El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado c.7 del grupo 9 del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:
1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.-El promotor y órgano sustantivo de este proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
El objeto del proyecto es la mejora ambiental del río Gévora mediante tratamientos sobre la vegetación de ribera, plantaciones, correcciones longitudinales en los taludes y movimientos de tierra en el lecho para regularizar el cauce, así como la ordenación de los accesos a los márgenes del tramo bajo del río. El área de estudio se sitúa en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el norte de la provincia de Badajoz, en el término municipal de Badajoz. La zona de actuación se localiza dentro de la Cuenca del río Guadiana, concretamente sobre el río Gévora desde el azud de La Pesquera por debajo de la desembocadura del río Zapatón hasta la desembocadura del río Gévora en el Guadiana; en total un tramo de 14 kilómetros de cauce y márgenes. Las principales actuaciones que comprende el proyecto son:
Eliminación de basuras, acumulación y retirada de escombros y todo tipo de material ajeno al suelo ripario. Esta tarea se realizará de forma manual y los residuos extraídos serán cargados en camión y llevados a vertederos próximos.
Saneamiento de la vegetación existente mediante podas fitosanitarias, eliminación de aquellos ejemplares que se encuentran secos, enfermos y/o decrépitos y desbroces puntuales sobre la vegetación arbustiva. Eliminación de la vegetación alóctona (eucaliptos). Eliminación de restos, saca de madera y quema. Laboreo mecanizado, reunión y amontonado de tocones en aquellas zonas donde se ha eliminado el eucaliptal. Implantación vegetal. Instalación de dispositivos para evitar el acceso de vehículos a determinadas zonas. Apertura de veredas sólo para peatones. Mejora del azud de «La Pesquera» y construcción de escala de peces en el mismo y de un «río artificial» para que los peces salven la barrera creada por dicho azud. En aquellos tramos del río donde se haga necesario una corrección longitudinal se naturalizará la margen mediante la instalación de empalizadas. En dos zonas a lo largo del tramo bajo del río, se llevarán a cabo determinados tratamientos, principalmente excavaciones, a fin de recuperar el cauce natural del río, debido a que se encuentran rectificados a consecuencia de antiguas extracciones de áridos. En estas zonas se colocarán deflectores para aumentar la relación de rápidos y remansos, ahondar pozas y formar bancos de grava aptos para la freza, principalmente. Colocación de carteles con información medioambiental del área. Instalación de cajas nido. Las alternativas consideradas en el proyecto hacen referencia a tres actuaciones generales del mismo:
1. Alternativas a la construcción de áreas recreativas.
2. Alternativas a la protección de taludes. 3. Alternativas a los tratamientos sobre la vegetación existente.
En el cuadro siguiente se presentan las distintas soluciones aportadas para cada una:
Áreas recreativas. |
Solución 0 |
No construir. |
Solución 1 |
Construcción de tres áreas recreativas. |
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Solución 2 |
Colocación de diversas barreras para restringir el acceso de los vehículos a determinadas zonas. |
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Protección de taludes. |
Solución 0 |
No proteger. |
Solución 1 |
Refino de taludes y protección mediante gaviones flexibles. |
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Solución 2 |
Empalizadas: colonización y cobertura de las riberas por la vegetación para estabilizar el cauce. |
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Tratamiento sobre la vegetación existente. |
Solución 0 |
No hacer tratamientos. |
Solución 1 |
Podas de formación-saneamiento. Resalveos. Eliminación de matorral leñoso. |
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Solución 2 |
Podas fitosanitarias. Eliminación de ejemplares muertos, secos o decrépitos. Desbroces selectivos sobre la vegetación arbustiva. |
2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-La zona de estudio se localiza dentro de la cuenca del río Guadiana, concretamente sobre el río Gévora, afluente del Guadiana por la margen derecha.
La zona de actuación es de Dominio Público Hidraúlico ya que se circunscribe al cauce y márgenes del río Gévora, estando los terrenos inlcuidos en el término municipal de Badajoz. Además, dicha zona está incluida en el LIC ES4310059 «Río Gévora Bajo», y se encuentra colindante la ZEPA ES0000393 «Azud de Badajoz». Se divide en tres tramos en lo que a vegetación se refiere:
En el primer tramo, desde el azud de la Pesquera hasta el cementerio de Valdebotoa, la formación predominante es el eucaliptal, que ocupa tanto los márgenes del cauce como las áreas anexas.
