros, con cargo a la Partida 16.02.00.521A.787.83 (proyecto 35.755).

426.985 euros, con cargo a la Partida 16.02.00.521A.787.20 (proyecto 32.027).

Descripción de las actuaciones

CIU.05: Inclusión de ciudadanos con necesidades especiales en la si (mayores, personal recluso, uso de las tic en el sector terciario, accesibilidad y discapacidad). Actuación 1.-Ayudas a discapacitados y otros colectivos con necesidades especiales: 1. Descripción.-El objeto de la actuación es favorecer la incorporación de los discapacitados y otros colectivos con necesidades especiales a la Sociedad de la Información mediante el desarrollo de proyectos de adaptación de herramientas y aplicaciones a sus necesidades, así como el apoyo al teletrabajo.

El Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información contempla la Acción 2.4.-Iniciativa eConectados. Ayuda para la incorporación a la sociedad de la información de colectivos desfavorecidos y la Acción 4.1-Programa empresa adaptada. Ayudas para la incorporación al mercado laboral de colectivos con necesidades especiales. El Plan Avanza, a su vez, recoge acciones dirigidas a los ciudadanos con el objetivo de reducir la brecha digital. La actuación se dirige a los siguientes colectivos:

1. Personas con discapacidad.

2. Otros colectivos con dificultades para la incorporación a la S.I.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-La Sociedad de la Información significa una oportunidad para colectivos con necesidades especiales, y desde la Administración Pública resulta de total importancia que dichos colectivos puedan aprovechar esta oportunidad. Dentro de esto, los colectivos desfavorecidos necesitan inversiones especiales, equipos adaptados, por lo tanto, se considera prioritario llevar a cabo una acción que ayude a éstos a incorporarse a la Sociedad de la Información mediante ayudas a la adquisición de equipos.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo.-Número de personas o colectivos ayudados. 4. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2006

MITYC

CARM

Total

521.871 €

-

521.871 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación se realizará mediante la acreditación de los pagos efectuados. El plazo de justificación será el año 2007. 6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM. 7. Período de ejecución.-Durante 2006.

Actuación 2. Ayudas a mujeres y personas mayores.

1. Descripción.-El objeto de la actuación es favorecer la incorporación de los colectivos de personas mayores y de mujeres a la Sociedad de la Información mediante el desarrollo de proyectos adaptados a sus necesidades.

El Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información contempla la Acción 2.4.-Iniciativa eConectados. Ayuda para la incorporación a la sociedad de la información de colectivos desfavorecidos y la Acción 4.1-Programa empresa adaptada. Ayudas para la incorporación al mercado laboral de colectivos con necesidades especiales. El Plan Avanza, a su vez, recoge acciones dirigidas a los ciudadanos con el objetivo de reducir la brecha digital. La actuación se dirige a los siguientes colectivos:

1. Personas mayores.

2. Mujer.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-La Sociedad de la Información significa una oportunidad para colectivos con necesidades especiales, y desde la Administración Pública resulta de total importancia que dichos colectivos puedan aprovechar esta oportunidad. Dentro de esto, los colectivos desfavorecidos necesitan inversiones especiales, equipos adaptados, por lo tanto, se considera prioritario llevar a cabo una acción que ayude a éstos a incorporarse a la Sociedad de la Información mediante ayudas a la adquisición de equipos.

3. Medición con indicadores al final del desarrollo.-Número de personas o colectivos ayudados. 4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2006

MITYC

CARM

Total

-

426.985 €

426.985 €

El importe total será con cargo a la partida presupuestaria 16.02.00.521A.787.20, proyecto 32027, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2006.

5. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación se realizará mediante la acreditación de los pagos efectuados. El plazo de justificación será el año 2007. 6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM. 7. Período de ejecución. Durante 2006: EMP.09: Soluciones sectoriales para PYMEs.

Actuación 3. NEXOPYME.

1. Descripción.-El objetivo general del Programa NEXOPYME es favorecer la incorporación de las pequeñas y medianas empresas a la «cultura telemática» y al aprovechamiento de los recursos tecnológicos cada vez más presentes en el nuevo contexto socioeconómico.

