Visto el expediente de indulto de don Francisco Luis Díaz Moreno, condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba, Sección Tercera, en sentencia de 30 de mayo de 2006, como autor de un delito de infidelidad en la custodia de documentos a la pena de seis meses de prisión y multa de tres meses y 15 días con una cuota diaria de seis euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por 18 meses, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2007,
Vengo a indultar a don Francisco Luis Díaz Moreno la pena privativa de libertad pendiente de cumplimento dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de abril de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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