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Documento BOE-A-2007-5567

Orden CUL/611/2007, de 21 de febrero, por la que se otorga la garantía del Estado a setenta y cuatro obras que se exhiben en el Museo Sefardí de Toledo, cedidas en depósito por «Israel Antiquities Authority».

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2007, páginas 11179 a 11180 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2007-5567

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud del Museo Sefardí de Toledo. De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, así como la disposición adicional vigésima séptima de la Ley 42/2006, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, del Servicio Jurídico y de la Oficina Presupuestaria del Departamento y De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, dispongo:

Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.-Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en el Anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.

Segundo. Efectos.-1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el Anexo de esta orden, de acuerdo con los valores y las condiciones expresadas en la documentación que figura en el expediente. 2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado. Tercero. Cobertura de la Garantía del Estado.-1. La Garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a los bienes culturales que figuran en el Anexo de esta Orden Ministerial, a los efectos de su exhibición en el Museo Sefardí de Toledo. 2. El valor económico total de las obras cubiertas por la Garantía del Estado asciende a 21.610,31 euros. A los efectos de esta orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado. 3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, deberán ser aseguradas por la Institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras. Cuarto. Período de cobertura.-La Garantía del Estado surtirá efecto desde el día de hoy hasta su renovación en 2008 o, si la devolución de las obras se produce antes de la renovación, hasta la entrega de los citados bienes culturales a la institución cedente, en los términos descritos en el apartado siguiente. Quinto. Devolución de las obras.-Las obras serán entregadas a los cedentes en los lugares por ellos designados, firmándose en ese momento el acta de devolución, en la que deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentran las mismas. Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.-Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta orden, la institución solicitante de la garantía deberá:

1.º Enviar a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura certificado extendido por su Director acreditando el término de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, a la mayor brevedad posible a partir de la devolución de las obras.

2.º Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y conservación de las obras así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta orden.

Séptimo. Incorporación del Anexo.-Se incorpora a esta orden, formando parte de la misma, el Anexo que se cita en el apartado segundo.

Octavo. Remisión telemática de la garantía del Estado.-La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura dará inmediata cuenta, por vía telemática, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Economía y Hacienda.

Madrid, 21 de febrero de 2007.-La Ministra de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), el Subsecretario de Cultura, Antonio Hidalgo López.

ANEXO

N.º

Objeto

N.º inventario Sefardí

N.º inventario IAA

Descripción

1

Cazuela

338

6343

Cerámica

Bronce Intermedio I.

2

Cazuela

085/339

6350

Cerámica

Bronce Intermedio I.

3

Cazuela

086/340

63403

Cerámica

Bronce Intermedio I.

4

Hacha de dos ojos

087/341

681499

Bronce

Bronce Intermedio II.

5

Broche

088/342

71342

Bronce

Bronce Intermedio II.

6

Broche

089/343

681502

Bronce

Bronce Intermedio.

7

Jarro

090/344

915166

Cerámica

Bronce Intermedio II.

8

Hacha

091/345

492067

Bronce

Bronce Intermedio II.

9

Broche

092/346

492072

Bronce

Bronce Intermedio II.

10

Jarro

093/347

492026

Cerámica

Bronce Intermedio II.

11

Figurita

094/348

52707

Terracota

Bronce Tardío.

12

Figurita

095/349

91307

Bronce

Bronce Tardío.

13

Escarabajo

096/350

55547

Esteatita

Bronce Tardío.

14

Escarabajo

097/351

55548

Esteatita

Bronce Tardío.

15

Vasija «Bilbil»

098/352

74299

Cerámica

Bronce Tardío.

16

Figurita

099/353

892616

Bronce

Bronce Tardío.

17

Jarro

100/354

901370

Cerámica

Bronce Tardío II.

18

Jarro

101/355

901371

Cerámica

Bronce Tardío II.

19

Perfumador

102/356

56398

Cerámica

Hierro II.

