La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/19/2007, de 11 de enero, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2007 y el mes de enero de 2008 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2006. En virtud de dicha autorización, la Resolución de 17 de enero de 2007 de esta Dirección General reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para el año 2007 y el mes de enero de 2008, determinando que, para flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta se fijaría trimestralmente, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año. Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el segundo trimestre de 2007, es necesario fijar las características de los Bonos del Estado a cinco años que se pondrán en circulación en el próximo mes de junio y convocar la correspondiente subasta. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de la referencia que se viene emitiendo y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997. Por otra parte, según se autoriza en el apartado 5.3.2. de la Orden EHA/19/2007, se ha considerado oportuno, tras consulta a los Creadores de Mercado, no convocar las subastas ordinarias previstas para Bonos del Estado en los próximos meses de abril y mayo y para Obligaciones del Estado en los meses de abril, mayo y junio, publicadas en el calendario del apartado 1. de la Resolución de 17 de enero de 2007. Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden EHA/19/2007, esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión en el mes de junio de 2007 de Bonos del Estado a cinco años denominados en euros y convocar la correspondiente subasta, que habrá de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden EHA/19/2007, de 11 de enero, en la Resolución de 17 de enero de 2007 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos del Estado a cinco años.
a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron por Resolución de 27 de diciembre de 2006, de esta Dirección General, para la emisión de Bonos del Estado a cinco años al 3,90 por 100, vencimiento el 31 de octubre de 2012. El primer cupón a pagar será el de 31 de octubre de 2007, por un importe del 3,077260 por 100, según se establece en la Resolución de 27 de diciembre de 2006.
b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, la autorización para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución deberá aprobarse mediante Resolución de esta Dirección General.
3. La subasta tendrá lugar el próximo día 7 junio, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 17 de enero de 2007. El precio de las peticiones competitivas que se presenten a la subasta se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/19/2007, es el 1,57 por 100.
4. La segunda vuelta de la subasta, a la que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de la subasta y las doce horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme a la normativa reguladora de estas entidades. 5. Los Bonos a cinco años que se emitan se pondrán en circulación el día 12 de junio próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijadas en el apartado 1 de la Resolución de 17 de enero de 2007 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se agregarán a la emisión reseñada en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación. 6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/19/2007, de 11 de enero.
7. De acuerdo con la autorización del apartado 5.3.2 de la Orden EHA/19/2007, y tras consulta a los Creadores de Mercado, se ha considerado oportuno no convocar las subastas ordinarias de Bonos y Obligaciones del Estado previstas para los días 19 de abril, 3 y 17 de mayo y 21 de junio de 2007 en el calendario publicado en el apartado 1 de la Resolución de 17 de enero de 2007, de esta Dirección General.
Madrid, 30 de marzo de 2007.-La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.
ANEXO Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a 5 años al 3,90%, vto. 31.10.2012
Subasta mes junio
Precio excupón |
Rendimiento bruto * - Porcentaje |
98,00 |
4,323 |
98,05 |
4,312 |
98,10 |
4,302 |
98,15 |
4,291 |
98,20 |
4,280 |
98,25 |
4,269 |
98,30 |
4,259 |
98,35 |
4,248 |
98,40 |
4,237 |
98,45 |
4,227 |
98,50 |
4,216 |
98,55 |
4,205 |
98,60 |
4,195 |
98,65 |
4,184 |
98,70 |
4,173 |
98,75 |
4,163 |
98,80 |
4,152 |
98,85 |
4,141 |
98,90 |
4,131 |
98,95 |
4,120 |
99,00 |
4,110 |
99,05 |
4,099 |
99,10 |
4,088 |
99,15 |
4,078 |
99,20 |
4,067 |
99,25 |
4,057 |
99,30 |
4,046 |
99,35 |
4,036 |
99,40 |
4,025 |
99,45 |
4,015 |
99,50 |
4,004 |
99,55 |
3,993 |
99,60 |
3,983 |
99,65 |
3,972 |
99,70 |
3,962 |
99,75 |
3,951 |
99,80 |
3,941 |
99,85 |
3,930 |
99,90 |
3,920 |
99,95 |
3,909 |
100,00 |
3,899 |
100,05 |
3,888 |
100,10 |
3,878 |
100,15 |
3,868 |
100,20 |
3,857 |
100,25 |
3,847 |
100,30 |
3,836 |
100,35 |
3,826 |
100,40 |
3,815 |
100,45 |
3,805 |
100,50 |
3,795 |
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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