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Documento BOE-A-2007-6810

Resolución de 15 de marzo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica los incrementos económicos definitivos para el año 2006 y los provisionales correspondientes al año 2007, del Convenio colectivo de Transportes Bacoma, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2007, páginas 14074 a 14077 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-6810
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/03/15/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las actas de fecha 25 de enero de 2007 donde se recogen los acuerdos referentes a los incrementos económicos definitivos para el año 2006 y los provisionales correspondientes al año 2007 del Convenio Colectivo de la empresa Transportes Bacoma, S.A. (Código de Convenio n.º 9005052), que han sido suscritos por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en su representación y los Delegados de personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero: Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de marzo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

INCREMENTOS ECONÓMICOS DEFINITIVOS PARA EL AÑO 2006 Y LOS PROVISIONALES CORRESPONDIENTES A 2007 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES BACOMA, S.A.

ACTA

Reunida en Barcelona, a 25 de enero de 2007, siendo las 10,00 horas y en el domicilio social de Transportes Bacoma, S.A., sito en la calle Ali Bei, 80, los componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Empresa D. Salvador Morales Olea, D. Miguel Ángel Lacalle Bracero y D. Francisco Dávila Fernández por la parte social. En representación de la empresa D. Valeriano Díaz Revilla, D. Manuel Alcantud Gualda y D. José Luis Fernández Menéndez.

Se trataron los siguientes puntos:

1.º En cumplimiento de lo establecido en el artículo 33.º del Convenio Colectivo de Transportes Bacoma para los años 2004, 2005, 2006 y 2007, en el apartado correspondiente al año 2006, se procede a efectuar la revisión de las tablas salariales y de los conceptos económicos del mismo, y una vez comprobados los cálculos efectuados por la Empresa y la representación social y precisar su exactitud, se plasman en las tablas salariales anexas a este Acta, aprobando su remisión a la Autoridad Laboral para su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se efectúan las siguientes precisiones:

a) Que con fecha 24 de enero de 2006, se efectuó la revisión provisional de las tablas salariales a aplicar durante el año 2006, con un incremento del 2,5% sobre los valores definitivos aplicados en el año 2005.

b) Que el incremento definitivo a aplicar sobre las tablas salariales del año 2005 asciende a un total del 3,2%, equivalente al IPC real del año 2006 (2,7%) más los 0,50 puntos acordado en el Convenio. c) Las tablas salariales definitivas del año 2006 son las que se adjuntan a la presente Acta. d) Los valores de referencia son referidos a los siguientes conceptos: Salario base, Plus de Convenio, Quebranto de Moneda, Plus de Especialización y Plus de Transporte. e) Con el mismo criterio expuesto en los puntos anteriores, se procede a la revisión y abono de los valores de horas extras y de presencia, según establece el artículo 28.º del Convenio Colectivo vigente. f) Igualmente, sufrirá el mismo incremento y abono el complemento personal por antigüedad, según establece el artículo 25.º del vigente Convenio Colectivo. g) Para la revisión y abono de los valores de las dietas, y según lo marcado en el artículo 27.º del Convenio Colectivo vigente, se seguirá el mismo criterio que para el resto de los conceptos ya reseñados. Quedando establecidos los valores definitivos de las dietas para el año 2006 en los siguientes importes:

Personal de movimiento: Dieta completa: 36,27 euros.

Comida-cena: 11,07 euros. Pernoctación: 14,15 euros.

Personal de no movimiento:

Dieta completa: 38,43 euros.

Comida-cena: 11,71 euros. Pernoctación: 15,03 euros.

Y en prueba de conformidad, y para que conste, se firma la presente Acta en el lugar y fecha indicados al comienzo de la misma y por las personas referenciadas.

2006. Tabla anual definitiva Transportes Bacoma, S.A. 3,2%

CATEGORIA

SAL.BASE

P. CONV.

Q.M./C.H.

PLUS ESP.