El segundo tramo, que va desde dónde acaba el anterior hasta la autovía Madrid-Lisboa, se caracteriza por eucaliptales y alisedas (Bosques aluviales residuales) con evidentes signos de intervención antropogénica pero que constituyen un «hábitat prioritario» (Alnion glutinoso-incanae). En el último tramo, la vegetación dominante son fresnedas definidas en la directiva hábitats como de «interés comunitario».En este tramo del LIC «Río Gévora Bajo» son mayoritarios los bosques de fresnos con Fraxinus angustifolia, los de galería de Salix alba y Populus alba y los lagos eutróficos naturales. Destaca por su importante fauna piscícola, con presencia de nutria (Lutra lutra), Galápago leproso (Mauremys leprosa), Boga del Guadiana (Chondrostoma willkommii), Calandino (Squalius alburnoides), Pardilla (Chondrostoma lemmingii), Jarabugo (Anaecypris hispanica), Barbo comizo (Barbus comiza) y Colmilleja (Cobitis paludica). La ZEPA «Azud de Badajoz» se caracteriza por presentar 24 taxones pertenecientes a la Directiva 79/409/CEE, de los cuales 5 se encuentran recogidos en el Anexo I y por tanto sometidos a estricto régimen de protección: Cigüeña Blanca (Ciconia ciconia), Cigüeñuela (Himantopus himantopus), Canastera (Glareola prantincola), Combatiente (Philomachus pugnax) y Fumarel común (Glidonias niger). Al igual que en el caso anterior, también destacan las poblaciones de de peces y la presencia de jopillo (Lythrum flexuosum).
3. Resumen del proceso de evaluación:
a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.
Entrada documentación inicial. La tramitación empieza el 22 de noviembre de 2004 con la entrada de la memoria resumen. Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 14 de enero de 2005 se envían las consultas a los siguientes organismos.
Organismos consultados |
Resultado de la consulta |
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Dirección General para la Biodiversidad. |
18-11-05 |
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Delegación del Gobierno de Extremadura |
- |
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Subdelegación del Gobierno en Badajoz. |
- |
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Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. |
9-6-05 |
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Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura. |
3-4-05 |
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Diputación Provincial de Badajoz. |
- |
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Asociación Española de Limnología. |
- |
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Área de Biología animal de la facultad de ciencias de la universidad de Extremadura. |
25-2-05 |
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Ecologistas en acción. |
- |
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Greenpeace. |
- |
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S.E.O. |
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Sociedad de Conservación de Vertebrados. |
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Asociación para la defensa de la naturaleza y los recursos de Extremadura. |
- |
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Ayuntamiento de Badajoz. |
- |
Las contestaciones a las consultas hacen referencia a los siguientes aspectos:
Estudio de Alternativas.
Se deben estudiar alternativas a:
Localización de áreas recreativas, según considera el Área de Biología Animal de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Extremadura.
Colocación de gaviones y escolleras, según indica la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Suelo.-Sustitución del destoconado por el uso de un herbicida sistémico, teniendo en cuenta las precauciones necesarias para que el producto no llegue al agua por su toxicidad para la fauna, según recomienda la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Los movimientos de tierra en el cauce deberán ser mínimos y se limitarán al acondicionamiento de la zona de La Pesquera, a eliminar el tapón de la desembocadura en el Guadiana y a la apertura del cauce original hasta la fábrica de la luz. Estas actuaciones se llevarán a cabo fuera del periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio. Todo ello, según indica la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Vegetación.-Se valora positivamente la eliminación de la vegetación alóctona por parte del Área de Biología Animal de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Extremadura, aunque se aconseja prestar atención a las pérdidas de suelo y al aumento de turbidez del río consecuencia de la misma. La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente señala que el destoconado solamente deberá realizarse sobre los eucaliptos situados fuera de la zona del influencia del cauce, valorándose si algún ejemplar aislado o agrupación, por su porte y por su función protectora y de sombra no debiera cortarse. El tratamiento mecanizado sobre la vegetación accesoria se limitará a las zarzas y se realizará de forma alterna sobre una y otra margen, dejando manchas para el refugio de la fauna, según indica la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Espacios Protegidos.-Presencia del LIC ES4310059 «Río Gévora Bajo» y proximidad de la ZEPA ES000393 «Azud de Badajoz», según informa la Dirección General para la Biodiversidad. Patrimonio Cultural.-Se realizará una prospección intensiva con carácter previo a la ejecución del proyecto, por técnicos especializados en toda la zona de actuación, según indicación de la Consejería de Cultura. b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:
a) Información Pública. Resultado.-El anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la información pública de este proyecto fue publicado en el BOP de Badajoz n.º 170, del 5 de septiembre de 2006 y en BOE n.º 223, del 18 de septiembre de 2006.
