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Documento BOE-A-2007-6005

Orden ECI/667/2007, de 5 de marzo, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en Institutos de Enseñanza Secundaria y Centros de Formación Profesional de la República Federal de Alemania, para el curso 2007-2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2007, páginas 12298 a 12303 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-6005

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de la creciente importancia que, dentro de los sistemas educativos, tiene el conocimiento de lenguas, las administraciones escolares de países como España y la República Federal de Alemania prestan cada vez mayor atención y recursos a la educación bilingüe y a la enseñanza de las lenguas extranjeras. Resultado de esas circunstancias son los acuerdos firmados entre ambos países con el fin de estrechar los ya importantes vínculos en el ámbito educativo existente entre ellos. De los programas previstos en los acuerdos de referencia, tiene especial interés, tanto para la República Federal de Alemania como para España, el programa de Profesores Visitantes, en virtud del cual licenciados españoles en filología se incorporan temporalmente a centros alemanes de enseñanza, en condiciones similares a las de los profesores contratados de ese país. Mediante este programa, los licenciados españoles en filología pueden concursar a los puestos docentes que son objeto de esta convocatoria, abriéndoseles así una vía de enriquecimiento profesional y personal que habrá de redundar en la mejora de la calidad de la enseñanza de los centros a los que en el futuro se reincorporen en España, al tiempo que habrá de tener un efecto altamente positivo en la enseñanza de la lengua española que se imparte a los alumnos alemanes. Por todo ello, el Ministerio de Educación y Ciencia ha dispuesto aprobar las siguientes bases reguladoras del procedimiento de selección de Profesores Visitantes en la República Federal de Alemania.

1. Plazas.

1.1 Las plazas que se ofrecen en la República Federal de Alemania, están situadas en Institutos de Enseñanza Secundaria y Centros de Formación Profesional.

1.2 Los Estados que participan en la presente convocatoria y el número de plazas que se ofrecen son:

a) Estado de Baden-Württemberg: hasta 20 plazas.

b) Estado de Baviera: hasta 25 plazas. c) Estado de Renania del Norte-Westfalia: hasta 5 plazas.

1.3 El número de plazas y Estados participantes previstos en esta convocatoria es orientativo, pudiendo sufrir variaciones en función de los resultados de la planificación que del curso escolar 2007-2008 realicen las autoridades educativas de los respectivos estados de la República Federal de Alemania. 2. Requisitos de los candidatos.-Para poder concurrir a la presente convocatoria, los candidatos deben reunir, dentro del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos generales:

2.1 Nacionalidad española.

2.2 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia. 2.3 Estar en posesión del título de licenciado en cualquier filología. En el caso de títulos extranjeros, será imprescindible adjuntar la homologación correspondiente efectuada por el Ministerio de Educación y Ciencia. 2.4 Conocimientos de alemán al menos del nivel correspondiente al nivel umbral (B1) que establece el Marco Europeo de Referencia. 2.5 Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, considerándose preferentes los candidatos que hayan obtenido este certificado en los últimos 4 años.

3. Méritos de los candidatos.-Tendrán prioridad, los candidatos, que reuniendo los requisitos señalados en el apartado anterior, acrediten:

3.1 Estar en posesión de otros títulos universitarios distintos del alegado para concurrir a esta convocatoria.

3.2 Experiencia docente. 3.3 Cursos relacionados con la didáctica y metodología de las lenguas. 3.4 Estudios, becas y otros servicios docentes prestados en el extranjero.

4. Solicitudes.-Los candidatos formularán sus solicitudes según modelo recogido en el Anexo I, estableciendo el orden de prioridad de las opciones que solicita.

Los candidatos deberán presentar una relación numerada, fechada y firmada de la documentación presentada, de acuerdo con el modelo del anexo III. 5. Documentación acreditativa de requisitos.-Los candidatos deberán acompañar a su solicitud la siguiente documentación:

5.1 Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

5.2 Fotocopia compulsada del Título que le permite concurrir a esta convocatoria o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. 5.3 Fotocopias compulsadas de los certificados del nivel del conocimiento del alemán o, en su defecto, declaración jurada o promesa de poseer dichos conocimientos con aclaración de la forma en que se obtuvieron. 5.4 Fotocopia compulsada del Certificado de Aptitud Pedagógica.

6. Documentación acreditativa de méritos

6.1 Fotocopia compulsada de títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir.

6.2 Certificación de servicios expedida por la autoridad competente, según modelo que figura como anexo II, si el candidato es maestro o profesor destinado en un centro docente público. 6.3 Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes privados expedidos por los directores de los centros escolares correspondientes, con especificación de las fechas de alta y baja, tipo de dedicación, asignatura impartida y nivel. 6.4 Fotocopias compulsadas acreditativas de los cursos, becas, estudios y demás servicios a los que se refieren los puntos 3.3 y 3.4 de esta convocatoria. 6.5. Currículo vitae, en una sola página, no manuscrita, con especificación de la titulación académica y la experiencia profesional, acompañado de su traducción al alemán y de una fotografía tamaño carné.

7. Forma y plazo de presentación.

7.1 Las solicitudes, dirigidas al Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Ciencia del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 13 de enero, de Régimen General de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro del plazo.

7.2 El plazo para la presentación de la documentación requerida será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.

8. Admisión de candidatos.-Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y una vez revisada la documentación, se hará pública en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y Ciencia y en las direcciones de Internet: http://www.mec.es y http://www.mec.es/educa/internacional la relación provisional de candidatos excluidos del proceso y las causas que lo motivan, así como la relación provisional de candidatos preseleccionados, con indicación de las fechas y lugar de las pruebas de selección previstas.

