Visto el expediente de indulto de don José Ramírez Rosado, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Quinta, en sentencia de 26 de abril de 2001, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de siete años de prisión y multa de 7.086.168 pesetas, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2007,
Vengo en conmutar a don José Ramírez Rosado la pena privativa de libertad impuesta por otra de cinco años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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