En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública. Ambas convocatorias son independientes y se regirán por las mismas bases. Las presentes convocatorias tienen en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria 76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero de 1976, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales y a las condiciones de trabajo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirán las presentes convocatorias son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convocan dos procesos selectivos para cubrir 14 plazas del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública, código 0617, por el sistema de acceso libre y 2 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 120/2007.
Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten. En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Procesos selectivos
Los procesos selectivos se realizarán mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por la convocatoria de acceso libre y mediante el sistema de concurso oposición para los aspirantes que se presenten por la convocatoria de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirán la superación de un curso selectivo y, en su caso, un período de prácticas. Para la realización del mismo y, en su caso, período de prácticas, tanto los aspirantes que hayan superado la fase de oposición como los que hayan superado las fases de oposición y concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante. El carácter independiente de ambos procesos selectivos determina la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.
3. Programa
El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta Orden.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto Técnico o Aparejador. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, además:
Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la Administración General del Estado.
Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.
6. Solicitudes
6.1 Quienes deseen participar en alguno de estos procesos selectivos deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Pública «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es acceso por «empleo público» o por «servicios on-line». Asimismo, se podrán presentar por vía telemática a través del Portal del Ciudadano pagina www.060.es, en virtud del acuerdo de encomienda de gestión de fecha 8 de marzo de 2007.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen. En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. 6.2 Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, C/ Alcalá, n.º 9, Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Economía y Hacienda, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado. Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. 6.3 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7. Tribunal
7.1 El Tribunal calificador, común a ambos procesos selectivos, es el que figura como anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Economía y Hacienda, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, n.º 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91-5958780, 91-5958835, dirección de correo electrónico: seleccion.personal@meh.es.
8. Desarrollo de los procesos selectivos
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.
9. Norma final
A los presentes procesos selectivos les serán de aplicación la Ley 30/1984, el Real Decreto 364/1995, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.
Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992.
Madrid, 18 de abril de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3243/2004, de 5 de octubre), la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.
ANEXO I Descripción de los procesos selectivos y valoración
I. Procesos selectivos
Los procesos selectivos constarán de las siguientes fases:
I.A) Oposición.
I.B) Concurso. I.C) Curso selectivo.
I.A) La fase de oposición constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.
No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, los aspirantes que concurran a la convocatoria de promoción interna que hayan consignado en la solicitud la letra A, estarán exentos en el tercer ejercicio de responder a los temas de Derecho Administrativo del anexo II.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un máximo de tres horas, de dos temas, que serán extraídos al azar para todos los opositores, uno de cada uno de los grupos siguientes: I. Gestión del Catastro Inmobiliario Urbano (12 temas).
II. Valoración urbana, Derecho Urbanístico, Economía y Organización de actividades del sector de la Construcción (17 temas).
Segundo ejercicio: Será de carácter práctico y consistirá en desarrollar por escrito la resolución de los siguientes supuestos:
a) Determinación y comprobación, en su caso, de los datos físicos correspondientes para poder determinar el valor catastral de un inmueble, así como el resultado de una actuación inspectora de naturaleza catastral en el Impuesto de Bienes Inmuebles, con arreglo a los datos que suministre el Tribunal, formulando la propuesta de resolución que resulte procedente con la liquidación tributaria correspondiente y exponiendo la fundamentación legal y el análisis del trámite administrativo que proceda.
b) Resolver a la vista de la legislación sobre contratos de las Administraciones Públicas las cuestiones que se propongan sobre aspectos prácticos relacionados con el contrato de obras. Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que, en cualquier caso, constituirán una unidad de acto. Corresponderá al Tribunal determinar la duración máxima de las sesiones que se lleven a cabo. Los opositores podrán disponer de la documentación complementaria que estimen oportuna, por su parte, para la realización de los ejercicios prácticos, y aportada por ellos mismos.
Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, de tres temas, extraídos al azar, uno de cada uno de los grupos siguientes:
III. Derecho Administrativo (11 temas).
IV. Derecho Civil (13 temas). V. Hacienda Pública y Derecho Tributario (13 temas).
La duración máxima de este ejercicio será de cuatro horas y se leerá públicamente, siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten a la lectura.
