Por Resolución de fecha 11 de octubre de 2006 de esta Dirección General, se concedió la autorización administrativa previa para la constitución de Santander Ahorro 60, Fondo de Pensiones, promovido por Santander Pensiones, S.A., E.G.F.P., al amparo de lo previsto en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre (B.O.E. de 13 de diciembre). Concurriendo Santander Pensiones, S.A., E.G.F.P. (G0080), como gestora, y Santander Investment, S.A. (D0132), como depositaria, se constituyó en escritura pública, el 2 de noviembre de 2006, el citado fondo de pensiones, constando debidamente inscrita en el Registro Mercantil. La entidad promotora, anteriormente indicada, ha solicitado la inscripción del fondo en el Registro administrativo especial de fondos de pensiones, aportando la documentación establecida al efecto en el artículo 3.º-1 de la Orden Ministerial de 7 de noviembre de 1988 (B.O.E. de 10 de noviembre). Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada ley y normas que la desarrollan, esta Dirección General acuerda proceder a la inscripción de Santander Ahorro 60, Fondo de Pensiones en el Registro de fondos de pensiones establecido en el artículo 96.1.a) del Reglamento de planes y fondos de pensiones de 20 de febrero de 2004, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 21 de diciembre de 2006.-El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.
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