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Documento BOE-A-2007-9325

Resolución de 12 de abril de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el convenio específico de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, el Instituto de Salud «Carlos III», y la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León para el impulso de la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2007, páginas 19701 a 19703 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-9325

TEXTO ORIGINAL

En desarrollo del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud «Carlos III», y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de actividades de carácter científico y técnico, suscrito el 26 de febrero de 2007, Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, el Instituto de Salud «Carlos III», y la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León para el impulso de la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular en Castilla y León para el año 2007, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de abril de 2007.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, el Instituto de Salud «Carlos III», y la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León para el impulso de la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular en Castilla y León para el año 2007

En desarrollo del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud «Carlos III», y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de actividades de carácter científico y técnico.

En Valladolid, a 26 de febrero de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. César Antón Beltrán, Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 15/2003, de 3 de julio, («Boletín Oficial de Castilla y León» número 128, del 4 de julio de 2003), actuando en nombre propio y representación de la Consejería de Sanidad, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 26.1.I) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, y como Presidente del Patronato de la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León, y en su representación, de conformidad con el artículo 13 del Decreto 224/1998, de 29 de octubre, por el que se constituye la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León, con domicilio en el Paseo de Zorrilla, número 1 de Valladolid.

Y de otra parte, el Sr. D. Francisco Gracia Navarro, Director del Instituto de Salud «Carlos III», Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo, con CIF Q-28270175-E y sede en Madrid (C.P. 28.029), calle Sinesio Delgado 6, quien actúa en su nombre y representación ejerciendo las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, y el Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud «Carlos III», modificado por el Real Decreto 590/2005.

Las partes reunidas se reconocen plena capacidad para suscribir este Convenio, a cuyo efecto

MANIFIESTAN

Primero.-Que no es posible un desarrollo social sostenido y estable sin la necesaria colaboración de las instituciones públicas y privadas de interés general en el estudio de soluciones conjuntas a los problemas de salud que se presenten en los ciudadanos.

Segundo.-Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud «Carlos III» suscribieron, el 24 de septiembre de 2002, un Convenio marco para la cooperación, entre otras actividades, en la «promoción y realización conjunta, en régimen de cofinanciación, de proyectos coordinados o concertados de investigación científica y técnica», para cuyo desarrollo se contempla la oportunidad de que se establezca el correspondiente Convenio específico. Tercero.-Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León tiene entre sus objetivos fomentar y potenciar la investigación biomédica en la Comunidad, en consonancia con lo previsto en la Ley 17/2002, del 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León. Asimismo, la Ley 1/1993, de 6 abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, incluye, entre las actividades y servicios de su Sistema de Salud, la investigación e innovación en el mundo de las Ciencias de la Salud y encomienda a la Administración Sanitaria la coordinación con Instituciones públicas y privadas que realicen actividades de investigación. Cuarto.-Con fecha 29 de octubre de 1998, la Junta de Castilla y León autorizó la creación de la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León, con la finalidad, entre otras, de promover actividades de investigación en relación con los problemas de salud más relevantes de la población castellano-leonesa y especialmente las relacionadas con el envejecimiento y patologías degenerativas. Quinto.-Que el Instituto de Salud «Carlos III» es el órgano de apoyo científico-técnico al Ministerio de Sanidad y Consumo y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas y desarrolla las funciones señaladas en los artículos 112 y 113 de la Ley General de Sanidad, en los artículos 48 a 52 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, así como aquellas que hayan sido o le sean encomendadas. Como Organismo Público de Investigación asume la planificación, fomento y coordinación de la investigación e innovación biomédica y sanitaria. Sexto.-Que en el actual nivel de conocimiento científico puede afirmarse que la Terapia Celular y la Medicina Regenerativa son una vía para proporcionar soluciones terapéuticas a situaciones patológicas que carecen de tratamiento en la actualidad, o para mejorar los ya disponibles. Por otra parte, la investigación en Terapia Celular y en Medicina Regenerativa, proporcionará en breve información muy valiosa sobre los mecanismos que regulan la viabilidad, proliferación y diferenciación celular en condiciones normales y patológicas. Habida cuenta de la importancia que para el Sistema Sanitario tiene la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular, de los grupos que en la Comunidad de Castilla y León vienen trabajando en esa materia y del apoyo que el Ministerio de Sanidad y Consumo presta a las Comunidades Autónomas en ese tema, el Instituto de Salud «Carlos III» manifiesta su interés en apoyar el proyecto promovido por la Consejería de Sanidad en esa materia, cuya gestión se realizará a través de la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León. Séptimo.-Que el Instituto de Salud Carlos III y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León desean incrementar la relación de cooperación y coordinación de sus actuaciones dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) 2004-2007. El Plan Nacional establece entre los objetivos específicos el incremento del nivel de la ciencia y la tecnología española, tanto en el tamaño como en la calidad, para lo que establece como uno de sus objetivos el incremento de la inversión pública en la I+D+I dentro del Sistema Nacional de Salud. Octava.-Que teniendo en cuenta lo descrito anteriormente, ambas entidades tienen interés en impulsar la Medicina Regenerativa y la Terapia Celular. Igualmente consideran que el establecimiento de una línea conjunta de actuación y colaboración podría generar sinergias que derivasen en un incremento en la eficacia y eficiencia de sus actuaciones, y por ende, en una mejora en el funcionamiento de los servicios sanitarios y sociosanitarios.

