Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-619

Orden ECI/4163/2006, de 7 de diciembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Los Coloraos.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2007, páginas 1552 a 1552 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-619

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Francisco Javier Amores, solicitando la inscripción de la Fundación Los Coloraos, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como la delegación de facultades en los miembros del Patronato.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Marcelino Gómez Torres; Don Francisco Javier Amores Montoya; Don Eugenio Manuel Pérez Juridiaz; Doña Nuria Barquilla Jurado; Don Enrique Peña Orea; Doña Mercedes Muñoz Higuera; Don Manuel Valenzuela Aguayo; Don Alberto García Varela y las entidades: Gomeza, S.A.; Los Arenazos, S.A.; Fuente La Marquesa, S.A.; Espego, S.A.; Gocovi, S.L.; Alquilecar, S.A.; Marcege, S.A. y España os Saluda, S.L., en Fuenlabrada (Madrid), el 5 de mayo de 2006, según consta en la escritura pública número mil siete, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don José Ordoñez Cuadros, que fue subsanada por las escrituras números dos mil sesenta y nueve, autorizada el 13 de septiembre de 2006 y dos mil quinientos diecinueve, otorgada el 16 de noviembre de 2006, ante el citado notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Fuenlabrada (Madrid), calle de La Fuente, número 20 y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de quinientos cuarenta y dos mil cuatrocientos euros (542.400 euros). La dotación desembolsada en su totalidad está integrada por la cantidad de ochenta y cinco mil euros (85.000 euros) que corresponde al valor de la aportación en pleno dominio del local comercial uniplanta, situado en Fuenlabrada (Madrid) en la calle La Fuente, número 20 -planta baja -local 2, según consta en la tasación efectuada por la entidad Valoraciones y Tasaciones Hipotecarias, S.A., con fecha 7 de julio de 2006, incorporada a la escritura de subsanación de la de constitución, número dos mil sesenta y nueve y la cantidad de cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos euros (457.400 euros) en dinero, que ha sido ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: -La constitución de Centros destinados a la formación de personal a fin de desarrollar labores de atención a mayores y discapacitados de distinta consideración. De igual forma dedicados a la investigación de metodología para la mejor formación.-La constitución de centros de día para mayores, así como geriátricos y centros de internamiento permanente.-La gestión de recursos de cualquier naturaleza a fin de dotar de contenido económico la Fundación para la consecución de los fines anteriormente propuestos. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Marcelino Gómez Torres; Vicepresidente: Don Francisco Javier Amores Montoya; Secretaria: Doña Nuria Barquilla Jurado; Vocales: Don Eugenio Pérez Juridiaz; Don Enrique Peña orea; Doña Mercedes Muñoz Higuera; Don Manuel Valenzuela Aguayo y Don Alberto García Varela. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Los Coloraos en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Los Coloraos, de ámbito estatal, con domicilio en Fuenlabrada (Madrid), calle de la Fuente, número 20, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones la delegación de facultades otorgada por el Patronato de la Fundación a favor de los patronos don Marcelino Gómez Torres; don Francisco Javier Amores Montoya; don Eugenio Pérez Juridiaz; doña Nuria Barquilla Jurado; don Enrique Peña Orea; doña Mercedes Muñoz Higuera; don Manuel Valenzuela Aguayo y don Alberto García Varela, en los términos que constan en la escritura número dos mil quinientos diecinueve, autorizada el 16 de noviembre de 2006, por el notario don José Ordóñez Cuadros.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de diciembre de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid