Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-7567

Resolución de 15 de marzo de 2007, de la Dirección General para la Biodiversidad, por la que se constituye la Mesa de Contratación de este Centro Directivo y se establece su composición.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2007, páginas 15539 a 15539 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-7567
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/03/15/(5)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del R.D.L. 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 79 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con la Orden MAM/224/2005, de 10 de febrero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, con la finalidad de constituir una Mesa de Contratación Permanente que asista al Organo de contratación de la Dirección General para la Biodiversidad, dispongo:

Primero.-1. Se constituye con carácter permanente la Mesa de Contratación de este Centro Directivo, con las funciones que se le asignan en el R.D.L. 2/2000, de 16 de junio, y en el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se opongan a lo dispuesto por dicho texto refundido.

2. En el Procedimiento Negociado la intervención de la Mesa de Contratación será potestativa para el Órgano de Contratación, según lo establecido en el artículo 81 del R.D.L. 2/2000. Segundo.-1. La Mesa de Contratación Permanente de este Centro Directivo tendrá la siguiente composición:

Presidente: Sr. Subdirector General de Coordinación y Banco de Datos de Biodiversidad.

Vicepresidentes: Jefe del Área Jurídica y Jefe del Área de Control Presupuestario. Vocales de designación legal:

Un representante del Servicio Jurídico del Departamento.

Un representante de la Intervención Delegada en el Departamento.

Vocales de libre designación:

Titulares: Jefe del Área de Acciones de Conservación de la Subdirección General de Vida Silvestre y Jefe de la Sección de Medios Aéreos de la Subdirección General de Política Forestal y Desertificación.

Suplentes: Jefe del Área del Banco de Datos de la Biodiversidad de la Subdirección de Coordinación y Banco de Datos de la Biodiversidad, Jefe de Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subdirección General de Vida Silvestre, Jefe de Servicio de Conservación del Medio Marino de la Subdirección General de Vida Silvestre, Jefe de Servicio de Material Genético de la Subdirección General de Política Forestal y Desertificación y Jefe de la Sección de Medios Aéreos de la Subdirección General de Política Forestal y Desertificación.

Secretario titular: Jefe del Servicio de Contratación.

Secretario suplente: Un funcionario del Cuerpo Administrativo adscrito al Servicio de Contratación Los Vicepresidentes, los Vocales Suplentes y el Secretario Suplente actuarán en caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal que impida la asistencia de los titulares. 2. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, excepto el Secretario que actuará con voz pero sin voto. Tercero.-1. Cuando la especialidad de los contratos así lo aconseje, se podrán constituir por esta Presidencia mesas de contratación singulares y distintas, introduciendo cambios en los miembros que no vengan legalmente impuestos, y que serán las que asistan al Organo de Contratación en la adjudicación de aquellos contratos específicos. 2. Cuando así lo requiera la naturaleza del contrato a adjudicar, el Presidente o los Vocales de la Mesa de Contratación podrán proponer la incorporación a la misma de cuantos asesores crean convenientes en razón de sus especiales conocimientos técnicos, sin que tengan la consideración de miembros de la Mesa de Contratación, ni otra función que la de informar y asesorar en forma no vinculante a sus componentes. Cuarto.-Dado el carácter de órgano colegiado que posee la Mesa de Contratación, le serán aplicables las normas recogidas en el Capítulo II del Titulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de marzo de 2007.-El Director General para la Biodiversidad, José Luis Herranz Sáez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/03/2007
  • Fecha de publicación: 10/04/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 11/04/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 79 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (Ref. BOE-A-2001-19995).
    • art. 81 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2000-11533).
Materias
  • Dirección General para la Biodiversidad
  • Mesas de Contratación

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid