Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Castro Garrido, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección tercera, en sentencia de 2 de junio de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 11.000 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2007,
Vengo en conmutar a don Juan Manuel Castro Garrido la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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