P. TRANSP.

TOTAL

JEFE DE SERVICIO

12.399,58

5.715,42

0,00

3.369,47

0,00

21.484,47

INSPECTOR DE LINEAS

9.858,56

4.487,76

0,00

0,00

1.263,09

15.609,41

INSPECTOR AUXILIAR

8.127,43

4.145,14

0,00

0,00

1.263,09

13.535,66

JEFE DE ESTACION

11.053,11

5.949,96

0,00

1.794,63

1.307,25

20.104,95

JEFE DE TRAFICO 1.ª

11.053,11

5.949,96

0,00

1.794,63

1.307,25

20.104,95

JEFE DE TRAFICO 2.ª

9.858,56

4.487,76

0,00

0,00

1.263,09

15.609,41

JEFE DE TRAFICO ENTRADA

8.616,35

4.888,61

0,00

0,00

1.263,09

14.768,05

J. OFICINA/J. SECCION

11.053,11

5.949,96

0,00

1.753,33

1.307,25

20.063,65

JEFE DE NEGOCIADO

10.434,82

6.184,32

0,00

1.858,50

1.307,25

19.784,90

AUXILIAR TITULADO

9.854,74

5.477,79

0,00

1.775,89

1.307,25

18.415,67

OFICIAL ADMINISTRACION 1.ª

9.854,74

5.350,24

0,00

2.016,07

1.093,63

18.314,68

OFICIAL ADMINISTRACION 2.ª

9.305,96

4.865,50

0,00

1.858,50

1.093,63

17.123,60

AUXILIAR ADMINISTRACION

8.788,48

5.179,20

0,00

1.858,50

1.093,63

16.919,81

ADMINISTRATIVO DE ENTRADA

8.127,43

3.119,10

0,00

0,00

1.056,66

12.303,19

TECNICO INFORMATICA 1.ª

9.312,88

5.062,02

0,00

1.821,20

1.056,66

17.252,76

TECNICO INFORMATICA 2.ª

8.788,48

4.700,66

0,00

653,04

1.056,66

15.198,84

TECNICO INFORMATICA 3.ª

8.127,43

4.351,48

0,00

0,00

1.056,66

13.535,57

TAQUILLERO ENCARGADO

9.854,74

5.123,34

859,32

1.858,50

850,38

18.546,28

TAQUILLERO

9.305,96

4.865,50

859,32

1.858,50

850,38

17.739,66

TAQUILLERO DE 2.ª

8.788,48

4.955,57

859,32

0,00

850,38

15.453,74

TAQUILLERO AUXILIAR 1.ª

8.089,04

3.679,69

859,05

0,00

849,98

13.477,77

TAQUILLERO AUXILIAR 2.ª

7.726,77

2.123,25

830,37

0,00

821,55

11.501,93

CONDUCTOR -PERCEPTOR

9.978,95

6.123,00

1.232,93

0,00

850,38

18.185,26

CONDUCTOR -PERCEPTOR 1.ª

9.421,50

4.826,93

850,38

0,00

567,76

15.666,57

2006. Tabla mensual definitiva Transportes Bacoma, S.A. 3,2%

CATEGORIA

SAL.BASE

P. CONV.

Q.M./C.H.

PLUS ESP.

P. TRANSP.

JEFE DE SERVICIO

826,64

381,03

0,00

224,63

0,00

INSPECTOR DE LINEAS

657,24

299,18

0,00

0,00

114,83

INSPECTOR AUXILIAR

541,83

276,34

0,00

0,00

114,83

JEFE DE ESTACION

736,87

396,66

0,00

119,64

118,84

JEFE DE TRAFICO 1.ª

736,87

396,66

0,00

119,64

118,84

JEFE DE TRAFICO 2.ª

657,24

299,18

0,00

0,00

114,83

JEFE DE TRAFICO ENTRADA

574,42

325,91

0,00

0,00

114,83

J. OFICINA/J. SECCION

736,87

396,66

0,00

116,89

118,84

JEFE DE NEGOCIADO

695,65

412,29

0,00

123,90

118,84

AUXILIAR TITULADO

656,98

365,19

0,00

118,39

118,84

OFICIAL ADMINISTRACION 1.ª

656,98

356,68

0,00

134,40

99,42

OFICIAL ADMINISTRACION 2.ª

620,40

324,37

0,00

123,90

99,42

AUXILIAR ADMINISTRACION

585,90

345,28

0,00

123,90

99,42

ADMINISTRATIVO DE ENTRADA

541,83

207,94

0,00

0,00

96,06

TECNICO INFORMATICA 1.ª

620,86

337,47

0,00

121,41

96,06

TECNICO INFORMATICA 2.ª

585,90

313,38

0,00

43,54

96,06

TECNICO INFORMATICA 3.ª

541,83

290,10

0,00

0,00

96,06

TAQUILLERO ENCARGADO

656,98

341,56

78,12

123,90

77,31

TAQUILLERO

620,40

324,37

78,12

123,90

77,31

TAQUILLERO DE 2.ª

585,90

330,37

78,12

0,00

77,31

TAQUILLERO AUXILIAR 1.ª

539,27

245,31

78,10

0,00

77,27

TAQUILLERO AUXILIAR 2.ª

515,12

141,55

75,49

0,00

74,69

CONDUCTOR -PERCEPTOR

21,93

408,20

112,09

0,00

77,31

CONDUCTOR -PERCEPTOR 1.ª

20,71

321,80

77,31

0,00

51,61

ACTA

Reunida en Barcelona, a 25 de enero de 2007, siendo las 10,00 horas y en el domicilio social de Transportes Bacoma, S.A., sito en la calle Ali Bei, 80, los componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Empresa D. Salvador Morales Olea, D. Francisco Dávila Fernández, y D. Miguel Ángel Lacalle Bracero por la parte social. En representación de la Empresa asisten D. Valeriano Díaz Revilla, D. Manuel Alcantud Gualda y D. José Luis Fernández Menéndez.

Se trataron los siguientes puntos:

1.º En cumplimiento de lo establecido en el artículo 33.º del Convenio Colectivo de Transportes Bacoma para los años 2004, 2005, 2006 y 2007, en el apartado correspondiente al año 2007, se procede a efectuar la revisión de las tablas salariales y de los conceptos económicos del mismo, y una vez comprobados los cálculos efectuados por la Empresa y la representación social y precisar su exactitud, se plasman en las tablas salariales anexas a este Acta, aprobando su remisión a la Autoridad Laboral para su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se efectúan las siguientes precisiones:

a) El incremento provisional a aplicar sobre las tablas salariales definitivas del año 2006 asciende a un total del 2,75%, equivalente al IPC previsto del año 2007 (2,0%) más los 0,75 puntos acordados en el Convenio.

b) No obstante lo anterior, una vez conocido el IPC real del año 2007, se abonará la diferencia existente entre el IPC previsto aplicado y el del IPC real final, si la hubiera. c) Las tablas salariales provisionales del año 2007 son las que se adjuntan a la presente Acta. d) Los valores de referencia son referidos a los siguientes conceptos: Salario base, Plus de Convenio, Quebranto de Moneda, Plus de Especialización y Plus de Transporte. e) Con el mismo criterio expuesto en los puntos anteriores, se procederá a la revisión y abono de los valores de horas extras y de presencia, según establece el artículo 28.º del Convenio Colectivo vigente. f) Igualmente, sufrirá el mismo incremento y abono el complemento personal por antigüedad, según establece el artículo 25.º del vigente Convenio Colectivo. g) Para la revisión y abono de los valores de las dietas, y según lo marcado en el artículo 27.º del Convenio Colectivo vigente, se seguirá el mismo criterio que para el resto de los conceptos ya reseñados. Quedando establecidos los valores provisionales de las dietas para el año 2007 en los siguientes importes:

Personal de movimiento: Dieta completa: 37,27 euros.

Comida-cena: 11,37 euros. Pernoctación: 14,54 euros.

Personal de no movimiento:

Dieta completa: 39,49 euros.

Comida-cena: 12,03 euros. Pernoctación: 15,44 euros.

Y en prueba de conformidad, y para que conste, se firma la presente Acta en el lugar y fecha indicados al comienzo de la misma y por las personas referenciadas.

2007. Tabla anual provisional Transportes Bacoma, S.A. 2,75%

CATEGORIA

SAL.BASE

P. CONV.

Q.M./C.H.

PLUS ESP.

