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Documento BOE-A-2007-4160

Resolución de 16 de febrero de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el acuerdo de modificación y prórroga de la encomienda de gestión entre el Instituto Nacional de Meteorología e Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España S. A., relativa a la realización de actividades en materia de adaptación del Instituto Nacional de Meteorología a la regulación comunitaria relativa al Cielo Único Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2007, páginas 8491 a 8492 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2007-4160

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Instituto Nacional de Meteorología y el Consejero Delegado de Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S. A. (Isdefe), han suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2006, un Acuerdo de modificación y prorroga del Acuerdo de encomienda de gestión que suscribieron con fecha el 15 de febrero de 2006, relativo a la realización de actividades en materia de adaptación del Instituto Nacional de Meteorología a la regulación comunitaria relativa al cielo único europeo.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 16 de febrero de 2007.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEXO Acuerdo de modificación y prórroga de la encomienda de gestión entre la Administración General del Estado -Ministerio de Medio Ambiente- e Ingeniería de Sistemas para la defensa de España, S.A., relativa a la realización de actividades en materia de adaptación del Instituto Nacional de Meteorología a la regulación comunitaria relativa al Cielo Único Europeo

En Madrid, a 29 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

El Sr. D. Francisco Cadarso González, Director General del Instituto Nacional de Meteorología (en adelante INM), nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 2109/2004, de 22 de octubre (BOE n.º 256, de 23 de octubre), órgano directivo competente de las funciones que se encomiendan en este Acuerdo de modificación y prórroga, conforme el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente (BOE n.º 148, de 19 de junio).

El Sr. D. Miguel Ángel Panduro Panadero, Consejero Delegado de Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España S.A. (en adelante Isdefe), actuando en nombre y representación de dicha Sociedad, con domicilio social en Madrid, calle Edison n.º 4, cuyo capital pertenece totalmente a la Administración Pública (Ministerio de Defensa), y que fue creada por Acuerdo del Consejo de Ministros del 18 de septiembre de 1985.

EXPONEN

Primero.-El 15 de febrero de 2006, el INM e Isdefe suscribieron un Acuerdo de Encomienda de Gestión, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que Isdefe pudiera realizar -por razones de eficacia y por carecer el INM de los medios técnicos idóneos para su desempeño-las actividades de carácter técnico orientadas a la adaptación y el cumplimiento continuo por parte del INM de la regulación comunitaria relativa al Cielo Único Europeo. En cumplimiento del Artículo 15.3 de la citada Ley 30/1992, el Acuerdo de Encomienda de Gestión y su resolución se publicaron en el Boletín Oficial del Estado el 14 de abril de 2006.

Segundo.-La mencionada adaptación y el cumplimiento continuo por parte del INM de la regulación comunitaria relativa al Cielo Único Europeo no finaliza con la obtención del Certificado que emitirá la Autoridad Nacional de Supervisión Meteorológica (la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático), sino que es necesario continuar con dicha adaptación y cumplimiento continuo a lo largo del año 2007. De hecho, el Reglamento (CE) N.º 2096/2005 de la Comisión, por el que se establecen requisitos comunes para la prestación de servicios de navegación aérea, obliga al INM a -entre otras cosas- establecer, a más tardar dos años tras su entrada en vigor [que se produjo en diciembre de 2005], un sistema de gestión de la calidad que cubra todos los servicios de navegación aérea prestados; así mismo, dicho Reglamento dispone que el INM, a más tardar un año tras la certificación [prevista para diciembre de 2006], implante planes de contingencia. Por ello, entre otras actividades enumeradas en el Anexo Técnico del Acuerdo de Encomienda de Gestión referido en el Exponendo Primero, a lo largo de 2007 hay que continuar con el desarrollo de las siguientes tareas y actividades: Tarea 1 (Requisitos para la Obtención de la Certificación exigida por el Cielo Único Europeo) siendo los trabajos a realizar, entre otros, el Plan Anual correspondiente al año 2008 así como la revisión -en su caso-del Plan Empresarial, los Planes de Contingencia para todos los servicios prestados en caso de sucesos que supongan un deterioro significativo o una interrupción de dichos servicios, y la continuación del desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad y su implantación; y, Tarea 2 (Requisitos Generales Exigidos por el Cielo Único Europeo) siendo los trabajos a realizar, entre otros, la preparación -en su caso- de la documentación requerida para la demostración a la Autoridad Nacional de Supervisión del cumplimiento por parte del INM de los requisitos comunes, así como el apoyo al estudio y análisis de la posible adaptación del INM a los requisitos económico-financieros del citado Reglamento. Tercero.-En el Punto Quinto del citado Acuerdo de Encomienda de Gestión se establece que la vigencia de dicho Acuerdo finaliza el 31 de diciembre de 2006, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes.

