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Documento BOE-A-2007-2964

Orden TAS/260/2007, de 30 de enero, por la que se adjudican los puestos de trabajo ofertados en el concurso convocado por Orden TAS/1884/2006, de 25 de mayo, para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2007, páginas 6305 a 6306 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-2964

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/1884/2006 de 25 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 15 de junio), se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social y de acuerdo con lo previsto en la base décima de dicha convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de resolución del presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General de 10 de marzo de 1995 sobre plazo de presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de méritos alegados según baremo establecido y previa propuesta elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la base octava de la citada Orden de 25 de mayo de 2006, Este Ministerio, en uso de las facultades que tiene conferidas, ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de Méritos, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I a los funcionarios que, asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos de trabajo que se detallan en el anexo II. Tercero.-De acuerdo con lo dispuesto en la base 2.ª punto 7 de la Orden de 25 de mayo de 2006, las adjudicaciones en puestos de trabajo denominados de «Preparador-Grabador» deberán entenderse producidas en puestos de igual nivel, denominados de «Gestor Administrativo», por lo que se procederá a la modificación de dichos puestos de trabajo. Cuarto.-Aquellos participantes que en el momento del cierre del plazo de presentación de instancias (3 de julio de 2006), se encontraban pendientes de ser nombrados por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas pertenecientes al Grupo inmediato superior, hecho que se produjo con posterioridad, en los casos en que hayan obtenido un puesto de doble adscripción en la resolución del presente concurso, tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo que resulte ser superior. Quinto.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o, de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Con fecha del día siguiente a la publicación mencionada en el párrafo anterior, se entenderá producido, con carácter general y sin perjuicio de las excepciones establecidas legal y reglamentariamente, el cese para todos los participantes con puesto definitivo o reservado en la Administración de la Seguridad Social que hayan resultado adjudicatarios de algún puesto de trabajo como consecuencia de la resolución de este concurso. Sexto.-El personal que ha obtenido destino a través de este concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos de provisión, salvo en el ámbito de la misma Secretaría de Estado o del mismo Departamento ministerial, en defecto de aquélla o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el de supresión del puesto de trabajo. Séptimo.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Octavo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella jurisdicción, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano de la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, redacción dada por la Ley 4/1999).

Madrid, 30 de enero de 2007.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P.D. (Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.

(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)

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