20

Perfumador

103/357

56416

Cerámica

Hierro II.

21

Brazalete

104/358

7235

Bronce

Hierro I -II.

22

Brazalete

105/359

7236

Bronce

Hierro I -II.

23

Brazalete

106/360

7237

Bronce

Hierro I -II.

24

Brazalete

107/361

7238

Bronce

Hierro I -II.

25

Jarro

108/362

891986

Cerámica

Hierro II.

26

Amuleto

109/363

67637

Hueso

Hierro II.

27

Ostracón

110/364

671884

Cerámica

Hierro II.

28

Cabeza

111/365

322730

Cerámica

Hierro II.

29

Lámpara

112/366

491354

Cerámica

Hierro I.

30

Olla

113/367

491726

Cerámica

Hierro II.

31

Figurita

114/368

52901

Terracota

Hierro II.

32

Jarro

115/369

5639

Cerámica

Hierro II.

33

Jarro

116/370

56486

Cerámica

Hierro II.

34

Jarro

117/371

5863

Cerámica

Hierro II.

35

Asa estampillada

118/372

641750

Cerámica

Hierro II.

36

Pesa

119/373

9173266

Piedra

Hierro.

37

Fíbula

120/374

58262

Bronce

Hierro.

38

Lámpara

121/375

491464

Cerámica

Hierro.

39

Vaso

122/376

671918.ª

Terracota

Hierro I -II.

40

Asa estampillada

123/377

6231

Cerámica

Hierro II.

41

Lámpara

124/378

48843

Cerámica

Helenística.

42

Aríbalos

125/379

481381

Cerámica

Persia.

43

Frasco

126/380

491694

Cerámica

Persa Intermedio.

44

Botella-ungüentario

127/381

491817

Cerámica

Helenística.

45

Ungüentario

128/382

491819

Cerámica

Helenística.

46

Asa estampillada

129/383

54378

Cerámica

Helenística.

47

Escudilla

130/384

5587

Cerámica

Helenística.

48

Plato

131/385

698

Cerámica

Persa.

49

Botella-ungüentario

131/385

736

Cerámica

Helenística.

50

Lámpara

133/387

8212

Cerámica

Helenística.

51

Asa estampillada

134/388

88176

Cerámica

Persa.

52

Lámpara dos ojos

135/389

90308

Cerámica

Helenística Medio II.

53

Brazalete

136/390

90634

Bronce

Persa.

54

Brazalete

137/391

90635

Bronce

Persa.

55

Lámpara

138/392

481334

Cerámica

Romana.

56

Lámpara

139/393

491581

Cerámica

Romana.

57

Frasco

140/394

491684

Cerámica

Romana.

58

Vasija «Arríbalos»

141/395

5976

Cerámica

Romana.

59

Botella-ungüentario

142/396

672181

Cerámica

Helenística-romana.

60

Vaso de medición

143/397

688

Cerámica

Romana.

61

Teja estampillada

144/398

73808

Cerámica

Romana Hierro II.

62

Lámpara

145/399

7510

Cerámica

Romana.

63

Olla

146/400

7636

Cerámica

Romana Tardío.

64

Cazuela

147/401

7675

Cerámica

Romana.

65

Lámpara

148/402

76569

Cerámica

Romana.

66

Osario

149/403

71441A

Piedra

Romano (s. I a.C-I d.C).

67

Moneda

150/404

83

Bronce

Año 41 revuelta (70dC).

68

Moneda

151/405

267

Bronce

Herodiana (40-37 a. C).

69

Moneda

152/406

798

Bronce

Tiberio.

70

Moneda

153/407

991

Plata

Año 21 Revuelta (134 d. C).

71

Moneda

154/408

1524

Bronce

Alejandro Janeo (76-103 d.C).

72

Moneda

155/409

1528

Bronce

J. Hircanus (63-40 a. C.).

73

Botella

156/410

69767

Cerámica

Romana.

74

Frasco

157/411

511176

Cerámica

Romana.

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