Durante el plazo legal se recibió una alegación por parte de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura reiterando la necesidad incluir en el documento definitivo las medidas correctoras para la minimización del impacto arqueológico durante la fase de ejecución del proyecto, al entender que no se recogieron en el estudio de impacto ambiental. b) Modificaciones introducidas por el Promotor en proyecto y estudio tras su consideración.-Con fecha 13 de noviembre de 2006 se recibe un informe del promotor en el que se da respuesta a la alegación presentada por parte de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura, según el cual se asumen las medidas correctoras propuestas en la fase de consultas por esta Consejería, que minimizan las afecciones que se pudieran producir sobre el patrimonio cultural. Estas medidas se refieren a:
Control y seguimiento arqueológico por técnicos especializados de todos los movimientos de tierra durante la ejecución de las obras.
Paralización de la obra y evaluación por parte de los técnicos de la Dirección General de Patrimonio, si durante los trabajos de seguimiento se detectara la presencia de restos arqueológicos; que daría lugar a la excavación completa de los restos localizados.
4. Integración de la evaluación:
a. Calidad y adecuación del estudio de impacto y demás información ambiental del Promotor.-El contenido del estudio de impacto ambiental cumple con lo establecido en la legislación vigente. El estudio incluye un apartado donde se recogen las consultas previas remitidas al promotor, y la contestación de éste a los aspectos ambientales incluidos en las mismas.
b. Análisis ambiental para selección de alternativas.-Tras el análisis de las alternativas se llega a la conclusión de que las soluciones que parecen ambientalmente más adecuadas son: la colocación de dispositivos para restricción del paso de vehículos a motor, las empalizadas para solucionar los problemas erosivos en taludes y la falta de refugio de la fauna acuática, así como los tratamientos selvícolas sobre la vegetación de ribera consistente en la eliminación de todo aquello que pueda suponer la propagación de plagas y enfermedades. De esta manera se recogen las sugerencias realizadas por los organismos consultados. c. Potenciales impactos ambientales.-Los principales impactos derivados de este proyecto son los siguientes:
Agua y Cursos Fluviales.-Contaminación por aumento de turbidez y por vertidos accidentales. Desviación temporal del cauce y alteración de la dinámica fluvial.
Vegetación.-Destrucción directa de la vegetación y degradación de las comunidades vegetales. Fauna.-Pérdida de hábitats, molestias, atropellos, contaminación por sustancias químicas y por aumento de turbidez y efecto barrera. Patrimonio cultural.-Pérdida por destrucción de patrimonio cultural durante la ejecución de las obras.
d. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras.
Impacto |
Medida Correctora |
Contaminación del agua por turbidez. Alteración de la dinámica fluvial. |
Tratamiento de tocones con herbicida sistémico, aplicado con una brocha. Destoconado fuera de la zona de influencia del cauce. Utilización de ataguías. Realización de obras durante estiaje. |
Eliminación de la vegetación. Minimización de riesgo de incendios. |
Jalonamiento. Marcación de árboles singulares y de hábitat de interés. Restauración de terrenos afectados por las obras. Época trabajo: 15 noviembre-15 febrero. |
Molestias ictiofauna. Molestias ornitofauna acuática. Molestias invernada aves. |
Evitar periodo de freza (marzo-agosto). Evitar periodo reproductor (marzo-julio) Evitar periodo octubre-febrero. Desbroce entre agosto y febrero. Jalonamiento del perímetro de actividad. |
Patrimonio. |
Control y seguimiento arqueológico durante las obras. |
Las medidas correctoras propuestas son las que a continuación se detallan: Agua y cursos fluviales.-Una vez realizada la corta de la mayoría de los pies de eucaliptos, se procederá al destoconado de los mismos, siempre que se restituyan morfológicamente los terrenos afectados, dejándolos sin agujeros. Los tocones existentes sobre talud, o en las inmediaciones, no se extraerán sino que se tratarán con un herbicida sistémico tipo glifosato, para evitar el rebrote. Se aplicará con una brocha, dada la proximidad a los cursos de agua. De esta manera, se evitarán los movimientos de tierra en los cinco primeros metros de la orilla, minimizando en la medida de lo posible la afección de la actuación sobre los taludes del cauce, y evitando la disminución de la calidad de las aguas.
