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Documento BOE-A-2007-5814

Resolución de 5 de marzo de 2007, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se anota el cambio de domicilio social y se autoriza definitivamente a Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal a ejercer la actividad de comercialización, y se procede a su inscripción definitiva en la sección 2.ª del registro administrativo de distribuidores, comercializadores y consumidores cualificados.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2007, páginas 11813 a 11813 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-5814

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito de fecha 9 de febrero de 2007 presentado por Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad unipersonal mediante el que se solicita el cambio de domicilio social en su autorización e inscripción provisional en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, pasando de c/ Ribera del Loira n.º 46, Edif. 2. Campo de las Naciones, Madrid a c/ Ribera del Loira n.º 6, Campo de las Naciones, Madrid. Vistos los escritos presentados por Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal de fechas 14 y 22 de febrero de 2007, por los que solicita la autorización para ejercer la actividad de comercialización así como la inscripción definitiva en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, en la sección correspondiente. Vista la escritura pública debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el 27 de diciembre de 2006, Tomo 21.312, Folio 44, donde indica que la sociedad Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal traslada el domicilio social y modifica el artículo estatutario de la calle Ribera del Loira n.º 46, Campo de las Naciones, 28046 Madrid, a la calle Ribera del Loira n.º 6, Campo de las Naciones, 28042 Madrid Vistos los artículos 44.2 y 45.4 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Considerando lo dispuesto en los artículos 72 y 73 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Sección Segunda, del Capítulo III, del Título VIII, de dicho Real Decreto. Teniendo en cuenta el Capítulo III del Título VIII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Considerando que Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal estaba de forma provisional autorizada para ejercer la actividad de comercialización e inscrita provisionalmente en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores cualificados, según consta en las Resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas de fechas 30 de octubre de 2006 y 7 de febrero de 2007. Resultando que la Disposición Transitoria Novena del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que «Las empresas comercializadoras que de forma provisional hayan sido autorizadas e inscritas en el Registro de empresas comercializadoras del Ministerio de Economía dispondrán de un plazo de tres meses para presentar la solicitud de autorización de su actividad y de inscripción definitiva en el Registro». Considerando que Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal ha presentado como documentos acreditativos de su pretensión el certificado acreditativo del cumplimiento de los requisitos establecidos en los Procedimientos de Operación Técnica y de la prestación de las garantías exigibles emitido por el Operador del Sistema y el certificado de haber suscrito el contrato de adhesión a las Reglas de Funcionamiento del Mercado de Producción de Energía Eléctrica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 190 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. La Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

1.º Anotar el cambio de domicilio social de la empresa Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, en la Sección 2.ª (Comercializadores) pasando a ser c/ Ribera del Loira n.º 6, Campo de las Naciones, 28042 Madrid,

2.º Proceder a la autorización definitiva de la empresa Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal con domicilio social en Madrid, c/ Ribera del Loira n.º 6, Campo de las Naciones, para el desarrollo de la actividad de comercialización, así como a la inscripción definitiva en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, con el número de identificación R2-262.

A partir de la recepción de la presente Resolución Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal estará obligada a la remisión de la información a que se refiere el artículo 192 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, procediéndose en caso contrario a la baja en la inscripción efectuada.

Si en el plazo de un año contado desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Resolución, Céntrica Energías Especiales, S.L. Sociedad Unipersonal no hubiera hecho uso efectivo y real de la autorización para comercializar energía eléctrica, o si dicho uso se suspendiera durante un plazo ininterrumpido de un año, se declarará la caducidad de la autorización, previa instrucción del correspondiente procedimiento, tal y como dispone el artículo 74 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 5 de marzo de 2007.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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