El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de febrero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 793-2007, planteada por el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Albacete, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos 1.1, 9, 10.1, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución.
Madrid, 27 de febrero de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
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