Para ello, y en colaboración con las Cámaras de Comercio, el programa ofrecerá a las pymes, micropymes y autónomos beneficiarios un paquete «indivisible» de servicios y productos consistente en servicios on line relativos a las principales áreas de apoyo a la gestión empresarial, internacionalización, capacitación, información, asesoramiento, certificado digital, etc.; equipamiento informático y de comunicaciones necesario para el disfrute de los servicios on line y asistencia y mantenimiento ordinarios de un técnico informático local. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Dotar de un equipamiento mínimo informático y de presencia en la red, y facilitar un asesoramiento básico para el funcionamiento de las pymes, micropymes y autónomos de la Región. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Empresas participantes.

Propuestas de implementación de TIC iniciadas como consecuencia de los asesoramientos. 4. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2006

MITYC

CARM

Total

-

202.406 €

202.406 €

El importe total será con cargo a la partida presupuestaria 16.02.00.521A.787.83, proyecto 35755, de los presupuestos generales de la comunidad autónoma de la Región de Murcia para el año 2006.

5. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación se hará mediante la acreditación de los importes ejecutados. El plazo de justificación será 2007. 6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM. 7. Período de ejecución.-Período 2006.

Actuación 4. Desarrollo de contenidos digitales en empresas de la Región de Murcia.

1. Descripción.-El Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información 2005-2007 en la Región de Murcia contempla la acción 4.3 -Programa de Impulso del sector TIC y los contenidos digitales en la Región de Murcia-. Por otra parte el Plan Avanza recoge soluciones en determinados sectores empresariales.

Los contenidos digitales, desarrollados tanto desde el sector TIC como por la industria audiovisual, comprenden una amplia gama de contenidos entre los que se encuentran los desarrollos multimedia, las animaciones digitales, los videojuegos, la recreación de mundos virtuales, etc. Actualmente esta industria representa una gran oportunidad para el desarrollo de las regiones, con una aportación creciente de valor añadido al PIB, y un amplio campo de especialización en el ámbito de la formación, el ocio y el entretenimiento. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Con esta iniciativa se pretende promover el desarrollo de la industria de los contenidos digitales, especialmente de aquellos que pueden ser de interés para la Región de Murcia. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.-Número de ayudas concedidas 4. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2006

MITYC

CARM

Total

247.385 €

-

247.385 €

5. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación se hará mediante la acreditación de los importes ejecutados. El plazo de justificación será 2007. 6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM. 7. Período de ejecución.-Período 2006.

ANEXO 2 Préstamos

Las aportaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, correspondientes al conjunto de actuaciones descritas en el anexo, son las siguientes:

2006

Financiadores

Préstamos

Medidas complementarias

MITYC

14.722.448 €

-

Total Administraciones Públicas

14.722.448 €

-

Descripción de las actuaciones:

CIU.09: Préstamos a hogares.

Actuación 1. Préstamos a hogares.

1. Descripción.-«Hogares conectados» consiste en una línea de financiación a interés cero para la adquisición de un «paquete de conexión« que consta de equipamiento informático, conectividad de banda ancha y formación básica.

Para el despliegue de la iniciativa se cuenta con la intermediación del ICO y con la colaboración de entidades de crédito con redes consolidadas en todo el territorio nacional, para aprovechar su conocimiento y la eficacia de su gestión. La misión de estas entidades es la concesión de los préstamos a los beneficiarios, partiendo de la aportación económica que realiza el MITYC. Cada préstamo tiene un importe máximo de 1.000 €, IVA incluido, cantidad que se eleva a 1.200 euros en el caso de familias numerosas. El plazo máximo de devolución del préstamo es de treinta y seis meses, siendo el tipo de interés del 0 por 100, sin garantías adicionales hipotecarias ni dinerarias. Las entidades de crédito colaboradoras reembolsan la dotación recibida en un plazo máximo de siete años, incluidos dos de carencia. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida-Garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, aumentando significativamente la proporción de hogares conectados, con equipamiento y conectividad de banda ancha. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo:

A1: Hogares con acceso a internet.

A2: Particulares que utilizan regularmente internet. J3: Hogares con acceso a Internet de banda ancha.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.-Existe una reserva económica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para destinar 3.485.495 euros del presupuesto total del Préstamo a Universitarios a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Año 2006:

MITYC: 3.485.495 euros. 5. Justificación de las inversiones y su plazo.-El MITYC será el responsable de la justificación de las inversiones realizadas. Dicha justificación se realizará durante 2006 y 2007.

