Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública, convocadas por Orden EHA/1114/2007, de 17 de abril, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la base decimoséptima de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, este Ministerio acuerda hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición por el sistema general de acceso libre, por orden de puntuación obtenida que figura en el anexo I de la presente Orden. De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, los aspirantes aprobados disponen de un plazo de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, para presentar ante la Administración, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, 9, 4.ª planta, de Madrid, en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del título de Ingeniero Técnico Forestal o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo III. 3. Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Asimismo deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el R. D. 456/1986, de 10 de febrero, modificado por R. D. 213/2003, de 21 de febrero. Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Por orden de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento. Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo determinado en la convocatoria. Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el proceso selectivo.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo órgano que lo dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de diciembre de 2007.-El Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3243/2004, de 5 de octubre), la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.
ANEXO I Relación de aspirantes aprobados por el sistema general de acceso libre, de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales al servicio de la Hacienda Pública Sistema General de Acceso Libre |
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Número de orden |
DNI |
Apellidos y nombre |
Puntuación total |
1 |
52380999 |
Morales Miñaca, María Julia |
56,3 |
2 |
12372102 |
Zan Gómez, María del Mar |
50,3 |
3 |
70801854 |
García Sánchez, Eduardo |
49,0 |
4 |
33339150 |
Pérez Pombo, Óscar Manuel |
48,1 |
ANEXO II
Don/Doña ........................................................................ con domicilio en ........................................................................ y documento nacional de identidad número ................................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo ....................................................................., que no ha sido separado del servicio de ninguna de la Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En cumplimiento de lo establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, doy mi conformidad a que se compruebe de oficio mi identidad a través de dicho sistema.
sí � no � (En el caso de que no se autorice, deberá presentar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.)
En ..........................., a ...... de ..................... de 200...
ANEXO III
Don/Doña ........................................................................ con domicilio en ........................................................................ y documento de identidad o pasaporte número ............................. Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo/ Escala ................................................, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En ..........................., a ...... de ..................... de 200...
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