Visto el expediente de indulto de don Francisco José Muñoz Aguilar, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia sección primera, en sentencia de 24 de noviembre de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 720 euros, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2007,
Vengo en indultar a don Francisco José Muñoz Aguilar la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 3 de abril de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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