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Documento BOE-A-2007-7979

Orden ITC/991/2007, de 30 de marzo, por la que se anuncia convocatoria pública para proveer puestos de trabajo por el sistema de libre designación en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2007, páginas 16682 a 16683 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-7979

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y con lo dispuesto en el Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España («BOE» 167, de 14 de julio de 2006), Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan por la presente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

De acuerdo con el Real Decreto 810/2006, para poder ser designado para un puesto de Consejero o Consejero Adjunto en una Consejería de Turismo se exigirán los siguientes requisitos:

Pertenecer a alguno de los cuerpos de funcionarios de la Administración General del Estado clasificados en el Grupo A según lo establecido en la correspondiente relación de puestos de trabajo, y cumplir los demás requisitos establecidos en el citado Real Decreto 810/2006.

Encontrarse a la fecha de publicación de la convocatoria en alguna de las situaciones administrativas relacionadas en el artículo 2 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, excluidas la excedencia voluntaria por interés particular, la excedencia voluntaria incentivada y la suspensión de funciones. Conocer los idiomas que requiera la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Segunda.-Los interesados dirigirán su solicitud al Secretario de Estado de Turismo y Comercio (Dirección General del Instituto de Turismo de España, calle José Lázaro Galdiano, 6, 28071 Madrid) alegando los méritos que se consideren oportunos, en el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta orden, conforme al artículo 53 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Dicha solicitud podrá presentarse en los Registros y Oficinas previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercera.-Además de los datos personales y el número de registro de personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su currículum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo. Cuarta.-La resolución de la presente convocatoria se realizará a propuesta no vinculante de la Comisión Asesora de Destinos en el Exterior. Dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se realizará en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización de la presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más. Quinta.-El Secretario de Estado de Turismo y Comercio nombrará a los funcionarios, oído el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Una vez efectuados dichos nombramientos, se dará traslado de los mismos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a quien corresponde la acreditación ante el Estado receptor. Los nombramientos derivados de esta convocatoria tendrán efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «BOE». Sexta.-Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio u organismo distinto al convocante, certificado extendido por la Unidad de Personal donde se encuentren destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios reconocidos para el cómputo de trienios. Séptima.-Los funcionarios públicos adjudicatarios de puestos de Consejeros de Turismo deberán permanecer en el puesto de trabajo dos años. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales hasta tres años más, previa petición del funcionario seis meses antes de la expiración del plazo del segundo, tercer y cuarto año. En el caso de los puestos de Consejeros Adjuntos de Turismo, los funcionarios deberán permanecer en el puesto de trabajo dos años. Este plazo podrá ser prorrogado por uno más, previa petición del funcionario seis meses antes de la expiración del segundo año. Octava.-En lo no previsto en la presente orden se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 810/2006.

Novena.-Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestivamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 30 de marzo de 2007.-El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, P. D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre), el Secretario de Estado de Turismo y Comercio, Pedro Mejía Gómez.

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