Las actuaciones que puedan afectar al cauce se realizarán durante el periodo de estiaje. Vegetación.-Las medidas propuestas para reducir el impacto sobre la vegetación son la minimización del desbroce y temporalización del mismo, teniendo el máximo respeto a la vegetación autóctona, realizándose un marcaje con estacas de los parques de maquinaria, acopios de materiales, etc. Se marcarán los ejemplares vegetales singulares, así como todas aquellas formaciones vegetales que se encuentren incluidas en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE. Los trabajos de apostado, resalveo y podas de ramas bajas del arbolado autóctono se llevarán a cabo en el periodo comprendido entre el 15 de noviembre y el 15 de febrero. Para disminuir la afección sobre las especies vegetales, se utilizarán los caminos existentes, evitando afecciones a zonas de interés. Se tomarán medidas para minimizar el riesgo de incendios y de contaminación. Los restos generados con los tratamientos serán apilados para ser eliminados mediante quema, debiendo realizarse este tratamiento en el periodo comprendido entre el 15 de noviembre y el 15 de febrero. Se restaurarán los terrenos afectados por las obras mediante el extendido de tierra vegetal, hidrosiembras y plantaciones con especies autóctonas de ribera, presentes en la zona de actuación, y mantenimiento de las mismas. Se mantendrán algunos pies de eucaliptos, con el objeto de mantener algo de arbolado hasta que la nueva plantación se desarrolle para asegurar la sujeción de suelo y generar algo de sombra a los pies que se vayan a implantar. Fauna.-Se minimizará la ocupación de hábitat, con el objeto de evitar la alteración de lugares no estrictamente necesarios para las obras. Para ello se procederá al jalonamiento del perímetro de la actividad así como su mantenimiento durante las obras. Las zonas de alta sensibilidad faunística (espacios de Red Natura 2000) se consideran zonas excluidas para la ubicación de instalaciones y elementos auxiliares, así como para la apertura de caminos de obra. El calendario de obras se realizará tratando de minimizar las afecciones sobre la fauna:
A fin de minimizar las afecciones sobre la ictiofauna, todas las actuaciones que puedan afectar a la calidad de las aguas se llevarán a cabo fuera del periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de agosto.
Los desbroces deberán realizarse en el periodo comprendido entre los meses de agosto y febrero, ambos inclusive, para evitar que coincida con la época de cría de las diferentes especies ligadas al medio acuático. Para minimizar las afecciones causadas a la ornitofauna acuática inventariada en la ZEPA «Azud de Badajoz» y que se encuentra próxima a la zona de actuación, se adecuará el calendario de obras, evitándose el periodo reproductor de las especies presentes, que abarca los meses de marzo a julio. Además, dado que también se producen grandes concentraciones de aves durante la época de invernada, se evitará el realizar las obras también en el periodo comprendido entre los meses de octubre a febrero. Patrimonio Cultural.-Se realizará un control y seguimiento arqueológico por técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural. Si durante los trabajos de seguimiento se detectara la presencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto, se procederá a la paralización inmediata de la obra en la zona de afección y, previa visita y evaluación por parte de técnicos pertenecientes a la Dirección General de Patrimonio, se procederá a la excavación completa de los restos que se vean afectados con la ejecución de la obra.
5. Condiciones al proyecto: Medidas preventivas y correctoras.-En las zonas donde se realicen movimientos de tierras se realizará un análisis previo en los meses de abril y mayo por si existieran ejemplares de la orquídea Serapia perez-chiscanoi, en cuyo caso se comunicará a la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.
Se evitará la alteración de la calidad de las aguas debido al movimiento de tierras e intervenciones directas sobre el cauce. Para ello se controlarán los niveles de sólidos suspendidos, con la periodicidad que estime el Director Ambiental de la obra, aguas arriba de la zona de actuación y aguas abajo de la misma, contrastando los resultados e implementando medidas correctoras adicionales si se sobrepasasen los objetivos de calidad para este cauce. Se cuidará con especial interés evitar afecciones innecesarias a la vegetación autóctona presente en la zona para lo que se marcará el perímetro de cada zona de ocupación. Se agruparán el mayor número de instalaciones posibles en las mismas zonas y se evitarán viales de obra reiterativos. 6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.-El estudio de impacto ambiental propone un plan de vigilancia ambiental con el objeto de controlar la correcta ejecución de las medidas previstas en el proyecto de integración ambiental y detectar impactos no previstos en el estudio, pudiéndose establecer las medidas adecuadas para minimizarlos. Se realizará un control e informes de aquellos aspectos ambientales que puedan verse afectados por la ejecución de las obras: contaminación atmosférica, calidad de aguas superficiales, alteraciones en la red de drenaje, impacto sobre fauna y flora, impacto sobre el suelo, caminos y accesos a obras y paisaje. El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA. Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 11 de enero de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Restauración ambiental de zonas degradadas en el curso bajo del río Gévora» concluyendo que siempre y cuando que se autorice en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.
Lo que se hace público y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Guadiana para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
Madrid, 12 de enero de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.
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