De conformidad con lo establecido en el artículo 12 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 25 de enero de 2006 ha acordado:
1. Delegar en la Comisión Permanente la autorización de los siguientes gastos con cargo al presupuesto del Consejo General del Poder Judicial: a) Aquellos cuyo importe no exceda de 100.000 euros. No obstante, la Comisión Permanente podrá elevar al Pleno la autorización de los mencionados gastos cuando, atendiendo a su naturaleza, lo considere oportuno.
b) Los correspondientes, en su caso, a indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de la Carrera Judicial y otros funcionarios que no formen parte de la plantilla del Consejo.
2. Delegar en el Secretario General la autorización de los siguientes gastos con cargo al presupuesto del Consejo General del Poder Judicial:
a) Aquellos cuyo importe no exceda de 50.000 euros. No obstante, el Secretario General podrá elevar a la Comisión Permanente la autorización de los mencionados gastos cuando, atendiendo a su naturaleza, lo considere oportuno.
b) Los relativos a retribuciones del personal al servicio del Consejo no reservados a la Comisión Permanente.
Madrid, 25 de enero de 2007.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando Santiago.
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