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Documento BOE-A-2007-8488

Orden FOM/1059/2007, de 10 de abril, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2007, de subvenciones para la realización de actividades relacionadas con las infraestructuras, sistemas de transportes y demás competencias del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2007, páginas 17890 a 17893 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-8488

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Fomento convoca anualmente subvenciones para actividades relacionadas con las competencias del mismo, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones («B.O.E.» de 18 de noviembre), que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones públicas. Las convocatorias se efectúan teniendo en cuenta el Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio («B.O.E.» de 19 de junio), que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, y en el se crea la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos como órgano dependiente de la Subsecretaria. Asimismo, la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre («B.O.E.» de 3 de noviembre), desarrolla la Delegación de competencias del Ministerio de Fomento. Las convocatorias de subvenciones se rigen por la Orden FOM/2434/2004, de 20 de julio («B.O.E.» de 22 de julio), que contiene las Bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de la Convocatoria de Subvenciones y la convocatoria para el año 2004, de las subvenciones para la realización de actividades relacionadas con las infraestructuras, los sistemas de transportes y las demás competencias del Ministerio de Fomento. De acuerdo con la normativa citada este Ministerio, previo informe de la Abogacía del Estado del Departamento, y de la Intervención Delegada del Ministerio de Fomento, ha acordado abrir convocatoria pública para la concesión de subvenciones con arreglo a las bases citadas, que están publicadas en el «B.O.E.» y constan en la web del Ministerio de Fomento www.fomento.es, teniendo en cuenta las siguientes adaptaciones para este ejercicio presupuestario de 2007:

Primera. Créditos.-Las subvenciones se concederán con cargo al concepto presupuestario 17.01.451N.481, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2.007, que dispone para este año de una asignación presupuestaria de 670.700 euros, que será distribuida por Resolución de la Subsecretaria del Departamento teniendo en cuenta, tanto la cuantía de los presupuestos asignados a cada órgano superior del Departamento, como el número de solicitudes que se presenten en demanda de subvenciones para la realización de actividades relacionadas con las competencias propias de cada uno de los mencionados órganos superiores.

Segunda. Presentación de solicitudes.-1. Las solicitudes de subvención habrán de formularse por duplicado, con sujeción al modelo de instancia que se acompaña como Anexo I de esta Orden. Serán dirigidas a la Sra. Subsecretaria de Fomento, con la inscripción «Subvenciones para actividades relacionadas con las competencias del Ministerio de Fomento en el año 2007». Se indicará el nombre de la entidad solicitante, y se presentará en el Registro General del Ministerio de Fomento (Paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» de 27 de noviembre). 2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará quince días hábiles después. 3. El resto de la documentación que debe acompañar a la solicitud se ajustará a lo indicado en las bases de la convocatoria, de acuerdo con los modelos que se adjuntan como anejos y junto a la documentación indicada en las citadas Bases (Orden FOM/2434/2004, de 20 de julio; «B.O.E.» de 22 de julio). 4. La presentación de la solicitud supondrá la autorización expresa al órgano instructor para recabar los certificados que deban emitir la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. Tercera. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Comisión de Selección, que será presidida por la Subsecretaria del Ministerio de Fomento quien podrá delegar en el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, en el Subdirector General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos de la Subsecretaría, o en otra persona con nivel de Subdirector general. Esta Comisión estará integrada, además de por su Presidente, por los siguientes Vocales: un representante de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, otro de la Secretaría General de Transportes y otro de la Subsecretaría del Departamento, propuestos por sus respectivos titulares entre funcionarios, de cada área, del grupo A. Será Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, un funcionario de la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos, que será nombrado por quien presida la Comisión. El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Subsecretaria del Departamento, por delegación de la Ministra mediante la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre («BOE» de 3 de noviembre), que desarrolla la delegación de competencias del Ministerio de Fomento. En esta Convocatoria una misma entidad solicitante no podrá recibir más de una subvención. Cuarta. Justificación de la realización de la actividad.-La actividad objeto de la subvención se deberá realizar en el periodo comprendido desde la fecha de la publicación de esta Convocatoria en el «B.O.E.», hasta el 20 de noviembre del corriente año, que es la fecha límite para la justificación de la realización de la actividad. Dicha justificación se efectuará mediante la presentación de la documentación indicada en la base undécima de las bases citadas.

Quinta. Entrada en vigor.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de abril de 2007.-La Ministra de Fomento, P. D. (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre), la Subsecretaria de Fomento, María Encarnación Vivanco Bustos.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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