Visto el escrito de fecha 13 de marzo de 2007 presentado por Gas Natural Servicios SDG, S.A. mediante el que se solicita el cambio de domicilio social en su autorización e inscripción definitivas en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados. Considerando que Gas Natural Servicios SDG, S.A. figuraba autorizada e inscrita definitivamente en el citado Registro, según consta en la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 11 de junio de 2001. Vista la escritura pública otorgada el 22 de noviembre de 2006 e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 1 de febrero de 2007, Tomo 37962, Folio 51, Hoja B 390487 e inscripción 170, donde indica que la sociedad Gas Natural Servicios SDG, S.A. acuerda trasladar el domicilio social a la Plaça del Gas n.º 1 de Barcelona. Visto el artículo 45.4 de la Ley 54/1997, en virtud del cual la organización y los procedimientos de inscripción y comunicación de datos al Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, han de desarrollarse reglamentariamente. Teniendo en cuenta el Capítulo III del Título VIII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. La Dirección General de Política Energética y Minas, ha resuelto: Anotar el cambio de domicilio social en la autorización e inscripción definitivas de Gas Natural Servicios SDG, S.A. en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados en la Sección 2.ª (Comercializadores) pasando a ser Plaça del Gas n.º 1, Barcelona.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Madrid, 27 de marzo de 2007.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.
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