En la publicación del Acuerdo de Cooperación en materia de inmigración entre el Reino de España y la República de Guinea, hecho en Conakry el 9 de octubre de 2006, insertada en el Boletín Oficial del Estado núm. 26, de fecha 30 de enero de 2007 (Pág. 4156 a 4158), procede efectuar las siguientes rectificaciones:
En la página 4156, artículo 3, apartado 2, primera línea, donde dice: «... de acogida favorecerá tos contactos ...», debe decir: «... de acogida favorecerá los contactos ...».
En la página 4156, artículo 7, apartado 1, sexta línea, donde dice: «...a disposición de las Panes contratantes, ...», debe decir: «...a disposición de las Partes contratantes, ...». En la página 4158, artículo 17, segunda línea, donde dice «...noventa días después de su fuma y de manera definitiva ...», debe decir: «...noventa días después de su firma y de manera definitiva...».
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