Visto el expediente de indulto de don José Fernández Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Valencia, en sentencia de 3 de mayo de 2003, como autor de un delito de robo con intimidación y uso de instrumento peligroso, a la pena de tres años y seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de diciembre de 2006,
Vengo en conmutar a don José Fernández Fernández la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de diciembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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