Suscrito el Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan de Acción para las Personas Mayores, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como Anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 13 de marzo de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.
ANEXO Protocolo Anual Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Ciudad de Melilla, a través de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, por el que se determinanlas aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del plan de acción para las personas mayores
En Madrid, a 11 de diciembre de 2006.
REUNIDOS
De una parte, don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004 de 17 de abril (BOE n.º 94 de 18 de abril de 2004),en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Y de otra parte, la Excma. Sra. doña María Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad de Melilla, nombrada por Decreto núm. 79, de la Presidencia de la Ciudad de Melilla, de 19 de junio de 2003 (BOME Extraordinario núm. 9, 20/06/2003), en nombre y representación de la Ciudad de Melilla, en virtud de lo dispuesto en el Art. 7 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad de Melilla (BOME Extraordinario núm. 3, de 15 de enero de 1996) y debidamente facultada para este acto por Decreto del Consejo de Gobierno de atribución de competencias de 1 de febrero de 2005 (BOME núm. 4164, de 11 de febrero). Ambas partes reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla suscribieron, el 23 de diciembre de 1999, un Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de proyectos específicos del Plan Gerontológico, hoy denominado Plan de Acción para las Personas Mayores.
Segundo.-Que, por un lado, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución de 1978 y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de Abril, de reestructuración de Departamentos Ministeriales, y 1600/2004, de 2 de Julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que asume las competencias del extinguido Ministerio de Asuntos Sociales; y, por otro, la Ciudad de Melilla de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma; tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales. Que, en la Ley 30/2005, de 29 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2006; y en el Pleno de la Asamblea de Melilla, de 30/2005 de 29 de diciembre de 2005, se aprueban definitivamente los Presupuestos para el año 2006 de la Ciudad de Melilla y se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.-Que el Convenio citado, suscrito en 1999, establece en su cláusula décima la prórroga automática del mismo para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes. Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Ciudad de Melilla y las previsiones presupuestarias que se establezcan. Quinto.-Que la Ciudad de Melilla justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Anual suscrito, en su caso, el pasado ejercicio para estos fines, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria y en el correspondiente Acuerdo Anual del Consejo de Ministros. Sexto.-Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio suscrito antes citado, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de abril de 2006, (BOE n.º 122 de 23 de mayo de 2006), la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al presente ejercicio 2006, procede instrumentarla a través del presente Protocolo Anual Adicional, junto con la selección de los proyectos planteados por la Ciudad de Melilla y aprobados asimismo, a efectos de la financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 23 de diciembre de 1999, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Protocolo Anual Adicional el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-La Administración General del Estado y la Ciudad de Melilla incorporan al Convenio de Colaboración suscrito el 23 de diciembre de 1999, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante el Anexo del presente Protocolo.
La duración de este Protocolo Anual Adicional se establece por un año desde la firma del mismo. Segunda.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el presente ejercicio de 2006, aporta como participación en la financiación de los distintos programas y proyectos del presente Protocolo la cantidad total de trescientos cuarenta y seis mil, setecientos ochenta y cinco euros (346.785,00 €.) de acuerdo con la distribución siguiente por conceptos y aplicaciones:
1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores.
Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: doscientos quince mil trescientos cuarenta euros. (215.340,00 €). 2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: veintiseis mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros (26.445,00 €.). 3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores. Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe: veinticinco mil euros (25.000,00 €). 4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe: veinte mil euros (20.000,00 €). 5. Proyectos de apoyo económico al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar. Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: sesenta mil euros (60.000,00 €).
La Ciudad de Melilla y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 % del importe de los proyectos.
En este sentido, la aportación total de la Ciudad de Melilla, para los distintos programas, proyectos y servicios, es de trescientos cuarenta y seis mil setecientos ochenta y cinco euros (346.785,00 €.) cuya distribución, por conceptos y según las aplicaciones económicas enumeradas en términos de los Presupuestos Generales del Estado, son las siguientes:
1. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores.
Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: doscientos quince mil trescientos cuarenta euros (215.340,00 €). 2. Proyectos de mantenimiento para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.457. Importe: veintiseis mil cuatrocientos cuarenta y cinco euros (26.445,00 €). 3. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios enmarcados en el Plan de Acción para las Personas Mayores. Aplicación económica: 19.04.231F.750. Importe: veinticinco mil euros (25.000,00 €). 4. Proyectos de inversión para el desarrollo de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias. Aplicación económica: 19.04.231F.751. Importe:veinte mil euros (20.000,00 €). 5. Proyectos de apoyo económico al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar. Aplicación económica: 19.04.231F.452. Importe: sesenta mil euros (60.000,00 €).
Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del presente ejercicio económico 2006, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el Anexo adjunto.
Cuarta.-La vigencia y aplicación del presente Protocolo Anual es de un año a partir de la firma, no obstante, en lo no previsto en el citado Protocolo Anual será de aplicación lo establecido en el convenio firmado en el año 1999 entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y la Ciudad de Melilla. Quinta.-La naturaleza de este Protocolo Anual es administrativa, por lo que la competencia para conocer de las controversias, a que la ejecución de dicho Protocolo pudiera dar lugar, corresponde a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Anual Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Porel Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden comunicada de 27 de abril de 2006), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, M.ª Amparo Valcarce García.-Por la Ciudad de Melilla, la Consejera de Bienestar Social y Sanidad, María Antonia Garbín Espigares.
ANEXO Coste de los proyectos correspondientes a la Ciudad de Melilla y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian Financiación 2006 (según protocolo) Ciudad de Melilla |
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C.A./C.L. Euros |
M.T.A.S. Euros |
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Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452 |
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1. Proyectos de mantenimiento de plazas y otras actuaciones del Plan de Acción para las Personas Mayores. |
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Melilla. Residencia Centro Asistencial |
215.340 |
215.340 |
Total |
215.340 |
215.340 |
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457 |
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2. Proyectos de mantenimiento de programas de atención a personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias y otras actuaciones del Plan de Acción para las Personas Mayores. |
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Melilla. Centro de Día de Enfermos de Alzheimer |
26.445 |
26.445 |
Total |
26.445 |
26.445 |
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750 |
||
3. Proyectos de creación de plazas y otras actuaciones del Plan de Acción para las Personas Mayores. |
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Melilla Alojamiento Alternativo |
25.000 |
25.000 |
Total |
25.000 |
25.000 |
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.751 |
||
4. Proyectos de creación de plazas para personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias y otras actuaciones del Plan de Acción para las Personas Mayores. |
||
Melilla. Alojamiento Alternativo |
20.000 |
20.000 |
Total |
20.000 |
20.000 |
Aplicación Presupuestaria19.04.313L.452 |
||
5. Programa de apoyo económico al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar. |
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Programa global de apoyo al cuidado en todo el territorio de la Ciudad |
60.000 |
60.000 |
Total |
60.000 |
60.000 |
Suma totales |
346.785 |
346.785 |
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