Visto el expediente de indulto de don José Luis Gallego Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Castellón de la Plana, en sentencia de 29 de julio de 2005, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión y de una falta de lesiones, a la pena de multa de dos meses con una cuota diaria de 20 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de enero de 2007,
Vengo en conmutar a don José Luis Gallego Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 19 de enero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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