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Documento BOE-A-2007-3648

Resolución de 31 de enero de 2007, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, por la que se publica la convocatoria para el año 2007, de la concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2007, páginas 7519 a 7523 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-3648

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) establece como uno de los fines propios del Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas y Urbanismo (CEHOPU), el impulsar, promover, fomentar y realizar actividades de investigación científica y técnica y de innovación tecnológica, para lo cual, define como funciones del Centro, entre otras, las de investigar, estudiar y difundir la evolución de la técnica y la ciencia, las realizaciones y las figuras más relevantes, a lo largo de la historia, realizando exposiciones y publicaciones impresas o en soporte informático o audiovisual, siendo una de las líneas de actuación para el cumplimiento de estos fines la convocatoria anual de ayudas a proyectos de investigación con ellos relacionados. Esta convocatoria se rige por la Orden FOM/1227/2006, de 5 de abril (BOE número 100, de 27/04/2006), en que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de investigación del Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas y Urbanismo y se realizó la convocatoria para el año 2006. En consecuencia, resuelvo:

Abrir convocatoria pública para su concesión y desarrollo en el ejercicio presupuestario 2007, en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las citadas bases reguladoras, teniendo en cuenta las siguientes adaptaciones: Primera. Objeto.-Sin que signifique ninguna limitación a la capacidad de proposición de nuevos temas inscritos en el marco general de la Historia de las obras públicas y el urbanismo, tendrán especial consideración a la hora de su calificación por el criterio de oportunidad e interés del tema, según el baremo del anexo III, las siguientes áreas temáticas: a) Historia de las infraestructuras del agua y su relación con la ordenación del territorio y el paisaje.

b) El estudio de la evolución de las redes de transporte y su relación con los núcleos de población en España.

Segunda. Requisitos de los candidatos.-Los requisitos exigidos a los candidatos individuales o, en su caso, a cada uno de los componentes del equipo, serán los siguientes:

a) Ser persona física con nacionalidad de cualquiera de los países de la Unión Europea.

b) No se podrá disfrutar de ninguna otra ayuda de investigación del Estado español con análogos fines y coincidente con los períodos correspondientes a esta convocatoria. c) En caso de candidatos residentes en España, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como no estar incurso en las restantes prohibiciones para ser beneficiario en los términos previstos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se adjunta modelo de declaración responsable (anexo II). d) Poseer el título de graduado en alguna Facultad Universitaria o Escuela Técnica Superior, pública o privada. e) Reunir méritos profesionales probados.

Tercera. Financiación.-Las subvenciones se concederán, hasta un total de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 17.238.451M.481, «Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro», del programa «Estudios y servicios de asistencia técnica en Obras Públicas y Urbanismo» del presupuesto de gastos del CEDEX y a su equivalente en el ejercicio siguiente, siempre de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Cuarta. Formulación y plazo de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes de subvención habrán de formularse por duplicado, con sujeción al modelo de instancia que se acompaña como anexo I de esta Resolución. Se presentará preferentemente y por razones de mayor agilidad, en el Registro General del CEDEX (sede calle Alfonso XII, 3, 28014 Madrid), en sobre cerrado dirigido a: Concurso de Ayudas a Proyectos de Investigación del Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas y Urbanismo (CEHOPU), Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) o en cualquiera de los lugares previstos en los artículos 38.4 y 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La presentación de solicitudes en delegaciones gubernativas o su envío por vía postal, requerirá la simultánea remisión de telegrama, fax al n.º 91.348.98.16 o e-mail cehopu@cedex.es, advirtiendo del objeto de envío, nombre, domicilio y teléfono del remitente y título del proyecto. 3. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 4. El resto de la documentación que debe acompañar a la solicitud se ajustará a lo indicado en las bases reguladoras de la convocatoria (Orden FOM/1227/2006, de 5 de abril, apartado quinto, Documentación inicial), debiendo incluirse igualmente la declaración responsable cuyo modelo figura como anexo II de esta convocatoria. 5. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor podrá requerir al interesado para que la subsane, en caso de errores o de necesidad de aclaraciones sobre solicitudes completas, en el plazo de diez días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido en su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Quinta. Criterios de valoración de las solicitudes.-Los criterios de valoración de las solicitudes serán los que figuran en el anexo III de esta Resolución.

Sexta. Órgano competente para la instrucción del procedimiento.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento es el Jurado de Selección, en cuya composición se procurará obtener la paridad entre mujeres y hombres, el cual estará presidido por el Director General del CEDEX e integrado por un Vicepresidente, que será el Gerente del CEHOPU y por cuatro Vocales especialistas en las diferentes materias y nombrados por el Presidente. Actuará como Secretario uno de los Vocales, que será un funcionario del CEDEX perteneciente a los grupos A o B. Séptima. Resolución.-El Jurado de Selección, con el fin de garantizar la concurrencia competitiva en la selección, tras examinar los proyectos presentados y aplicar los criterios de valoración que figuran en el anexo III de la presente Resolución, formulará la propuesta de adjudicación. El plazo máximo para dicho fallo será de tres meses a partir de la publicación de la presente convocatoria. Las decisiones, siempre motivadas, se adoptarán por mayoría de los presentes, con voto de calidad del Presidente en caso de empate. La resolución de la adjudicación de estas ayudas será aprobada por el Director General del CEDEX, y una vez revisada y aceptada por el Jurado de Selección la documentación complementaria requerida a los adjudicatarios señalada en las bases reguladoras de la convocatoria (Orden FOM/1227/2006, de 5 de abril, apartado noveno, Documentación justificativa complementaria), será publicada en el Boletín Oficial del Estado. Los adjudicatarios dispondrán para la presentación de la documentación justificativa complementaria, del plazo improrrogable de veinte días naturales contado a partir de la notificación de la adjudicación. Octava. Notificación.-En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 y concordantes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, la resolución de la adjudicación se notificará tanto a los adjudicatarios como a los no seleccionados por correo certificado, con acuse de recibo, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, con la expresión de fecha, identidad y contenido del acto notificado, y restantes requisitos establecidos en el citado artículo. Con independencia de lo anterior, la notificación se realizara también mediante anuncio en el tablón de anuncios del CEDEX y en la página Web www.cedex.es. La documentación correspondiente a los proyectos que no resulten adjudicatarios se mantendrá a disposición de los concursantes para ser retirada, durante los treinta días siguientes al de publicación del fallo. Transcurrido dicho plazo, el Presidente del Jurado de Selección decidirá el destino de dicha documentación. Novena. Aceptación y recursos.

1. La presentación de la solicitud implicará la aceptación por parte de los candidatos de todos los términos de esta convocatoria y de las bases reguladoras, así como de los acuerdos que adopte el Jurado de Selección.

2. La resolución del Director General del CEDEX pondrá fin a la vía administrativa, siendo susceptible de recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Décima. Plazos de elaboración de los proyectos de investigación.

1. Los proyectos deberán realizarse en el plazo máximo de cinco meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de adjudicación.

2. El tiempo de investigación se podrá prorrogar excepcionalmente hasta un mes más, a solicitud del interesado, por causa justificada sobrevenida y aprobada por el Director General del CEDEX, sin devengar abonos complementarios en ningún caso.

Undécima. Forma y fases de abono.-Para el pago de las ayudas concedidas se seguirá lo enunciado en el apartado duodécimo de las bases reguladoras.

Se tendrá en cuenta, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias y se seguirán, en la medida de lo posible, los siguientes criterios:

El primer pago anticipado representará hasta un 60 por ciento de la subvención y se tramitará como consecuencia de la resolución de concesión y la presentación del programa de trabajo. Los pagos siguientes estarán condicionados a las disponibilidades presupuestarias, a la presentación de los correspondientes informes de situación e informe final, y a la valoración positiva de los mismos por el coordinador correspondiente. No se exigirá constitución de garantía.

En el caso de no utilizarse fondos ya percibidos, los beneficiarios procederán de oficio al reintegro de los mismos al CEDEX, remitiendo a la Subdirección General de Programación Técnica y Científica fotocopia del ingreso de los fondos no utilizados.

Duodécima. Justificación.

1. La justificación de la subvención, se realizará mediante cuenta justificativa en el plazo máximo de treinta días posteriores al de finalización del proyecto de investigación.

2. El contenido documental de la cuenta justificativa se ajustará a lo especificado en el anexo que acompañará a la resolución de adjudicación. 3. Estas ayudas se destinarán a financiar operaciones corrientes concretas y específicas y no podrán destinarse a la adquisición de activos fijos o bienes de capital.

Decimotercera. Entrada en vigor.-Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 31 de enero de 2007.-El Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, Ángel Aparicio Mourelo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO II

Modelo de declaración responsable

Ayudas a proyectos de investigación del CEHOPU. Convocatoria año 2007

Don/doña ........................................ con NIF número ...............con domicilio en calle/plaza ....................................... número ......localidad ................................. provincia .................................Código postal ...................... País ...........................

Declaro: A los efectos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones.

En ............................ a ...... de ...................... del año......... Firma

ANEXO III Baremo y motivos de exclusión de las solicitudes

Ayudas a proyectos de investigación del CEHOPU. Convocatoria año 2007

1. Baremo.-Los conceptos y puntuación que servirán para valorar cada una de las solicitudes se regulan por los siguientes criterios:

a) Historial académico y experiencia investigadora: Entre 0 y 4 puntos, valorándose especialmente la experiencia demostrada en el campo objeto del tema de la investigación propuesta.

b) Memoria del Proyecto:

b.1 Propuesta metodológica para la investigación: Entre 0 y 5 puntos.

b.2 Fuentes bibliográficas y documentales conocidas y aportadas: Entre 0 y 2 puntos. b.3 Interés y oportunidad del tema para los fines propios del CEDEX: Entre 0 y 5 puntos. b.4 Justificación de la cuantía solicitada teniendo en cuenta la programación de los trabajos y los medios puestos a disposición: Entre 0 y 4 puntos. b.5 Participación de mujeres en el proyecto de investigación: Entre 0 y 2 puntos.

2. Motivos de exclusión.-En relación con las solicitudes que se presenten en plazo y forma, serán motivo de exclusión automática: El incumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados tercero, cuarto y quinto de la Orden de Bases (BOE del 27 de abril de 2006), o recibir puntuación 0 (cero) en el concepto relativo a «interés y oportunidad del tema» objeto del respectivo proyecto de investigación.

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