La preselección de candidatos se realizará teniendo en cuenta su perfil académico y profesional, así como sus méritos y las necesidades de los estados participantes. En el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de las relaciones de candidatos citadas, los solicitantes excluidos podrán presentar cualquier reclamación al respecto o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. Las reclamaciones se dirigirán a la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y Ciencia, Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid. 9. Selección y realización de las pruebas.

9.1 La selección definitiva corresponde a las Comisiones de selección alemanas.

9.2 Las Comisiones valorarán el perfil profesional, académico y personal del candidato en función de su adecuación a las características del puesto de trabajo. 9.3 El proceso de selección constará, junto a la adecuada valoración de los méritos alegados por el candidato, de una entrevista personal ante las Comisiones de selección. Si las Comisiones lo estiman conveniente, podrán efectuar, además, pruebas escritas dirigidas a valorar el dominio de la lengua alemana. 9.4 Todas las pruebas se celebrarán en Madrid. El lugar y fecha de su celebración, así como la lista de distribución de candidatos entre las Comisiones de selección, se comunicará oportunamente en las direcciones indicadas en la base 8.

10. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria.

10.1 El Secretario General Técnico, por delegación de la Ministra de Educación y Ciencia, dictará resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados por las Comisiones de entre los admitidos al proceso. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado

10.2 El plazo máximo para resolver es de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

11. Aceptaciones y renuncias.

11.1 Los candidatos seleccionados y las autoridades educativas de los estados de la República Federal de Alemania acordarán la fecha y forma de realización de la contratación.

11.2 La selección no será firme hasta que el profesor suscriba el contrato con la autoridad competente del Estado respectivo. 11.3 En caso de renuncia justificada, el candidato lo comunicará por escrito a las autoridades educativas del Estado para el que hubiera sido seleccionado, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la Resolución de candidatos seleccionados en el Boletín Oficial del Estado, o tan pronto como se produzca la causa que lo motiva, remitiendo copia a la Subdirección General de Cooperación Internacional.

12. Régimen.

12.1 Los Estados participantes, ofrecerán a los candidatos seleccionados un contrato en las condiciones laborales y salariales que establece la legislación alemana. La remuneración será la que determina la clasificación que establece el TVöD (Tarifvertrag im öffentlichen Dienst), convenio colectivo federal para empleados de los servicios públicos. La remuneración depende, de acuerdo con el convenio, de factores profesionales como la cualificación (tipo de filología, una o mas especializaciones) y el tipo de contrato (en función del número de horas lectivas que haya de impartir); y de circunstancias personales como la edad, el estado civil y, en su caso, el número de hijos. Los profesores seleccionados quedan cubiertos por un seguro de enfermedad obligatorio.

12.2 El contrato se suscribirá por un periodo de un curso escolar, prorrogable por un máximo de otros doce meses, por resolución de las autoridades competentes de los estados la República Federal de Alemania. 12.3 La relación contractual y la actividad y obligaciones docentes de los profesores visitantes seleccionados se regirán por el ordenamiento jurídico y escolar de los estados para los que han sido seleccionados, y estarán sujetas a la Inspección Educativa del Estado respectivo. 12.4 Los gastos de desplazamiento de los profesores seleccionados correrán por cuenta de los mismos.

13. Formación inicial.-Los Estados participantes ofrecerán un seminario de introducción a su sistema educativo para los profesores seleccionados y mantendrán un programa de tutoría como apoyo a su actividad docente.

14. Funcionarios.

14.1 Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de candidatos seleccionados por las Comisiones respectivas, los que tengan la condición de funcionarios remitirán su petición individual de concesión de servicios especiales, que regula el Capítulo III del Reglamento de Situaciones administrativas de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo (B.O.E. del 10 de abril), a los Servicios correspondientes de las Consejerías de Educación de las respectivas Comunidades Autónomas, a excepción de aquellos funcionarios que se encuentren en comisión de servicios en el momento de su incorporación.

14.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados implica la no renuncia a la misma durante el curso académico, salvo que se den circunstancias excepcionales que la justifiquen, que habrán de ser consideradas, en su caso, por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y ciencia, oídas las autoridades del Estado contratante. 14.3 Los profesores funcionarios permanecerán en la situación administrativa de servicios especiales durante todo el período en el que se extiendan sus contratos. A tal fin, los funcionarios que deseen reingresar al servicio activo por haber finalizado su contrato, acompañarán a su solicitud reingreso, declaración jurada o certificación acreditativa del cese en el puesto de trabajo.

15. Retirada de documentación.-La documentación presentada por los candidatos que no hayan sido seleccionados podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado, 28, 2.ª planta. 28071 Madrid), desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2007, directamente por los interesados o por persona autorizada. En caso contrario se procederá a su devolución por correo.

16. Recurso.-Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. 17. Información.-Cualquier información sobre esta convocatoria puede obtenerse:

En el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación y Ciencia (Alcalá, 36, 28071Madrid) y página web http://www.mec.es.

En la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado, 28, 2.ª planta, teléfonos 91 506 56 40, 91 506 55 87), y página web: http://www.me.ec/educa/internacional, así como en la Consejería de Educación de Alemania: Lichtensteinalle 1, 1787 Berlín, teléfono 49(0)30-88-71-590.

Se autoriza al Secretario General Técnico a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 5 de marzo de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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