Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Macias Muñoz, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado Penal número 1 de Vilanova i la Geltrú, en sentencia de 17 de junio de 2004, como autor de un delito de robo con violencia o intimidación, a la pena de dos años de prisión, con las accesorias de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de marzo de 2007,
Vengo en conmutar a don Miguel Ángel Macias Muñoz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de dos años de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de marzo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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