Suscrita Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Programa Pyme Digital, en el marco del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 5 de febrero de 2007.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.
ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PYME DIGITAL, EN EL MARCO DEL PLAN AVANZA
En Madrid, a 22 de diciembre de 2006.
REUNIDOS
De una parte, el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.
De otra, don Benito Javier Mercader León, en su calidad de Consejero de Industria y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la representación que ostenta y especialmente facultado para este acto en virtud de autorización por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 15 de diciembre de 2006. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 28 de septiembre de 2006 se ha firmado, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo del Plan Avanza cuyo objetivo es realizar actividades para la implantación de la Sociedad de la Información.
II. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005. III. Que el Programa PYME digital, enmarcado en el área de Competitividad e Innovación del Plan Avanza, se orienta a aumentar la implantación del negocio electrónico, incluyendo en particular la implantación de la factura electrónica. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:
Implantar en las PYMEs soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado.
Fomentar la disponibilidad de nuevas soluciones de negocio electrónico, incluida la factura electrónica. Facilitar la participación efectiva de las PYMEs en los mercados electrónicos. Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMEs con las AA.PP. Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales.
IV. El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su sesión de 15 de julio de 2005, aprobó el Plan para el desarrollo de la Sociedad de la Información 2005-2007, que tiene como objetivo «contribuir de manera efectiva a que la Región de Murcia consiga alcanzar los objetivos planteados por la Unión Europea para el año 2010 de constituirse en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo». Entre los objetivos que se establecen en el Plan, se recoge el de Fomentar el uso de las TIC en las empresas como elemento estratégico de desarrollo, de creación de valor y de competitividad.
V. La Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 9/2005 de 7 de mayo de reorganización parcial de la Administración Regional, tiene entre sus fines el fomento y desarrollo de actuaciones orientadas a la incorporación de la Región a la Sociedad de la Información. VI. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de adendas anuales para la ejecución de su objeto.
En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta adenda que se rige por los siguientes acuerdos.
ACUERDOS
Primero. Objeto.-El objeto de esta adenda es determinar las condiciones de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Programa PYME digital, en el marco del Plan Avanza, que se concretan en el desarrollo de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.
Segundo. Ejecución, gestión, seguimiento y control.-La ejecución, gestión, seguimiento y control del desarrollo del objeto de esta adenda se ajustaran a la regulación establecida en el convenio marco de colaboración, en particular:
Las actividades de difusión y divulgación del Programa PYME digital entre las PYMES de la Comunidad Autónoma se llevarán a cabo por la propia Comunidad, que podrá contar para ello con la participación de responsables del MITYC.
Las bases reguladoras para el otorgamiento de ayudas por parte de la Comunidad Autónoma deberán atenerse a lo establecido en este documento. La Comunidad Autónoma podrán optar por dictar una norma específica para la concesión de estas ayudas o utilizar un esquema preexistente. La Comunidad Autónoma tramitará, evaluará y resolverá las solicitudes de subvenciones que se le dirijan. El control y seguimiento del Programa PYME digital se llevará a cabo por la Comisión bilateral prevista en el correspondiente Convenio marco de colaboración del Plan Avanza. En este órgano colegiado, la Comunidad Autónoma informará al MITYC, dentro del primer semestre del año 2007, de las ayudas concedidas, para lo cual entregará una relación de los beneficiarios, actuaciones e importe de las ayudas. El MITYC, a la vista de la información anterior, verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento. En todas las medidas de promoción y difusión del Programa PYME digital y de las actuaciones y proyectos subvencionados se hará mención de la cofinanciación del MITYC, debiendo figurar el logotipo del Ministerio. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos subvencionados cuentan con financiación del MITYC.
Tercero. Financiación.-La financiación de las actuaciones para los años 2006 y 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:
2006 y 2007 |
|
Financiadores |
Aportaciones económicas - Euros |
MITYC (2006) |
350.315 |
CARM (2007) |
286.621 |
Total Administraciones Públicas |
636.936 |
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 350.315 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. La CARM con objeto de atender a las actuaciones derivadas de la presente adenda, cuyo crédito disponible y aplicaciones presupuestarias para el ejercicio 2007 serán con cargo a los créditos que incluya la partida presupuestaria 16.02.00.521A.777.20, proyecto de inversión número 37169, de la futura Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2007, por importe de 286.621 € y cuya aplicación efectiva, para su destino al objeto de esta adenda, queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la mencionada futura ley y una vez que entre en vigor. Cuarto. Duración.-Esta adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de octubre de 2007. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Avanza. Quinto. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Sexto. Causas de resolución y efectos.-La presente adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.
Y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-El Consejero de Industria y Medio Ambiente, Benito Javier Mercader León.
ANEXO Programa PYME digital
Descripción de las actuaciones
Actuación 1. CeCARM
1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Financiar proyectos de servicios de sociedad de la información y de comercio electrónico para aumentar la implantación del negocio electrónico, con el objetivo de mejorar la competitividad y posicionamiento en el mercado de las empresas de la Región de Murcia.
2. Medición con indicadores al final del desarrollo.
Número de empresas de la Región que utilizan comercio electrónico.
Inversión privada inducida. Puestos de trabajo creado.
Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.
3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.
Año 2006 |
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Euros |
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MITYC |
350.315 |
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Total |
350.315 |
Año 2007 |
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Euros |
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CARM |
286.621 |
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Total |
286.621 |
4. Justificación de las inversiones y su plazo.
Año 2007 |
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Euros |
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CARM |
636.936 |
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Total |
636.936 |
5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM.
6. Periodo de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.
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