Por todo ello, ambas partes

ACUERDAN

Primero. Objeto.-Mediante el presente documento, el INM e Isdefe convienen en modificar y prorrogar el Acuerdo de Encomienda de Gestión referido en el Exponendo Primero, estableciendo la vigencia de la presente prórroga desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2007, con lo que esta prórroga tiene carácter anual.

Segundo. Presupuesto.-Correrán a cargo de la partida presupuestaria del Ministerio de Medio Ambiente 23.03.495B.640 de los Presupuestos Generales del Estado del año 2007, los gastos originados por las actividades objeto de esta prórroga, cuya cuantía asciende a un máximo de seiscientos noventa y cinco mil (695.000) euros, IVA incluido, con el desglose presupuestario indicado en el Anexo. Tercero. Naturaleza.-El presente Acuerdo de modificación y prórroga de encomienda de gestión es de carácter administrativo, de acuerdo con el Artículo 15 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con el Artículo 3.1 apartado l) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por lo que queda fuera del ámbito de aplicación de dicha Ley, sin perjuicio de la aplicación de sus principios y criterios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Cuarto. Publicación.-Este Acuerdo de Modificación y Prórroga se publicará íntegramente en el Boletín Oficial del Estado.

Y, en prueba de conformidad, se firma el presente Acuerdo de modificación y prórroga de encomienda de gestión entre el INM e Isdefe, relativo a la realización de actividades en materia de adaptación del INM a la regulación comunitaria relativa al Cielo Único Europeo.

ANEXO Presupuesto

Se describe a continuación el desglose por tareas del Presupuesto en términos de costes de personal de Isdefe según tarifa oficial de acuerdo con la normativa interna de la Sociedad estatal y gastos a justificar (dietas-cantidad fija diaria, gastos de transporte y desplazamientos derivados de viajes, otros). La dotación total presupuestaria se establece en la cantidad de seiscientos noventa y cinco mil (695.000) euros.

Tarea 1. Requisitos para la obtención de la certificación exigida por el cielo único europeo

Concepto de coste/gasto

Descripción

Importe

-

(Euros)

Personal.

4,70 personas-año:

Un Jefe de Proyecto, 330 horas.

Dos Expertos, 1.640 horas.

Dos Ingenieros Principales, 2.460 horas.

Dos Ingenieros Senior, 3.280 horas.

532.145,70

Viajes.

Nacional/internacional.

2.130,93

Otros.

Otros gastos a justificar.

0,00

Subtotal costes de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

532.145,70

Subtotal gastos a justificar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.130,93

Presupuesto Tarea 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

534.276,63

Tarea 2. Requisitos generales exigidos por el cielo único europeo

Concepto de coste/gasto

Descripción

Importe

-

(Euros)

Personal.

0,70 personas-año:

Un Jefe de Proyecto, 330 horas.

Un Ingeniero Junior, 820 horas.

62.761,30

Viajes.

Nacional/internacional.

2.100,00

Otros.

Otros gastos a justificar.

0,00

Subtotal costes de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

62.761,30

Subtotal gastos a justificar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.100,00

Presupuesto Tarea 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

64.861,30

Total presupuesto año 2007 (en euros)

Presupuesto Tarea 1

534.276,63

Presupuesto Tarea 2

64.861,30

Subtotal

599.137,93

IVA (16% sobre subtotal)

95.862,07

Total presupuesto 2007

695.000,00

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