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Documento BOE-A-2007-2469

Resolución de 16 de enero de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica la concesión de subvenciones de 2006, a titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2007, páginas 5308 a 5308 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2007-2469

TEXTO ORIGINAL

La Orden APA/3147/2005, de 28 de septiembre («B.O.E.» número 243, de 11 de octubre), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables; de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por Orden APA/3611/2006, de 15 de noviembre («B.O.E.» número 283, de 27 de noviembre), fue aprobada la convocatoria para el año 2006 en la que se desarrolla el procedimiento de concesión. De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras y convocatoria, y a la vista de la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor, la Subdirección General de Estadísticas Agroalimentarias, por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 21 de diciembre de 2006 se ha resuelto el procedimiento de concesión de 8.143 subvenciones de 2006, por el suministro de datos estadísticos y contables. Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden APA/3611/2006, de 15 de noviembre, y en atención al interés general para los agricultores y ganaderos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.-Hacer público el extracto de la Orden de 21 de diciembre de 2006 por la que se resuelve el procedimiento de concesión de 8.143 subvenciones de 2006, a favor de titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables, cuya distribución territorial se refleja en la siguiente tabla:

Territorio

Número de perceptores

Cuantía de la subvención

Máximo

Concesión

Máximo por perceptor

-

Euros

Global

-

Euros

Andalucía

1.700

1.694

138,00

233.772,00

Aragón

730

730

138,00

100.740,00

Principado de Asturias

253

249

138,00

34.362,00

Illes Balears

176

176

138,00

24.288,00

Canarias

230

230

138,00

31.740,00

Cantabria

187

186

138,00

25.668,00

Castilla y León

1.100

1.087

138,00

150.006,00

Castilla -La Mancha

1.100

1.097

138,00

151.386,00

Extremadura

658

658

138,00

90.804,00

Galicia

550

550

138,00

75.900,00

La Rioja

260

259

138,00

35.742,00

Madrid

205

204

138,00

28.152,00

Región de Murcia

330

327

138,00

45.126,00

Comunitat Valenciana

700

696

138,00

96.048,00

TOTAL

8.179

8.143

138,00

1.123.734,00

Segundo.-El texto íntegro de la resolución de concesión, Orden 21 de diciembre de 2006, en la que se incluye como anexo la relación nominativa de beneficiarios, ordenada territorialmente por Comunidades Autónomas, se expondrá en el tablón de anuncios de la sede central del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Paseo de Infanta Isabel, número 1, 28014 Madrid), donde podrá ser consultado durante los diez días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Aquellos solicitantes que no figuren en la relación nominativa señalada en el párrafo anterior, se entenderá que su solicitud ha sido desestimada.

Tercero.-La resolución del procedimiento, de la que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías impugnatorias.

Madrid, 16 de enero de 2007.-El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio.

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