Los aspirantes de promoción interna que hayan consignado la letra A en su solicitud deberán realizar este ejercicio en un tiempo máximo de 2 horas y cuarenta minutos. Este ejercicio se leerá públicamente, siendo eliminados aquellos opositores que no se presenten a la lectura I.B) Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes méritos: Antigüedad, grado personal consolidado y trabajo desarrollado. I.C) Curso selectivo: Todos los aspirantes del sistema general de acceso libre que superen la fase de oposición, y los del sistema de promoción interna que superen las fases de concurso y oposición, realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento. Tendrá una duración máxima de tres meses lectivos y comenzará en el plazo máximo de dos meses, a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la Orden por la que se publicará la lista de aprobados de las fases de oposición, y de oposición y concurso. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela de Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el art. 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
II. Valoración
II.A) Fase de oposición: Los ejercicios se calificarán por el sistema de puntos.
Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, necesitándose un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para pasar al siguiente, o en su caso para superarlo. La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando la nota más alta y la más baja. El Tribunal expondrá al público la relación de aprobados en cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación que hubieren obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte en la oposición. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición. II.B) Fase de concurso: Los méritos se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado duodécimo de la Orden APU/426/2005. Se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 11, 12, 13 y 14:12 puntos.
Grados 15 y 16: 14 puntos. Grados 17 y 18: 16 puntos. Grados 19 y 20:17 puntos. Grados 21,22 y siguientes: 18 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, como funcionario del grupo C, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 11,12,13 y 14: 14 puntos.
Nivel 15: 15 puntos. Nivel 16: 18 puntos. Nivel 17: 19 puntos. Nivel 18: 20 puntos. Nivel 19: 22 puntos. Nivel 20: 24 puntos. Niveles 21, 22 o superior: 25 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
II.C) Curso selectivo: Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar el obtener 15 puntos como mínimo.
Elección de destinos: La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
Por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso, y curso selectivo para los aspirantes del sistema de promoción interna, y determinará la prioridad para la elección de destino.
Por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición y curso selectivo para los del sistema general de acceso libre; y determinará la prioridad para la elección de destino, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, y en el apartado Decimotercero de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el curso selectivo, y en caso de persistir el empate, a la correspondiente al primero, segundo y tercer ejercicio de la fase de oposición.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
ANEXO II Temario
I. Gestión del Catastro Inmobiliario Urbano
Tema 1. El Catastro. Concepto. Orígenes y diversos modelos existentes. Evolución histórica del Catastro en España y situación actual. Objetivos y fines. El proceso de coordinación del Catastro con otros sistemas regístrales de carácter público. Especial referencia al Registro de la Propiedad.
Tema 2. El Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. El valor catastral de los bienes urbanos y de los bienes de características especiales. Normas técnicas. Tema 3. La coordinación de valores. Áreas económicas homogéneas. Módulos básicos. Las Juntas Técnicas Territoriales de Coordinación Inmobiliaria. La Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria Urbana. Procedimiento de coordinación. Tema 4. Los estudios de mercado inmobiliario y las ponencias de valores. Delimitación del suelo de naturaleza urbana. Polígonos de valoración y zonas de valor. Coordinación y aprobación de las ponencias de valores. Tema 5. Valoración catastral. Valoración del suelo. Criterios. Valores de repercusión y unitarios. Coeficientes correctores de aplicación. Tema 6. Valoración de las construcciones en el procedimiento de valoración catastral. Criterios. Tipologías edificatorias. Coeficientes correctores a aplicar. Coeficientes correctores de la suma del valor del suelo y de la construcción. El valor catastral. Tema 7. La formación y mantenimiento de los catastros. Contenido y procedimientos. Documentación catastral. La referencia catastral. La notificación de valores. Los procedimientos de valoración. Tema 8. La gestión catastral y la gestión tributaria en el impuesto sobre bienes inmuebles. Colaboración interadministrativa. Competencias. Tema 9. Procedimiento de gestión catastral. Incorporación en el Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles y de sus alteraciones: declaraciones, comunicaciones y solicitudes y subsanación de discrepancias. Contenido y efectos. Recursos y reclamaciones contra los actos de gestión catastral. Tema 10. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la ortofotografía. Cartografía catastral. Cartografía informatizada. Tema 11. Concepto de informática. El sistema de información y su estructura. Componentes y funcionamiento de un sistema de información, aspectos físicos y lógicos: tipos. Bases de datos: tipos. Sistemas operativos. Tema 12. Base de datos catastral. Informatización del Catastro. El sistema de información catastral. Coordinación con otras administraciones. El sistema de información geográfica catastral.
