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Documento BOE-A-2007-9305

Resolución de 17 de abril de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se adjudica beca de posgrado del programa nacional de formación de profesorado universitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2007, páginas 19669 a 19669 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-9305

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 8 de septiembre de 2005 (BOE de 16 de septiembre), se convocaron becas en el marco del programa nacional de posgrado para la formación de profesorado universitario, corregida posteriormente por resolución de 10 de octubre de 2005 (BOE de 31 de octubre). Publicada por la Resolución de 30 de marzo de 2006 (BOE de 21 de abril) la concesión de las becas de la referida convocatoria, se interpusieron recursos de reposición que a la vista de las alegaciones formuladas se han estimado y por superar la nota de corte establecida en su área científica, procede que se adjudique la beca solicitada. Por ello, en uso de la delegación otorgada por la Resolución de convocatoria, Esta Secretaría de Estado, ha resuelto:

Primero.-Conceder la beca al candidato que se relaciona en el anexo de esta resolución, por haber sido estimado el recurso de reposición presentado en fecha y forma.

Segundo.-La concesión de esta beca se realiza con efectos de 1 de mayo de 2007 y tendrá una duración máxima de cuarenta y ocho meses, sin perjuicio de los resultados de los informes de evaluación anuales y del período que pueda descontarse por otras becas y ayudas homologables disfrutadas con anterioridad. Tercero.-El beneficiario de esta beca queda sujeto a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen este programa para el ejercicio 2007, establecidos en la resolución de convocatoria de 31 de agosto de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 16 de septiembre). La incorporación del beneficiario a su centro de adscripción se realizará en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado. El alta en su centro de adscripción se tramitará a través de la entidad a la que pertenezca en el centro acompañada de la documentación que se indica en el apartado I.11 de la vigente convocatoria del programa. Igualmente, y de conformidad con la disposición transitoria única del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, el beneficiario de la beca concedidas por la presente resolución tendrá los derechos y obligaciones recogidas en dicho Real decreto. Cuarto.-El gasto resultante de la presente concesión se cubrirá con cargo a las bajas y renuncias que se produzcan en el programa de las becas de formación de profesorado universitario, aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2007.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid 17 de abril de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P.D. (Orden ECI/87/2005 de 14 de enero de 2005), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.

aNEXO

Apellidos y nombre

Referencia

Área ANEP

Organismo de adscripción

Soler Bastida, Miguel Ángel.

AP2005-3063

02

Universidad de Murcia.

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