La Resolución de 28 de abril de 2006, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal («Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo de 2006), establecía un período de ejecución de las acciones formativas incluidas en los planes de formación incorporados a los contratos programa que vencía el 31 de marzo del presente año. Desde diferentes instancias se ha puesto de manifiesto la importancia y oportunidad de ampliar dicho plazo de ejecución a fin de que los beneficiarios de las subvenciones que financian dichos planes de formación puedan disponer de dos meses adicionales para completar la formación contenida en los mismos. Por otra parte, la ampliación de dicho plazo posibilita una mejor ejecución de los fondos dispuestos para financiar dichos planes, entre los que se encuentran los provenientes del Fondo Social Europeo, facilitando de esta manera una eficaz justificación de los mismos ante la Comisión de la Unión Europea. Por todo ello, se considera que la ampliación del plazo de uno a dos meses para la ejecución de los contratos programa acogidos a la Resolución citada favorecerá el desarrollo de la formación continua en el presente ejercicio, facilitando la ejecución de los planes de formación iniciados en el 2006 para la realización de acciones formativas dirigidas a los trabajadores. En su virtud, consultadas las organizaciones empresariales y sindicales representadas en la Comisión Tripartita de Formación Continua, dispongo:
Disposición única.
Uno.-Se modifica el apartado cuarto de la Resolución de 28 de abril de 2006, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas mediante contratos programa, de ámbito estatal, para la formación de trabajadores ocupados, en los términos siguientes: «Cuarto. Plazo de ejecución de los planes de formación.-Los planes de formación incorporados a los contratos programa se podrán ejecutar entre el 1 de abril de 2006 y el 30 de abril de 2007.»
Dos.-Se incorpora una disposición adicional quinta a la citada Resolución de 28 de abril de 2006, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos siguientes:
«Disposición adicional quinta. Ampliación del plazo de ejecución. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado cuarto, los beneficiarios podrán optar por ejecutar las acciones formativas incluidas en los planes de formación incorporados a los contratos programa hasta el 31 de mayo de 2007, respetando, en todo caso, la obligación de presentar la documentación necesaria para proceder a la liquidación final de la subvención concedida, exigida por el apartado vigésimo tercero tres de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, antes del 1 de julio de 2007.»
Disposición final.
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de enero de 2007.-El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Eduardo González López.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid