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Documento BOE-A-2007-2582

Resolución de 8 de enero de 2007, de la Confederación Hidrográfica del Norte, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Organismo Autónomo Aguas de Galicia y el Ayuntamiento de Lugo para la ejecución del proyecto de acondicionamiento de la margen derecha del río Miño.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2007, páginas 5597 a 5598 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-2582

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 14 de diciembre de 2006, el Convenio de Colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Organismo Autónomo Aguas de Galicia de la Comunidad Autónoma de Galicia y el Ayuntamiento de Lugo para la ejecución del proyecto de acondicionamiento de la margen derecha del río Miño en Lugo, y en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 8.2 de la Le y 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Confederación Hidrográfica dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 8 de enero de 2007.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, Jorge Marquínez García.

Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Organismo Autónomo Aguas de Galicia de la Comunidad Autónoma de Galicia y el Ayuntamiento de Lugo para la ejecución del proyecto de acondicionamiento de la margen derecha del río Miño en Lugo

En Lugo a 14 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

Sr. D. Jorge Marquínez García, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, del Ministerio de Medio Ambiente, nombrado por Real Decreto 1347/2004, de 28 de mayo, en ejercicio de las competencias asignadas al organismo de cuenca por los artículos 23, 24 y 30 del Real Decreto Ley 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Sr. D. Manuel Vázquez Fernández, Conselleiro de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia, nombrado por el Decreto 213/2005, de 3 de agosto, en virtud del artículo 34.10 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente. Sr. D. Jorge Antonio Santiso Blanco, Presidente del Organismo Autónomo Aguas de Galicia, nombrado como tal por el Decreto 471/2005, de 1 de septiembre, en relación con la Disposición adicional cuarta del Decreto 310/2001, de 17 de diciembre, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley 8/1993, de 23 de junio, reguladora de la Administración Hidráulica de Galicia. Sr. D. José López Orozco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lugo, en nombre y representación del mismo.

EXPONEN

1.º Que el Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en marcha un Plan de restauración hidrológico y de protección y regeneración de cauces y enclaves naturales que pretende, entre otros objetivos, los de restauración forestal de áreas susceptibles de erosión y arrastre de terrenos y los de regeneración de cauces y protección de zonas y enclaves naturales relacionados con el medio ambiente fluvial.

2.º Que a la Confederación Hidrográfica del Norte corresponde, en el ámbito de esta Cuenca, la administración y protección del dominio público hidráulico, a cuya finalidad podrá establecer convenios de colaboración con las Entidades Locales. Que una de las actuaciones básicas para la protección y delimitación del dominio público hidráulico es la restauración hidrológica forestal en cuanto frena la aportación de sólidos a los cauces y contribuye a la regulación de caudales. 3.º Que la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante Real Decreto 1535/84, de 31 de agosto, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de conservación de la naturaleza, es el Organismo competente en las funciones de recuperación de la cubierta vegetal, de la lucha contra la erosión y de la conservación de suelos en su ámbito territorial. 4.º Que el río Miño a su paso por Lugo constituye el principal eje natural y paisajístico de la ciudad y del término municipal, al mismo tiempo que supone una barrera natural entre ambas orillas de la ciudad, cuya comunicación se ve limitada por las escasas infraestructuras existentes en la ciudad. 5.º Atendiendo a tal demanda, la Confederación Hidrográfica del Norte ha redactado el «Proyecto de acondicionamiento de la margen derecha del río Miño en Lugo», por un importe de 2.699.798,04 euros. 6.º Finalmente, la Confederación Hidrográfica del Norte, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Aguas de Galicia de la Comunidad Autónoma de Galicia y el Ayuntamiento de Lugo estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la realización de esta actuación, sobre la base de sus respectivas competencias, y consideran adecuado establecer un convenio que haga partícipes a las respectivas Administraciones en la ejecución de las obras y que permita al Organismo de Cuenca la utilización del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea. En base a los antecedentes expuestos, las partes comparecientes estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la realización de esta actuación, sobre la base de sus respectivas competencias, y consideran adecuado establecer un convenio de colaboración que haga partícipes a las respectivas Administraciones y que permita al Organismo de Cuenca la utilización del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea, a cuyo efecto acuerdan suscribir el presente convenio específico de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-Ejecutar, de forma coordinada y en colaboración, las obras de restauración hidrológica forestal y protección de cauces en el término municipal de Lugo, de acuerdo con el proyecto técnico denominado «Proyecto de acondicionamiento de la margen derecha del río Miño en Lugo».

Segunda. Plazo de vigencia.-El presente Convenio será efectivo a partir de la fecha de suscripción y tendrá una duración de dieciocho (18) meses, entendiéndose prorrogado en el supuesto de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto. Tercera. Obligaciones de las partes.-Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte la aprobación técnica y definitiva de los proyectos de obra, la contratación de su ejecución conforme al proyecto aprobado, la dirección de las obras y su recepción final, sin perjuicio de la participación de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible o del Ayuntamiento de Lugo en la Mesa de Contratación. Igualmente, corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte garantizar la plena disponibilidad de los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de los trabajos, efectuando a tal fin las actuaciones expropiatorias necesarias, financiándose dicha expropiación con la misma fórmula de financiación que la establecida en la cláusula quinta del presente convenio de colaboración. Cuarta. Presupuesto.-El presupuesto total de la actuación es de tres millones novecientos diecisiete mil seiscientos noventa y un euros con sesenta y tres céntimos (3.917.691,63 euros).

Con la siguiente distribución del gasto por anualidades:

Anualidades

Importe Euros

2006

150.000,00

2007

3.767.691,63

Quinta. Régimen de financiación.-La financiación de los trabajos se realizará de acuerdo con los siguientes porcentajes:

Setenta por ciento (70 por 100) a cargo de la Confederación Hidrográfica del Norte, correspondiendo a la ayuda proporcionada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El treinta por ciento (30 por 100) restante, que corresponde a la aportación nacional a la financiación FEDER, a cargo de Aguas de Galicia y el Ayuntamiento de Lugo, con la siguiente distribución:

Un veinte por ciento (20 por 100) del total de la actuación a cargo de Aguas de Galicia.

Un diez por ciento (10 por 100) del total de la actuación a cargo del Ayuntamiento de Lugo.

Los estudios, proyectos, expropiaciones, dirección de obra y cualquier otra asistencia técnica necesaria para dar adecuado cumplimiento al objeto del presente Convenio de colaboración serán financiados con la misma fórmula de reparto establecida en esta cláusula.

Las partes firmantes del presente convenio asumen en la misma proporción las variaciones económicas que puedan producirse al alza o a la baja por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo del correspondiente contrato. Si dichas variaciones conllevasen un coste total de la actuación superior al previsto en el convenio, dicho compromiso estaría supeditado a la suscripción de las oportunas adendas al convenio. Sexta. Aportaciones.-Para posibilitar la utilización de fondos europeos en la parte de la financiación estatal de este Convenio de Colaboración, la contribución de Aguas de Galicia y del Ayuntamiento de Lugo será efectuada con aportaciones que hagan compatible dicha utilización. A tal efecto, dichas aportaciones se materializarán mediante transferencias dinerarias a la cuenta 9000.0046.40.020000780 de la Confederación Hidrográfica del Norte en el Banco de España. La aportación correspondiente a cada anualidad se realizará en el plazo de dos meses a partir de la presentación por la Confederación Hidrográfica del Norte de los documentos acreditativos de la fase D del compromiso de gasto correspondiente a esta actuación, según la siguiente programación inicial de anualidades:

Anualidades

Aportación Aguas de Galicia

Aportación Ayuntamiento de Lugo

2006

30.000,00

15.000,00

2007

753.538,33

376.769,16

Séptima. Pagos.-Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte, como órgano de contratación de las actuaciones objeto de este Convenio, el pago a los adjudicatarios de las obligaciones derivadas de la ejecución de los correspondientes contratos.

Octava. Entrega.-Una vez terminada cada obra o actuación y recibida definitivamente por la Confederación Hidrográfica del Norte, se entregará para su uso público al Ayuntamiento de Lugo, que a partir de tal momento se hará cargo a todos los efectos de la misma. Novena. Comisión de Seguimiento.-Para la interpretación del presente convenio, coordinación, impulso y control de las actuaciones de él derivadas, se crea un Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de la Administración del Estado, uno designado por la Delegación del Gobierno en Galicia, y otro por la Confederación Hidrográfica del Norte, dos representantes de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Comunidad Autónoma de Galicia y dos representantes del Ayuntamiento de Lugo. Este órgano velará por la debida coordinación y participación en la ejecución de las obras, resolviendo las dudas que se presenten en la interpretación del presente Convenio de Colaboración e informará de las posibles incidencias y modificaciones en la ejecución del proyecto. Décima. Vigencia.-La vigencia del presente Convenio de colaboración se extenderá durante el plazo y en las condiciones establecidas en la cláusula segunda. Además de lo establecido en la cláusula duodécima, podrá extinguirse, asimismo, por alguna de las siguientes causas:

a) El mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben.

b) La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción. c) El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.

En estos casos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de los trabajos en curso, la forma de terminación de los mismos.

Undécima. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente Convenio de Colaboración, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula novena, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo. Duodécima. Condición resolutoria.-La efectividad del presente convenio queda sujeta a la condición suspensiva del cumplimiento de los requisitos exigidos para su financiación con cargo a los fondos FEDER de la Unión Europea.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior firman el presente documento, por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha reflejado en el encabezamiento.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, Jorge Marquínez García.-El Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia, Manuel Vázquez Fernández.-El Presidente del Organismo Autónomo Aguas de Galicia, Jorge Antonio Santiso Blanco.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lugo, José López Orozco.

ANEXO

Programación inicial de las obras y anualidades

Confederación Hidrográfica del Norte

Aguas de Galicia

Ayuntamiento de Lugo

Total

Obra

Terrenos

Asistencias técnicas

Total

Obra

Terrenos

Asistencias técnicas

Total

Obra

Terrenos

Asistencias técnicas

Total

2006

70.000,00

35.000,00

0,00

105.000,00

20.000,00

10.000,00

0,00

30.000,00

10.000,00

5.000,00

0,00

15.000,00

150.000,00

2007

1.819.858,63

704.134,00

113.391,51

2.637.384,14

519.959,61

201.181,14

32.397,58

753.538,33

259.979,80

100.590,57

16.198,79

376.769,16

3.767.691,63

Total .......

1.889.858,63

739.134,00

113.391,51

2.742.384,14

539.959,61

211.181,14

32.397,58

783.538,33

269.979,80

105.590,57

16.198,79

391.769,16

3.917.691,63

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