De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios, el régimen de los concursos de acceso respectivos y el Reglamento para los concursos de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, Este Rectorado, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes
Bases
1. Legislación.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre); el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio (Boletín Oficial del Estado de 7 de agosto), modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril (B.O.E. de 11 de abril); los Estatutos de la Universidad de Huelva aprobados por Decreto 299/2003, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; el Reglamento para los concursos de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva y en lo no previsto por la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado, así como por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14/01/1999), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1 Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales: 2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta esté definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
2.1.2 No haber cumplido los setenta años de edad. 2.1.3 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. 2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
2.2 Además los candidatos deberán cumplir el requisito de estar habilitado para el cuerpo y área, según la plaza convocada (Anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo y área de conocimiento, o de cuerpos docentes universitarios de iguales o superiores categorías y misma área de conocimiento, todo ello en los términos regulados en el artículo 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2 deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.-Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la Universidad de Huelva, C./ Doctor Cantero Cuadrado, 21071, Huelva, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación oficial de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, mediante instancia debidamente cumplimentada, según el modelo que se acompaña como Anexo II, junto con los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el concurso de acceso:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de acceso.
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Huelva, la cantidad de 35 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de la Caja de Ahorros El Monte, Caja de Huelva y Sevilla, en la cuenta 2098-0068-17-0106383307, haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, D.N.I./N.I.F./Pasaporte y número de orden de la plaza a la que concursa.
A la instancia-currículum deberá adjuntarse el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. 4. Admisión de aspirantes.-Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. y Magfco. Rector de la Universidad de Huelva dictará resolución por la que se declarará aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del concurso, publicándose en el tablón de anuncios de la Sección de Planificación de Personal Docente del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, sita en la primera planta del edificio anexo al Rectorado, y en la página web de la Universidad de Huelva, con indicación del motivo de la exclusión, en su caso, y advirtiendo que de no subsanarlo en el plazo improrrogable de 10 días naturales se le declarará decaído en su derecho. Asimismo, esta resolución se notificará a todos los interesados. Finalizado el plazo de subsanaciones, y una vez resueltas éstas si las hubiere, el Rector dictará Resolución por la que se elevan a definitivas la lista de aspirantes excluidos y admitidos, a la que se dará publicidad de la forma prevista anteriormente, comunicándose al Presidente de la Comisión encargada del concurso de acceso. Contra la resolución que finalmente recaiga se podrá interponer recurso en los términos previstos en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14/01/1999), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5. Comisiones.
5.1 La composición de las Comisiones es la que figura en el Anexo I de esta convocatoria.
5.2 La constitución de las mismas, la ausencia de alguno de sus miembros, la adopción de acuerdos y las asistencias e indemnizaciones, se regularán de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para los concursos de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva. 5.3 Las Comisiones deberán constituirse dentro del plazo máximo de dos meses desde la publicación de la convocatoria del concurso de acceso en el Boletín Oficial del Estado, por lo que cada Presidente, previa consulta a los restantes miembros de las mismas, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de 15 días naturales, respecto de la fecha del acto para el que se les cita, convocando a:
a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma y proceder, a continuación, a fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán para la valoración de los concursantes en adecuación a las especificaciones de la plaza establecidas en la convocatoria. En la notificación se indicará el día, hora, y lugar previstos para el acto de constitución.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de 1 día hábil.
5.4 En el mismo acto el Presidente de la Comisión hará público el plazo fijado por aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba. 6. Acto de presentación.-En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:
a) Currículum vitae (modelo currículum vitae en Anexo III), por quintuplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Docente y, en su caso, Proyecto de Investigación, por quintuplicado, que el candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa; dicho proyecto se ajustará a las especificaciones establecidas por la Universidad en la convocatoria.
Los documentos anteriores permanecerán depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
En este acto de presentación los concursantes recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de la prueba deban comunicárseles. Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba. La prueba comenzará dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el día del acto de presentación. Los concursantes o la Universidad de Huelva podrán solicitar de los entes públicos y privados en los que aquellos presten, o hayan prestado sus servicios, la emisión de un informe individualizado sobre la actividad desarrollada por los candidatos y su rendimiento, el cual será remitido directamente a la Comisión. Asimismo, la Universidad de Huelva, a instancias de la Comisión y por unanimidad de sus miembros, podrá recabar informes de especialistas sobre los méritos alegados por los concursantes. Respecto a los informes solicitados por los concursantes, la Comisión los valorará únicamente en el caso de que consten en su poder antes del comienzo de la prueba. En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante y se adjuntarán al acta del concurso. 7. Desarrollo de la prueba.-La prueba será pública y consistirá en dos fases:
a) Fase no presencial de valoración de méritos. La Comisión valorará los méritos curriculares de los concursantes por los resultados que de ellos se desprendan en los ámbitos respectivos de docencia, investigación y gestión.
b) Fase presencial de defensa pública. La fase presencial de la prueba consistirá en una defensa pública del Proyecto Docente y, en su caso, del Proyecto de Investigación aportado por el concursante, teniendo presente que:
b.1) El Proyecto Docente estará compuesto por las programaciones de todas las asignaturas indicadas en el perfil de la plaza, entre las que estará incluida, al menos, una asignatura troncal, o en su defecto, una asignatura obligatoria. La Comisión evaluará la coherencia de dichas programaciones con el perfil de la plaza y tendrá en cuenta de manera especial la adecuación de las mismas a los criterios del Espacio Europeo de Educación Superior.
b.2) El Proyecto de Investigación será valorado por la Comisión que tendrá en cuenta su calidad, su proyección dentro del currículum vitae del candidato y significación para la Universidad de Huelva.