Por todo ello, las partes intervinientes, acuerdan:

Primera. Objeto.-El objeto del presente convenio es impulsar la investigación en Medicina Regenerativa y la Terapia Celular en Castilla y León, a través del desarrollo del proyecto «Centro en Red de Medicina Regenerativa y Terapia Celular de Castilla y León» (en adelante «Centro en Red»), que tendrá por objetivo investigar la potencial capacidad terapéutica de las células madre, poniendo especial énfasis en la interacción entre programas preclínicos y clínicos y estimulando enfoque traslacional. Las actividades y estructura del «Centro en Red» se incluyen en el anexo I.

Segunda. Compromisos de las partes.-El Instituto de Salud «Carlos III» aportará:

Sus bases de datos de resultados de proyectos de investigación en las líneas seleccionadas, así como el estado actual de desarrollo de las diferentes líneas.

Los criterios para la ejecución de las líneas seleccionadas para que su desarrollo guarde coherencia con las investigaciones realizadas hasta la fecha. La utilización de sus infraestructuras científicas ubicadas en sus diferentes centros en caso necesario y favorecer el intercambio de investigadores y de tecnologías. Sus recursos administrativos y estructuras de gestión y coordinación de la investigación. La cuantía máxima de setecientos cincuenta mil euros (750.000 €) para la dotación de personal y equipamiento, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 26.203.465A.450 (500.000 euros) y 26.203.465A.750 (250.000 euros) del Presupuesto de Gastos del Instituto de Salud «Carlos III» para el año 2007, mediante transferencia a la cuenta 2104 0700 55 9107565951 correspondiente a la entidad bancaria Caja Duero, n.º 3, 42003 Soria, de la que es titular la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

La Consejería de Sanidad aportará:

El compromiso de continuidad de las líneas seleccionadas a través de su presentación en los programas de fomento de la investigación y estabilización de investigadores, de las distintas agencias de financiación de la investigación.

La Consejería de Sanidad abonará hasta la cantidad máxima de ochocientos cincuenta mil euros (850.000 €), (750.000 € para el desarrollo del proyecto y 100.000 € para el Nodo de Coordinación y Gestión del «Centro en Red»), a la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.313B01.64900 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto correspondiente.

La Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León se compromete a:

Gestionar el proyecto «Centro en Red» en los términos previstos en el presente convenio, para lo cual contará con un Nodo de Coordinación y Gestión del «Centro en Red».

Las ayudas derivadas del presente convenio serán compatibles con otras ayudas que puedan obtener de otros ámbitos, siempre que la suma de las cantidades obtenidas no supere el 100% del costo del proyecto.

Tercera. Coordinación y gestión del «Centro en Red».-El Proyecto «Centro en Red» de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León será coordinado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo. La gestión del «Centro en Red» se realizará a través de la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León. El Nodo de Coordinación y Gestión se ubicará en el lugar que determine la Consejería de Sanidad. Cuarta. Forma de pago y justificación económica de las ayudas concedidas.-El Instituto de Salud «Carlos III» procederá a transferir a la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León una vez firmado el Convenio se podrá anticipar el 50% de la cantidad señalada en la estipulación segunda. El 50% restante se abonará seis meses después una vez justificado el importe anticipado. La Fundación podrá realizar el gasto durante un año desde la fecha de recepción de la transferencia. La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León abonará a la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León para la gestión del proyecto, pagos mensuales por el importe de los servicios prestados, previo certificado de conformidad emitido por la Dirección General de Salud Pública y Consumo. Para ello el citado Instituto, mensualmente emitirá factura por los servicios prestados. La Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León proporcionará al cierre del ejercicio 2007 al Instituto de Salud «Carlos III» y a la Consejería de Sanidad informe detallado de las actividades realizadas con sus respectivos detalles económicos. La Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León presentará al Instituto de Salud «Carlos III» el informe de justificación en el plazo de tres meses desde que se aprueben las cuentas. Dicho informe contendrá las cuentas aprobadas y auditadas. La Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León solicitará a los grupos de investigación integrados en el «Centro en RED» las justificaciones que correspondan, y cuando proceda, las pondrá a disposición del Instituto de Salud «Carlos III» y de la Consejería de Sanidad. Quinta. Información y confidencialidad.-La información obtenida durante la realización del proyecto, así como los resultados finales, tendrá carácter confidencial. Sexta. Titularidad de los estudios.

