Visto el expediente de indulto de doña Concepción Cid Aguado, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Sevilla, en sentencia de 13 de enero de 2004, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 3,01 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2007,
Vengo en conmutar a doña Concepción Cid Aguado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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