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del plan conjunto de colaboración.-Las entidades de crédito colaboradoras serán las encargadas de la concesión provisional de los préstamos. La DGDSI autorizará las campañas de publicidad y difusión desplegadas por las entidades de crédito y realizará las auditorías sobre los expedientes de cada préstamo concedido. 7. Período de ejecución.-Doce meses para la ejecución del presupuesto.

CIU.10: Préstamos a Universitarios.

Actuación 2. Préstamos Universitario.

1. Descripción.-«Préstamo Universitario» es una línea de financiación a interés cero para la adquisición de un ordenador portátil con conectividad inalámbrica de banda ancha.

Para el despliegue de la iniciativa se cuenta con la intermediación del ICO y con la colaboración de entidades de crédito con redes consolidadas en todo el territorio nacional, para aprovechar su conocimiento y la eficacia de su gestión. La misión de estas entidades es la concesión de los préstamos a los beneficiarios, partiendo de la aportación económica que realiza el MITYC. Cada préstamo tendrá un importe máximo de 1.500 €. El plazo máximo de devolución del préstamo es de 36 meses, siendo el tipo de interés del 0 por 100, sin garantías adicionales hipotecarias ni dinerarias. Las entidades de crédito colaboradoras reembolsan la dotación recibida en un plazo máximo de siete años, incluidos dos de carencia. La medida se complementa con la financiación a fondo perdido a las Universidades para incrementar los puntos de acceso inalámbrico (infraestructura WI-FI) en los campus universitarios. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Fomentar el uso de las TIC entre los estudiantes universitarios y su utilización en el proceso educativo con el fin de elevar el número de internautas. Dotar de equipamiento y conexión inalámbrica a 35.000 universitarios en el conjunto del Estado. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo:

A2: Particulares que utilizan regularmente Internet.

E2: Particulares que utilizan Internet para fines de aprendizaje. J3: Particulares con acceso de banda ancha.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.-Existe una reserva económica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para destinar 1.650.767 euros del presupuesto total del Préstamo a Universitarios a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Año 2006: MITYC: 1.650.767 euros.

5. Justificación de las inversiones y su plazo.-El MITYC será el responsable de la justificación de las inversiones realizadas. Dicha justificación se realizará durante 2006 y 2007.

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.-Las entidades de crédito colaboradoras serán las encargadas de la concesión provisional de los préstamos. La DGDSI autorizará las campañas de publicidad y difusión desplegadas por las entidades de crédito y realizará las auditorías sobre los expedientes de cada préstamo concedido. 7. Período de ejecución.-Doce meses para la ejecución del presupuesto.

EMP.08: Préstamo Tecnológico.

Actuación 3. Préstamo Tecnológico.

1. Descripción.-Financiación, en condiciones preferentes, de la inversión que acometan las PYMEs que quieran incorporar nuevas tecnologías a su negocio. Líneas de financiación que pueden cubrir hasta el 100 por 100 de la inversión, a interés del 0 por 100, sin garantías adicionales y con plazos de devolución de hasta cinco años. Previsiblemente se instrumentará mediante Plan Conjunto de Colaboración con el ICO.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la medida.-Financiar a las microempresas y pequeñas empresas actuaciones de incorporación de TIC, que introduzcan innovación en los procesos clave de su negocio para incrementar su competitividad. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo:

HA1: Empresas con conexión a Internet.

HA5: Empresas con acceso a Internet a través de banda ancha. HA2: Empresas con página Web propia. HB1: Empresas que han comprado por Internet.

4. Aportaciones económicas o acciones complementarias.-Existe una reserva económica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para destinar 9.586.187 euros del presupuesto total del Préstamo Tecnológico a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Año 2006: MITYC: 9.586.187 euros.

5. Justificación de las inversiones y su plazo.-El MITYC será el responsable de la justificación de las inversiones realizadas. Dicha justificación se realizará durante 2006 y 2007.

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del plan conjunto de colaboración.-Las entidades de crédito colaboradoras serán las encargadas de la concesión provisional de los préstamos. La DGDSI autorizará las campañas de publicidad y difusión desplegadas por las entidades de crédito y realizará las auditorías sobre los expedientes de cada préstamo concedido. 7. Período de ejecución.-Doce meses para la ejecución del presupuesto.

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