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Documento BOE-A-2007-7845

Acuerdo de 29 de marzo de 2007, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelven solicitudes sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento del Idioma y del Derecho Civil Especial o Foral propio de determinadas Comunidades Autónomas.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2007, páginas 16407 a 16407 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2007-7845

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión del día 29 de marzo de 2007, ha adoptado el acuerdo siguiente:

Primero -Aprobar la propuesta de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por dos alumnas de la Escuela Judicial, en las que interesan que se les reconozca el mérito preferente del conocimiento oral y escrito del idioma oficial propio de determinadas Comunidades Autónomas, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 108 a 114 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a las interesadas con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las solicitantes que seguidamente se expresan, a las cuáles ha sido reconocido este mérito:

Apellidos y nombre

Idioma

Ferrer Castan, María del Mar

Valenciano.

Monrabá Egea, Marta

Valenciano y Catalán.

Segundo.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con la solicitud presentada por Dña. Sandra Nogueras Capilla, alumna de la Escuela Judicial, en la que interesa que se le reconozca el mérito preferente del conocimiento del Derecho Civil Especial o Foral propio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 108 a 114 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a la interesada con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, y disponer la oportuna publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de marzo de 2007.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando Santiago.

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