Visto el expediente de indulto de doña María Isabel Cervantes García, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el articulo 4.3, del Código Penal, por el Juzgado de Instrucción número 1 de La Seu d'Urgell, que, en sentencia de 17 de noviembre de 2005 la condenó, como autora de un delito de quebrantamiento condena, a la pena de cuatro meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de diciembre de 2006,
Vengo en conmutar a doña María Isabel Cervantes García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de cuatro meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de diciembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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