II. Valoración urbana, Derecho Urbanístico, Economía y Organización de actividades del sector de la Construcción
Tema 1. Teorías sobre el valor. El valor de los bienes. El precio. Relación entre valor y precio. Principios y criterios de valoración de los bienes inmuebles. Sistemas de valoración. Métodos de valoración. Comparación con mercado: componentes del precio (valor) de mercado. Estudios del mercado inmobiliario: aplicaciones.
Tema 2. Coste de reposición o reemplazamiento: coste actual. La depreciación de los inmuebles: sus clases. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento y gastos. Actualización de rendimientos (rentas) presentes y futuros. Influencia de la legislación sobre arrendamientos urbanos y de las limitaciones administrativas de la rentabilidad en el valor de los inmuebles. Tema 3. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario. Correcciones del valor. Tema 4. Valor de las construcciones. Valoración analítica y valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario. Valor intrínseco o de coste y valor de reposición. Depreciaciones. Tema 5. Aplicación de los criterios valorativos de la Ley sobre Régimen del Suelo y Valoraciones. Valoraciones urbanísticas y expropiatorias. Valores del suelo. Valoración de obras, edificaciones, instalaciones, plantaciones y arrendamientos: Normativa aplicable. Valoración de las concesiones administrativas y de los derechos reales sobre inmuebles. Expropiaciones. Justiprecio. Supuestos indemnizatorios. Tema 6. Normas de valoración de inmuebles para cobertura de provisiones técnicas de Entidades aseguradoras (Orden ECO/805/2003). Criterios de valoración. Principios. Métodos de valoración. Aptitud de los inmuebles. La doble vía para la valoración. Comprobación de las valoraciones. Revisiones posteriores. Tema 7. El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la legislación urbanística en España. Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo de 1997.-Legislación urbanística actual de carácter estatal y breve reseña de la legislación autonómica en vigor. Tema 8. Contenido básico del derecho de propiedad del suelo: Disposiciones generales. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: Clasificación del suelo. Derechos y deberes de los propietarios. Declaración de obra nueva. Tema 9. El planeamiento urbanístico. Clases de planes. Elaboración de los planes, su aprobación y efectos. Ejecución del planeamiento. Sistemas de actuación. Tema 10. Intervención de la edificación y usos del suelo. Licencias. Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación. Usos y obras provisionales. Estado ruinoso de las construcciones. Disciplina urbanística. Infracciones urbanísticas. Tema 11. Ley de Ordenación de la edificación. Exigencias técnicas y administrativas. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías. Tema 12. La ciencia económica: concepto y contenido. Macroeconomía y microeconomía. El método de la ciencia económica. Los sistemas económicos. Teoría de la demanda, elasticidad e ineslasticidad. La oferta y su elasticidad. Tema 13. El mercado. Su equilibrio y desequilibrio. La formación de los precios. El mercado de competencia y concurrencia perfectas. Mercados imperfectos. Monopolios y oligopolios de oferta y de demanda. Mercados intervenidos. Tema 14 Empresas constructoras y empresas inmobiliarias, esquemas de organización y del funcionamiento. Su financiación. La calidad en la industria de la construcción y su control. Tema 15. Organización de una obra. Técnicas de programación matemática. Diagrama de Gantt. Sistemas Pert tiempos y probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas Pert-costes. Tema 16. Plan de una obra. Determinación de las necesidades de mano de obra, de materiales y de maquinaria y medios auxiliares. Técnicas de amortización y de valoración de costes de uso y mantenimiento. Ejecución de una obra. Funciones de dirección y control. Tema 17. Prevención de riesgos laborales. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Estudios de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud en el trabajo. Coordinadores en materia de seguridad y salud. Obligaciones y derechos de los intervinientes durante la ejecución de la obra. Libro de incidencias. Paralización de los trabajos.
III. Derecho Administrativo
Tema 1. La potestad administrativa. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estructura del procedimiento administrativo. El acto administrativo. Actos nulos y actos anulables. La revisión de oficio de los actos administrativos. Responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Tema 2. La revisión de los actos en vía administrativa: concepto y clases de recursos. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Naturaleza, extensión y límites. Recursos. Trámites previos a la interposición del recurso contencioso-administrativo. Tema 3. Los contratos administrativos y los contratos privados de la Administración. El procedimiento de contratación y régimen legal de los contratos administrativos de obras, de gestión de servicios públicos y de suministro. Los contratos de consultoría y asistencia y los de servicios. Tema 4. Actuaciones relativas a la contratación. Los pliegos. Tramitación de expedientes. Procedimientos y formas de adjudicación. Revisión de precios. Cesión y subcontratación. Tema 5. El contrato de obra. Redacción y supervisión del proyecto de obra. Ejecución y modificación. Resolución y efectos. El contrato de elaboración de proyecto de obra. Tema 6. El dominio público y el patrimonio privado de los entes públicos. El patrimonio del Estado. Adquisición y enajenación de bienes y derechos del Estado. El inventario general de bienes y derechos del Estado. Tema 7. La expropiación forzosa: Teoría sobre su justificación y naturaleza. La Ley de expropiación forzosa y sus modificaciones. Determinación del justo precio. Procedimientos expropiatorios especiales. Tema 8. La concesión administrativa y su régimen jurídico La acción administrativa en relación con las aguas, las minas, los montes, las costas y el medio ambiente. Tema 9. La acción administrativa en la actividad inmobiliaria. Legislación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo. Viviendas de protección oficial. Normas. Cédulas de calificación. Beneficios. Infracciones. Descalificación y efectos. Medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo. Tema 10. La organización administrativa: principios informadores. La organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Órganos centrales y órganos territoriales. La Administración institucional. Los Organismos Públicos. Tema 11. El tratamiento de la igualdad de género en España y en las instituciones internacionales.
IV. Derecho Civil
Tema 1. Las fuentes del derecho en el sistema jurídico español. Rasgos distintivos del Derecho Público y del Derecho privado. La capacidad jurídica de las personas físicas. Su capacidad de obrar y circunstancias modificativas. Las personas jurídicas: teoría general de su nacimiento y extinción.
Tema 2. Los derechos reales: Concepto, naturaleza y caracteres. Diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos reales. Adquisición, pérdida y extinción de los derechos reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española. Tema 3. El derecho real de dominio: Extensión y contenido. El dominio público. Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho Español. La accesión. La usucapión. Pérdida del dominio. La pérdida en virtud de adquisiciones «a non domino». Tema 4. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas del Código Civil. La propiedad horizontal. Tema 5. La posesión; su naturaleza jurídica. Clases de posesión según el Código Civil. Adquisición, conservación y pérdida de la posesión. Efectos de la posesión. Protección del estado posesorio: Los interdictos. Deslinde y amojonamiento. Tema 6. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de usufructo; naturaleza y caracteres. Derechos y obligaciones del usufructuario y del nudo propietario. Constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos de uso y habitación. El derecho real de superficie. Los derechos reales de censo, enfiteusis y foro. Tema 7. El derecho real de servidumbre: Concepto, caracteres y elementos. Clases de servidumbre. Adquisición de las servidumbres. Perdida de las servidumbres. Las servidumbres voluntarias. Servidumbres legales. Concepto. Distinción con las limitaciones de dominio. Las servidumbres legales en el Código Civil. Servidumbres de regulación administrativa. Especialidades forales en materia de servidumbres. Tema 8. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento. El Registro de la Propiedad en España. Organización y principios que lo informan. La finca registral. Actos y derechos inscribibles. La inmatriculación de la finca. Medios de inmatriculación. Concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad. El expediente de dominio y sus distintas finalidades. Su tramitación. Tema 9. La obligación; su naturaleza y elementos. Clases de obligaciones. El cumplimiento de las obligaciones. Extinción. Incumplimiento y cumplimiento anormal. Prueba de las obligaciones. Tema 10. El negocio jurídico: Elementos esenciales. La ineficacia e invalidez del negocio jurídico. El contrato: fundamento y función. El principio de la autonomía de la voluntad y sus limitaciones. Elementos y objeto del contrato. Interpretación, ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de opción. Los contratos normativos y los contratos de adhesión. Tema 11. El contrato de compraventa; su naturaleza. Obligaciones del vendedor y del comprador. Los derechos de tanteo y retracto: Naturaleza y clases. El contrato de permuta. El «leasing». Tema 12. El contrato de arrendamiento, su función y especies. Normas fundamentales del Código Civil. Régimen especial de arrendamientos de fincas urbanas. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre. Los contratos de arrendamientos de obras y servicios. Responsabilidades civiles del propietario, del constructor, del Arquitecto y del Arquitecto Técnico. Prescripción de responsabilidades. Tema 13. La donación: concepto y clases. Elementos de la donación. Efectos de la donación. Revocación y reducción de donaciones. La sucesión «mortis causa»: Concepto y clases. La herencia: Concepto y situaciones en que puede encontrarse.
V. Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 1. Los ingresos públicos. Los Tributos. Elementos diferenciadores de los impuestos, tasas y contribuciones especiales. Clasificación de los impuestos. Especial referencia a la teoría de la imposición directa. Imposición sobre la renta y sobre el patrimonio. Los precios públicos.
Tema 2. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Las fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento tributario español. La Ley General Tributaria. Armonización fiscal comunitaria. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y ámbito espacial. La simulación. Derechos y garantías de los contribuyentes. Tema 3. La inspección de los tributos: órganos, funciones y facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras: especial referencia a las actas y sus tipos. Infracciones y sanciones tributarias. El procedimiento sancionador de infracciones tributarias simples. El delito fiscal. Tema 4. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Órganos competentes y sus funciones. Tipificación de las infracciones. Sanciones y criterios de graduación de las mismas. Tema 5. La revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión: recurso de reposición y reclamación económico-administrativa. Tema 6. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Hecho imponible y rentas exentas. Sujetos pasivos. La base imponible: Rendimientos del trabajo, del capital y de actividades empresariales o profesionales. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del impuesto. Tema 7. El Impuesto sobre sociedades. Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal. Tema 8. El Impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. Valoración de los elementos patrimoniales. Medios ordinarios y extraordinarios de comprobación de valores. Tema 9. El impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. El impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. Medios ordinarios y extraordinarios de comprobación de valores en ambos impuestos. Tema 10. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación.El hecho imponible, el sujeto pasivo y la base imponible. Tipos impositivos: Las obligaciones del sujeto pasivo. La gestión del impuesto. Deducciones y devoluciones. Regímenes especiales. Tema 11. La financiación de las Comunidades Autónomas: Principio de solidaridad. El régimen común. Tributos propios y cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de Compensación Interterritorial. Regímenes especiales de Canarias, Ceuta y Melilla. La financiación de las Haciendas Provinciales y Locales. Tema 12. El sistema impositivo local. Los Impuestos municipales potestativos y los obligatorios. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Tasas de carácter local: Concepto y enumeración de aquellas que pueden incidir sobre la actividad inmobiliaria. Tema 13. El Impuesto de Bienes Inmuebles en la Ley Reguladora de las Hacienda Locales. Antecedente: las Contribuciones Territoriales. Naturaleza, devengo y periodo impositivo. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base liquidable. Tipo de gravamen. Cuota. Gestión tributaria. Tasas por inscripción y acreditación catastral.
ANEXO III Cuerpo de Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública
Tribunal titular
Presidente: Don Enrique Tomás Moreno Bueno, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. Vocales: Doña Carolina Revuelta Pollán, del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública. Don Paulino González González, del Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad. Don Guillermo Martínez de Simón Santos, del Cuerpo de Abogados del Estado. Doña María Visitación Herrero Vega, del Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad. Doña Teresa Gutiérrez Peñalvo, del Cuerpo Técnico de Hacienda. Secretario: Don Carlos Sierra Blázquez, del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública.
Tribunal suplente
Presidenta: Doña Paz Pérez-Seoane Satrústegui, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. Vocales: Doña M.ª José Fuster Lorán, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. Doña Pilar de Miguel Ruiz, del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. Doña M.ª Concepción Palacios Jiménez, del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública. Don Juan José Fernández Ortega, de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Doña Angeles Sánchez López, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Secretaria: Doña Mercedes Concepción Perera Sabio, del Cuerpo de Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública» En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará con arreglo a las siguientes claves:
«L»: Libre/Nuevo ingreso.
«A»: Promoción Interna (Cuerpo de Delineantes). «G»: Promoción interna (aspirantes pertenecientes a los demás Cuerpos o Escalas del grupo C).
En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Economía y Hacienda»
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 25, apartado A, se consignará «la titulación poseída o en condiciones de obtener». El importe de la tasa por derechos de examen será de 20,30 €. Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de la convocatoria para promoción interna gozarán de una bonificación del 50% de la tasa, siendo su cuantía de 10,15 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-9091-51-0200234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Economía y Hacienda Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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