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Documento BOE-A-2007-5118

Resolución de 28 de febrero de 2007, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal a ejercer la actividad de comercialización de gas natural así como la inscripción en la sección segunda del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de Combustibles Gaseosos por Canalización.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2007, páginas 10403 a 10403 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-5118

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito presentado por la empresa Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal, de fecha 30 de noviembre de 2006, por el que solicita la autorización para ejercer la actividad de comercialización de gas natural así como la inscripción en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de Combustibles Gaseosos por Canalización. Vista la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. Visto el Plan de Negocio aportado por la empresa en la documentación que acompaña a su solicitud. Considerando que la documentación presentada por Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal justifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 14 y 16 del citado Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Primero.-Autorizar a la empresa Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal, para comercializar gas natural en todo el territorio nacional hasta una cantidad máxima de suministro anual de 1 bcm. Dicha cantidad podrá ser ampliada por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.

Segundo.-Inscribir a la empresa Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados del Ministerio de Economía, con el número de identificación S2-030. Tercero.-Con independencia del cumplimiento de sus obligaciones como empresa comercializadora de gas natural y de la obligación de remisión de información establecida en la legislación vigente en cada momento, Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal estará obligada a la remisión de la información a que se refieren los artículos 17 y 130.1 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. Cuarto.-El incumplimiento de las condiciones exigidas para la realización de la actividad de comercialización de gas natural así como en el caso de que en el plazo de dos años contados desde la fecha de publicación de la presente autorización, la empresa Sonatrach Gas Comercializadora, S. A., Sociedad unipersonal no hubiera hecho uso efectivo y real de la misma ejerciendo la actividad de comercialización y por tanto no hubiera realizado ventas de gas natural o si tal uso hubiera sido suspendido durante un plazo ininterrumpido de dos años, supondrá la revocación o caducidad, en su caso, de la autorización, previa instrucción del correspondiente procedimiento tal como establece el artículo 18 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el Secretario General de Energía, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 28 de febrero de 2006.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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