P. TRANSP.

TOTAL

JEFE DE SERVICIO

12.740,57

5.872,59

0,00

3.462,13

0,00

22.075,29

INSPECTOR DE LINEAS

10.129,67

4.611,18

0,00

0,00

1.297,82

16.038,67

INSPECTOR AUXILIAR

8.350,93

4.259,14

0,00

0,00

1.297,82

13.907,89

JEFE DE ESTACION

11.357,07

6.113,59

0,00

1.843,98

1.343,20

20.657,84

JEFE DE TRAFICO 1.ª

11.357,07

6.113,59

0,00

1.843,98

1.343,20

20.657,84

JEFE DE TRAFICO 2.ª

10.129,67

4.611,18

0,00

0,00

1.297,82

16.038,67

JEFE DE TRAFICO ENTRADA

8.853,30

5.023,05

0,00

0,00

1.297,82

15.174,17

J. OFICINA/J. SECCION

11.357,07

6.113,59

0,00

1.801,55

1.343,20

20.615,40

JEFE DE NEGOCIADO

10.721,77

6.354,39

0,00

1.909,61

1.343,20

20.328,98

AUXILIAR TITULADO

10.125,74

5.628,43

0,00

1.824,73

1.343,20

18.922,10

OFICIAL ADMINISTRACION 1.ª

10.125,74

5.497,37

0,00

2.071,52

1.123,71

18.818,33

OFICIAL ADMINISTRACION 2.ª

9.561,87

4.999,31

0,00

1.909,61

1.123,71

17.594,50

AUXILIAR ADMINISTRACION

9.030,16

5.321,62

0,00

1.909,61

1.123,71

17.385,10

ADMINISTRATIVO DE ENTRADA

8.350,93

3.204,87

0,00

0,00

1.085,72

12.641,52

TECNICO INFORMATICA 1.ª

9.568,98

5.201,22

0,00

1.871,28

1.085,72

17.727,21

TECNICO INFORMATICA 2.ª

9.030,16

4.829,93

0,00

671,00

1.085,72

15.616,81

TECNICO INFORMATICA 3.ª

8.350,93

4.471,14

0,00

0,00

1.085,72

13.907,79

TAQUILLERO ENCARGADO

10.125,74

5.264,23

882,95

1.909,61

873,76

19.056,30

TAQUILLERO

9.561,87

4.999,31

882,95

1.909,61

873,76

18.227,50

TAQUILLERO DE 2.ª

9.030,16

5.091,85

882,95

0,00

873,76

15.878,72

TAQUILLERO AUXILIAR 1.ª

8.311,49

3.780,89

882,68

0,00

873,36

13.848,41

TAQUILLERO AUXILIAR 2.ª

7.939,25

2.181,64

853,20

0,00

844,14

11.818,24

CONDUCTOR -PERCEPTOR

10.253,38

6.291,38

1.266,84

0,00

873,76

18.685,36

CONDUCTOR -PERCEPTOR 1.ª

9.680,59

4.959,67

873,76

0,00

583,37

16.097,40

2007. Tabla mensual provisional Transportes Bacoma, S.A. 2,75%

CATEGORIA

SAL.BASE

P. CONV.

Q.M./C.H.

PLUS ESP.

P. TRANSP.

JEFE DE SERVICIO

849,37

391,51

0,00

230,81

0,00

INSPECTOR DE LINEAS

675,31

307,41

0,00

0,00

117,98

INSPECTOR AUXILIAR

556,73

283,94

0,00

0,00

117,98

JEFE DE ESTACION

757,14

407,57

0,00

122,93

122,11

JEFE DE TRAFICO 1.ª

757,14

407,57

0,00

122,93

122,11

JEFE DE TRAFICO 2.ª

675,31

307,41

0,00

0,00

117,98

JEFE DE TRAFICO ENTRADA

590,22

334,87

0,00

0,00

117,98

J. OFICINA/J. SECCION

757,14

407,57

0,00

120,10

122,11

JEFE DE NEGOCIADO

714,78

423,63

0,00

127,31

122,11

AUXILIAR TITULADO

675,05

375,23

0,00

121,65

122,11

OFICIAL ADMINISTRACION 1.ª

675,05

366,49

0,00

138,10

102,16

OFICIAL ADMINISTRACION 2.ª

637,46

333,29

0,00

127,31

102,16

AUXILIAR ADMINISTRACION

602,01

354,78

0,00

127,31

102,16

ADMINISTRATIVO DE ENTRADA

556,73

213,66

0,00

0,00

98,70

TECNICO INFORMATICA 1.ª

637,93

346,75

0,00

124,75

98,70

TECNICO INFORMATICA 2.ª

602,01

322,00

0,00

44,73

98,70

TECNICO INFORMATICA 3.ª

556,73

298,08

0,00

0,00

98,70

TAQUILLERO ENCARGADO

675,05

350,95

80,27

127,31

79,43

TAQUILLERO

637,46

333,29

80,27

127,31

79,43

TAQUILLERO DE 2.ª

602,01

339,46

80,27

0,00

79,43

TAQUILLERO AUXILIAR 1.ª

554,10

252,06

80,24

0,00

79,40

TAQUILLERO AUXILIAR 2.ª

529,28

145,44

77,56

0,00

76,74

CONDUCTOR -PERCEPTOR

22,53

419,43

115,17

0,00

79,43

CONDUCTOR -PERCEPTOR 1.ª

21,28

330,64

79,43

0,00

53,03

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/03/2007
  • Fecha de publicación: 30/03/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 25 de noviembre de 2004 (Ref. BOE-A-2004-21125).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Transporte de viajeros
  • Transportes terrestres

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