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Documento BOE-A-2007-4046

Resolución de 31 de enero de 2007, de la Secretaría General de Energía, por la que se certifica un captador solar plano, marca Energía Sin Fin, modelo C1 Titanio, fabricado por Energía Sin Fin.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2007, páginas 8177 a 8177 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-4046

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría General de Energía la solicitud presentada por Energía Sin Fin, S.L. con domicilio social en C/ Dulzainero Parra, 10, 03610 Petrer (Alicante), para la certificación de un captador solar plano, fabricado por Energía Sin Fin, S.L., en su instalación industrial ubicada en Alicante. Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio de captadores solares del Centro Nacional de Energías Renovables (CENER), con clave n.º 30.0199.0, y la entidad colaboradora ATISAE, por certificado de clave n.º IA-07/1617/V, han hecho constar respectivamente que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1.980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares. Esta Secretaría General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-0707, y con fecha de caducidad el día 31 de enero de 2010, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 31 de enero de 2010. Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: Energía Sin Fin.

Modelo: C1 Titanio. Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Titanio. Superficie de apertura: 1,99 m2.

Superficie de absorbente: 2,00 m2.

Madrid, 31 de enero de 2007.-El Secretario General de Energía, Ignasi Nieto Magaldi.

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