1. Las publicaciones que se deriven del desarrollo de este convenio deben explicitar el origen de la financiación.

2. La utilización y difusión de los resultados de la investigación diferentes a las publicaciones científicas, se hará de común acuerdo entre las partes. 3. En el caso de producirse resultados de investigación susceptibles de generar derechos de propiedad industrial y/o intelectual, su titularidad, gestión y explotación se acordarán por las partes firmantes del convenio.

Séptima. Comisión de Seguimiento.-Se constituye una Comisión de Seguimiento del «Centro en Red» integrada por seis representantes, que se reunirá al menos una vez al año, a efectos de constatar el estado efectivo de las actividades objeto del convenio, y proceder a la interpretación que sea necesaria en la ejecución del mismo, incluido, en su caso, la incorporación o supresión de los proyectos y/o de las entidades o grupos de investigación participantes. A dicha comisión podrán incorporarse, con voz pero sin voto, los asesores que cada una de las partes estimen oportunos.

Los integrantes de dicha Comisión serán los siguientes:

En representación de la Comunidad de Castilla y León: El Director General de Salud Pública y Consumo, que ostentará la presidencia de la Comisión.

El Director General de Desarrollo Sanitario de la Gerencia Regional de Salud. El Director Gerente de la Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

En representación del Instituto de Salud «Carlos III»:

El Director General del Instituto de Salud «Carlos III», que ostentará la vicepresidencia de la Comisión.

El Secretario General del Instituto de Salud «Carlos III». El Subdirector General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa.

La representación podrá ser objeto de delegación.

Actuará de secretario, con voz y sin voto, el Jefe de Servicio del Observatorio de Salud Pública, de la Dirección General de Salud Pública y Consumo. Octava. Jurisdicción.-El presente Convenio se regulará por mutuo acuerdo entre las partes. Las dudas y controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del mismo que no puedan ser resueltas de forma amigable, se resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho y ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Novena. Naturaleza Jurídica.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de la Administración del Estado, este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la citada Ley, rigiéndose por lo estipulado entre las partes. Décima. Causas de extinción.-Será motivo de extinción del presente Convenio, además de la expiración del plazo de vigencia, el incumplimiento de los acuerdos pactados y/o la denuncia unilateral por cualquiera de las partes con un preaviso de quince días. En los supuestos de extinción anteriormente mencionados, las actuaciones en curso finalizarán con la elaboración, por cada una de las partes, de una memoria de actuaciones realizadas hasta la fecha de extinción y con la liquidación de las obligaciones contraídas hasta el momento. Undécima. Vigencia del convenio.-El presente Convenio producirá efectos desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2007. Las partes, concluido el presente Convenio podrán, de mutuo acuerdo, acordar la prórroga de este convenio, si estimaran oportuno desarrollar el proyecto más allá de lo prescrito en el presente acuerdo, si las disponibilidades presupuestarias lo permitieran.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de Colaboración, en ejemplar cuadruplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.-El Consejero de Sanidad y Presidente de la Fundación del Instituto de Ciencias de la Salud de Castilla y León, César Antón Beltrán.-El Director del Instituto de Salud «Carlos III», Francisco Gracia Navarro.

ANEXO I Actividades y estructura del «Centro en Red»

Actividades del «Centro en Red».-El proyecto «Centro en Red» desarrollará, con atención prioritaria, los Proyectos de Investigación que traten sobre las siguientes materias:

Regeneración Cardiovascular.

Patología Oftalmológica. Sistema Nervioso. Terapia celular en Hemopatías.

Estructura del «Centro en Red».-El «Centro en Red» pivotará sobre una doble estructura: a) Red de laboratorios de investigación básica y b) Red asistencial para ensayos clínicos.

La Fundación del Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León articulará los mecanismos de colaboración necesarios para el desarrollo de los proyectos de investigación del «Centro en Red», con las siguientes entidades:

BIOFORGE (group for advanced materials and nanobiotechnology).

Instituto Universitario de Oftalmología Aplicada (IOBA). Instituto de Neurociencias de Castilla y León (INCYL). Instituto de Biología y Genética Molecular (IBGM). Hospital Universitario de Salamanca (Husal-Hem). Grupo de terapia celular aplicada al Miocardio (TECAM). Centro de Investigación del Cáncer de Salamanca (CIC).

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