Cada candidato dispondrá de un máximo de 90 minutos para exponer los aspectos que considere más significativos del Proyecto Docente y, en su caso, de Investigación que haya hecho entrega a la Comisión en el acto de presentación.
Seguidamente, la Comisión podrá debatir con cada concursante, durante un tiempo máximo de dos horas, tanto sobre la documentación aportada en la fase no presencial como sobre la exposición realizada por el concursante en la fase presencial, y siempre de acuerdo al procedimiento que establezca la Comisión.
8. Valoración de la prueba.
8.1 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por la Comisión. Los informes serán individualizados para cada concursante. En los mismos, los miembros de la Comisión deberán establecer una valoración razonada y detallada con relación a 1) los méritos curriculares docentes, de investigación y de gestión, 2) el Proyecto Docente y, en su caso, 3) el Proyecto de Investigación, aportados y defendidos por cada concursante. En cualquier caso, siempre se entenderá que los informes deberán corresponder a una valoración global de los candidatos.
8.2 A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención en las votaciones. Cada miembro de la Comisión podrá votar favorablemente por cada uno de los candidatos, siempre y cuando su informe de valoración sobre los mismos haya sido positivo. 8.3 Con los candidatos que hayan obtenido, al menos, tres votos, la Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de dichos candidatos por orden de preferencia para su nombramiento, según el art. 17.3 del R. D. 774/2002. 8.4 Para efectuar la prelación de los candidatos, la Comisión deberá tener en cuenta primeramente el número de votos favorables obtenidos por cada candidato, proponiendo en primer lugar al candidato con mayor número de votos favorables. En el caso de que dos o más candidatos obtengan el mismo número de votos favorables, la Comisión establecerá la prelación de dichos candidatos a través de una segunda votación donde cada miembro votará de manera excluyente por un solo candidato, de entre aquellos que habían empatado inicialmente. Asimismo, cada miembro de la Comisión deberá justificar su voto por un determinado candidato mediante un informe razonado.
9. Propuesta de la Comisión.-De conformidad con los informes de la Comisión se efectuará la propuesta de provisión de plaza o plazas en el plazo máximo de 7 días hábiles a partir de la fecha en la que todos los miembros de la Comisión hayan firmado la provisión de la plaza.
La Comisión hará pública su propuesta explicitando el voto de cada uno de sus miembros y relacionando los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento. Los candidatos podrán solicitar en la Secretaría General de la Universidad certificación de la valoración razonada que cada uno de los miembros de la Comisión emitió sobre sus méritos o, en su caso, del informe único de la Comisión. Contra la propuesta de la Comisión los candidatos podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de 10 días hábiles, que será valorada por la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 18 del R. D. 774/2002, de 26 de julio. Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva. 10. Nombramientos.-Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de 20 días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 774/2002, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril, así como:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Contra la presente Resolución Rectoral, los interesados podrán interponer recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Huelva, 20 de diciembre de 2006.-El Rector, Francisco José Martínez López.
ANEXO I Profesores Titulares de Universidad
Clase de Convocatoria: Concurso de acceso
Plaza número 3/2006
Departamento: Didáctica de las Ciencias (Experimentales, Sociales y Matemáticas) y Filosofía.
Área de conocimiento: Didáctica de las Ciencias Sociales. Actividad a realizar: Impartir docencia y desarrollar actividad investigadora en la asignatura «Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural» de la titulación de Maestro, Especialidad Educación Infantil. Número de plazas: Una. Comisión Titular:
Presidente: D. Joaquín Prats Cuevas, Catedrático de Universidad de la Universidad de Barcelona.
Secretario: D. Gabriel Travé González, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Huelva. Vocal Primero: D. Isidoro González Gallego, Catedrático de Universidad de la Universidad de Valladolid. Vocal Segundo: D.ª Rosa María Ávila Ruiz, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Sevilla. Vocal Tercero: D.ª María Sánchez Agustí, Catedrática de Escuela Universitaria de la Universidad de Valladolid.
Comisión Suplente:
Presidente: D. Francesc Xavier Hernández Cardona, Catedrático de Universidad de la Universidad de Barcelona.
Secretario: D. Francisco Florentino García Pérez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Sevilla. Vocal Primero: D. Joan Pagés Blanch, Catedrático de Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona. Vocal Segundo: D. Antonio Ernesto Gómez Rodríguez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Málaga. Vocal Tercero: D. Cristóbal A. Trepat Carbonell, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Barcelona.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid