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Documento BOE-A-2007-6058

Orden MAM/680/2007, de 8 de marzo, por la que se publica la lista de aspirantes aprobados en las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, convocadas por Orden MAM/1718/2006, de 22 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2007, páginas 12501 a 12501 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-6058

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, convocadas por Orden MAM/1718/2006, de 22 de mayo («BOE» de 2 de junio), Este Ministerio ha dispuesto hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en las bases comunes de las convocatorias, la lista de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación obtenida y con indicación del documento nacional de identidad o pasaporte y del sistema de acceso, que se relacionan en el Anexo I de esta Orden.

Presentación de documentos

Los aspirantes aprobados, que figuran en el anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación. 3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II. 4. Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Funcionarios en prácticas

Asimismo, los que ya sean funcionarios deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero. Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso. En dicha Orden se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento. Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o período de prácticas determinado en la convocatoria. Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias. La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el período de prácticas. Los aspirantes podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante adscripción provisional, de conformidad con los artículos 26 y 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La opción de permanecer en el puesto de trabajo que viniera desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a lo que estas Administraciones convengan al respecto, y, en todo caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos competentes de estas Administraciones Públicas.

Contra este acto podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 8 de marzo de 2007.-La Ministra de Medio Ambiente, P.D. (Orden MAM/224/2005 de 28 de enero), la Subsecretaria de Medio Ambiente, Concepción Toquero Plaza.

ANEXO I Relación de aspirantes aprobados en las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado. Orden MAM/1718/2006, de 22 de mayo («BOE» de 2 de junio). Promoción Interna

N. Orden

Apellidos y nombre

DNI

Puntuación total

1

Díaz Bárcena, Francisco Javier

13711125

94,51

2

Villarino Barrera, José Ignacio

71008170

78,60

3

Sánchez Barriga, Modesto Antonio

50035826

74,55

4

Roa Alonso, Alejandro

02606100

74,47

5

Hierro Carnicero, José

07843341

66,05

ANEXO II

Don/Doña .........................................................................,con domicilio en ...................................................................................................................... y documento nacional de identidad número ..........................., declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

En ........................, a ...... de ........................ de 200....

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